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PreferenteCódigo 3OP2000013

OPTIMUS PLUS 2000

Puntuación del plan
1,6

Plan no comercializable.

Desde

$98.712/mes

2,40 UF
% Copago Fijo %
1.22
UF
2.44
UF
2.44
UF
0.61
UF
1.22
VA
1.22
VA
1.46
VA
Exámenes de Histopatología
1.61 VA
0.90
VA
1.30
VA
4.05
UF 1.62 VA 4.05 UF
3.87
UF
1.62
VA
1.05
VA
0.45
UF
0.45
UF
90
0.97 UF
0.72
VA
0.58
VA
10.76
UF 32.28 UF
(a1) y (a2)
UF 0.13 0.30 UF
UF
0.26 0.30 UF
Exámenes de Laboratorio
1.13 VA
Exámenes de Histopatología
1.24 VA
0.70
VA
Pabellón Ambulatorio(1d)
0.95 VA
Procedimientos (1c)
1.26 VA
Honorarios Médicos Quirúrgicos (1d)
0.82 VA
1.00
VA
Atención integral de enfermería (2h)
1.26 VA
Atención integral de nutricionista (2h)
1.26 VA 4.16 UF
4.05
UF 1.26 VA 4.05 UF
0.30
UF 1.26 UF
1.62
VA 1.26 UF
1.62
VA 1.26 UF
2.25
VA 2.92 UF
1.26
VA
10.76
UF 10.76 UF
Prótesis y Ortesis
0.72 VA
Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental
0.82 UF
Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales
0.83 UF
Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales
1.25 UF
Endodoncia Incisivo
1.42 UF
Endodoncia Premolar
1.51 UF
Endodoncia Molar
1.83 UF
1.22
UF 6.08 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1f)
0.97 UF 6.08 UF
1.62
VA 6.08 UF
1.22
UF 4.56 UF
1.26
VA
1.05
VA
1.22
VA
0.97
UF
Box ambulatorio (2a)(1d)
0.95 VA
0.39
UF
0.51
VA 0.21 UF
0.58
VA
Consulta Urgencia (*) (1g)
0.34 UF 70 0.30 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000

Cobertura Libre Elección

75% Sin Tope ROP2

Día Cama Clínica de Recuperación

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1e)

EXS, RX,TAC,ECO

(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

90

Drogas Biológicas (2f)

Traslados (1i)

Óptica (1h)

ATENCIONES DE URGENCIA

Medicamentos Ambulatorios (1j)

80

75% Sin Tope ROP2

OTRAS COBERTURAS

Sin Tope

Cobertura Internacional (1.l)

Sin Tope

Sin Tope

Sin Tope

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.

Kinesiología y fisioterapia

Sin Tope

Sin Tope

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

Visita Médico Tratante (*)

Consulta Médica

Traslados médicos (1i)

PRESTACIONES

NOMBRE :
OPTIMUS PLUS 2000
Sin Tope

Bonificación

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

CODIGO DE PLAN :

TIPO DE PLAN :

1a) OFERTA PREFERENTE(*)

Tope máx. Año
contrato por
beneficiario (2b)

Tope máx. Año
contrato por
beneficiario (2b)

LIBRE ELECCIÓN

3OP2000013

Día Cama Especialidades

Quimioterapia (2d)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

70

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

70

INDIVIDUAL

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios

FUN Nº

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Tope
Tope
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Exámenes de Laboratorio

Bonificación

Kinesiología y fisioterapia

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

ROP2: Habitación Pluripersonal

Día cama Cuidados Intermedios

Día Cama Observación-Recuperación

Derecho de Pabellón

con Copago Máximo de UF 1.10 diarios en Red
Optimus Plus 2000 ROP2

100% Sin Tope

(a.4)

Sin Tope

Sin Tope

Cobertura Libre Elección

PET -CT

Cobertura Libre Elección

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Sin Tope

Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios (2e)(1m)

Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón (2e)(1m)

70

ROP2: RED Optimus Plus 2000
R2: Red Optimus Plus 3000

Cobertura Libre Elección

Sin Tope

Consulta Oftalmológica

Psiquiatría Ambulatoria

Sin Tope

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (*) (1c)

Fonoaudiología

Consulta Psiquiatría

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean
aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.

Sin Tope

Día Cama Psiquiatría (1e)

RNM- PRO-HMQ-DPA

PRESTADORES DERIVADOS a.3

www.cruzblanca.cl

Prestaciones Dentales PAD (1.k):

Medicamentos Ambulatorios (1j)

Visita Interconsultor (*) (1b)

Materiales Clínicos e Insumos (2g)
UF 50
90

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.m)

Medicamentos en hospitalización (2g)

Honorarios Médicos Quirúrgicos (*)

Radioterapia

Quimioterapia (2d)

40

75% Sin Tope ROP2
80% Sin Tope INTEGRAMEDICA

(a.2) (a.1)

1.00
VASolo Cobertura Libre Elección
ROP2: RED Optimus Plus 2000 R2: Red Optimus Plus 3000 ROP2: Habitación Pluripersonal

Cobertura Libre Elección
Hombre Mujer Hombre Mujer
1.80
1.80 1.80 1.80
0.95
0.80 0.80 0.77
0.75
0.55 0.63 0.55
0.65
0.55 0.55 0.55
0.60
0.70 0.55 0.60
0.70
1.55 0.68 0.92
0.80
2.15 0.68 1.50
1.00
3.30 1.00 1.80
1.10
3.05 1.10 1.65
1.30
2.40 1.30 1.55
1.45
2.45 1.45 1.60
1.75
2.70 1.75 1.90
2.40
3.20 2.40 2.10
3.10
3.50 3.10 2.50
4.30
3.70 4.30 3.00
4.50
3.80 4.50 3.25
5.50
4.50 5.50 4.50
5.50
4.90 5.50 4.50
_________________________
____________________________
Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
RUT :
RUT :
Fecha :

1.- Coberturas

RED INTEGRAMEDICA
CENTROS MEDICOS REGION METROPOLITANA INCLUIDOS EN EL PLAN:
2.- Definiciones

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

1m) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

Modalidad del Arancel

Cargas

1c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

Hospital de San Bernardo

TABLA DE FACTORES Nº 537

Contratante

25 a menos de 30

80 y más

NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD : 3OP2000013

40 a menos de 45

Isapre CruzBlanca - 31

a2.6) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de
un servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización
programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización. La ampliación de cobertura consistirá en aplicar a la cuenta
hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en

Huella Dactilar Contratante

35 a menos de 40

UF

1a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

1k) Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jovenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales.

1j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

1i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

Tope General Anual por Beneficiario 2b)

1b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

3a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

2e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no.

1d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención
hospitalizada.

2g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un
beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o
más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

2c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la
Isapre.

2a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

2b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige
para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea
igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del
afiliado.

2d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

1e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

1f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

5a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de
Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en
lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección,
desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

2f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

4b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que
se devenga la remuneración.

1g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

2h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios
de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto
mayor, atendido por enfermeras universitarias.

1h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola
excepción del reembolso de lentes de presbicia.

4a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la
respectiva bonificación.

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías; RNM= Resonancia Nuclear
Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ= Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA= Derecho de pabellón.

1l) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes
de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

a4) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la Habitación Pluripersonal o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el
prestador. Se exluye de la cobertura el Suite y/o Departamento, otorgandose solo en modalidad Libre Elección.

a2) Oferta preferente Ambulatoria y Hospitalaria:

Integramedica Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central y Puente Alto.

Edad años

a1) Oferta preferente Ambulatoria:

75 a menos de 80

65 a menos de 70

30 a menos de 35

60 a menos de 65

50 a menos de 55

55 a menos de 60

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4b)

Clínica Avansalud

Clínica Hospital del Profesor

Clínica Madre e Hijo

5 a menos de 10

15 a menos de 20

ROP2: RED Optimus Plus 2000
Hospital Clínico U. de Chile
CODIGO DE PLAN :

a3) Son prestadores Derivados del Plan Preferente aquellos que integran su misma Red según el cuadro más arriba detallado. En caso de insuficiencia de un prestador preferente, la cobertura corresponderá a la
señalada para la RED que integre el prestador utilizado.

Clínica Juan Pablo II

1840

10 a menos de 15

0 a menos de 2

Identificación Única del Arancel (5a)

$

45 a menos de 50

20 a menos de 25

70 a menos de 75

2 a menos de 5

OPTIMUS PLUS 2000
3OP2000013 NOMBRE :