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PreferenteCódigo 3OP2000915

OPTIMUS PLUS 2000

Puntuación del plan
1,4

Plan no comercializable.

Desde

$93.424/mes

2,27 UF
% Copago Fijo %
1.22
UF
2.44
UF
2.44
UF
0.61
UF
1.22
VA
1.22
VA
1.46
VA
Exámenes de Histopatología
1.61 VA
0.90
VA
1.30
VA
4.05
UF 1.62 VA 4.05 UF
2.71
UF
1.62
VA
0.84
VA
0.45
UF
0.45
UF
90
0.97 UF
0.79
VA
0.60
VA
Tratamiento con drogas biológicas (2f)
10.76 UF 32.28 UF
10.76
UF 32.28 UF
(a1) y (a2)
UF 0.13 0.28 UF
UF
0.26 0.30 UF
Exámenes de Laboratorio
0.79 VA
Exámenes de Histopatología
0.87 VA
0.49
VA
Pabellón Ambulatorio(1d)
0.95 VA
Procedimientos (1c)
1.26 VA
Honorarios Médicos Quirúrgicos (1d)
0.82 VA
1.00
VA
Atención integral de enfermería (2h)
1.26 VA
Atención integral de nutricionista (2h)
1.26 VA 4.16 UF
4.05
UF 1.26 VA 4.05 UF
0.30
UF 1.26 UF
1.62
VA 1.26 UF
1.62
VA 1.26 UF
2.25
VA 2.92 UF
1.26
VA
10.76
UF 10.76 UF
Prótesis y Ortesis
0.79 VA
1.00
VA 7.00 UF
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre
1.00 VA 4.00 UF
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer
1.00 VA 12.00 UF
1.22
UF 6.08 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1f)
0.68 UF 6.08 UF
1.62
VA 6.08 UF
1.22
UF 4.56 UF
1.26
VA
0.84
VA
1.22
VA
Box ambulatorio (2a)(1d)
0.95 VA
0.39
UF
0.51
VA 0.21 UF
0.58
VA
0.34
UF 70 0.30 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000

Prestaciones Fertilización PAD (1.e):

40

Traslados (1i)

Óptica (1h)

Sin Tope

Sin Tope

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Consulta Urgencia (*) (1g)

OPTIMUS PLUS 2000

Sin Tope

3OP2000915

Sin Tope

Sin Tope

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

Visita Médico Tratante

Consulta Médica

Traslados médicos (1i)

PRESTACIONES

NOMBRE :

(a.4)

CODIGO DE PLAN :

TIPO DE PLAN :

1a) OFERTA PREFERENTE

Tope máx. Año
contrato por
beneficiario (2b)

Tope máx. Año
contrato por
beneficiario (2b)

LIBRE ELECCIÓN

Quimioterapia (2d)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

70

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

70

Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios (2e)(1m)

Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón (2e)(1m)

EXS, RX,TAC,ECO

INDIVIDUAL

Tope

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Exámenes de Laboratorio

Bonificación

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios

Día Cama Observación-Recuperación

Derecho de Pabellón

Día Cama Especialidades

Bonificación

FUN Nº

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

ATENCIONES DE URGENCIA

Medicamentos Ambulatorios (1j)

80

75% Sin Tope ROP2

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Tope

Sin Tope

Cobertura Libre Elección

90% Sin Tope

Kinesiología y fisioterapia

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Sin Tope

ROP2: Habitación Multipensionado

Día cama Cuidados Intermedios

Prestaciones Dentales PAD (1.k):

Consulta Oftalmológica

Psiquiatría Ambulatoria

Visita Interconsultor (1b)

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (1c)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.

Kinesiología y fisioterapia

Materiales Clínicos e Insumos (2g)
UF 50
Sin Tope

Consulta Psiquiatría

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin
que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.

Día Cama Psiquiatría

RNM- PRO-HMQ-DPA

PRESTADORES DERIVADOS a.3

Sin Tope

Día Cama Clínica de Recuperación

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas

ROP2: RED Optimus Plus 2000 ROP2: Habitación Multipensionado

Cobertura Libre Elección

Cobertura Libre Elección

PET -CT

Sin Tope

Sin Tope

Fonoaudiología

Cobertura Libre Elección

75% Sin Tope ROP2

Sin Tope

90

Cobertura Libre Elección

70

90

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.m)

Medicamentos en hospitalización (2g)

Honorarios Médicos Quirúrgicos

Radioterapia

Quimioterapia (2d)

75% Sin Tope ROP2
80% Sin Tope INTEGRAMEDICA

(a.2) (a.1)

Cobertura Libre Elección

OTRAS COBERTURAS

Sin Tope

Cobertura Internacional (1.l)

Medicamentos Ambulatorios (1j)

ROP2: RED Optimus Plus 2000

VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

www.cruzblanca.cl

con Copago Máximo de UF
10 Por Evento Red Optimus
Plus 2000 ROP2
Hombre Mujer Hombre Mujer
1.80
1.80 1.80 1.80
0.95
0.80 0.80 0.77
0.75
0.55 0.63 0.55
0.65
0.55 0.55 0.55
0.60
0.70 0.55 0.60
0.70
1.55 0.68 0.92
0.80
2.15 0.68 1.50
1.00
3.30 1.00 1.80
1.10
3.05 1.10 1.65
1.30
2.40 1.30 1.55
1.45
2.45 1.45 1.60
1.75
2.70 1.75 1.90
2.40
3.20 2.40 2.10
3.10
3.50 3.10 2.50
4.30
3.70 4.30 3.00
4.50
3.80 4.50 3.25
5.50
4.50 5.50 4.50
5.50
4.90 5.50 4.50
_________________________
____________________________
Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
RUT :
RUT :
Fecha :

1.- Coberturas

RED INTEGRAMEDICA
CENTROS MEDICOS REGION METROPOLITANA INCLUIDOS EN EL PLAN:
2.- Definiciones

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

Clínica Avansalud

1m) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

Hospital de San Bernardo

NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD : 3OP2000915

a2.6) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un
servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización
programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización. La ampliación de cobertura consistirá en aplicar a la cuenta
hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en

1j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

1i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

1b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

15 a menos de 20
Modalidad del Arancel
35 a menos de 40

1f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento.

1k) Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jovenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales.

3OP2000915

1c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

Clínica Madre e Hijo

1l) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de
pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

3a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

2e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no.

1d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención
hospitalizada.

2g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario
mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más
establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

2c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la
Isapre.

2a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

2b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada
beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la
bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones
contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

2d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

1e) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenologia propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación
artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la
pareja.

5a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de
Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar
de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde
el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

2f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

4b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se
devenga la remuneración.

1g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

2h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de
índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor,
atendido por enfermeras universitarias.

1h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola
excepción del reembolso de lentes de presbicia.

4a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la
respectiva bonificación.

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías; RNM= Resonancia Nuclear
Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ= Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA= Derecho de pabellón.

Clínica Hospital del Profesor

a4) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la Habitación Pluripersonal o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.
Se exluye de la cobertura el Suite y/o Departamento, otorgandose solo en modalidad Libre Elección.

1a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

Integramedica Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central y Puente Alto.

a1) Oferta preferente Ambulatoria:

a2) Oferta preferente Ambulatoria y Hospitalaria:

Edad años
Contratante Cargas
Clínica Juan Pablo II

ROP2: RED Optimus Plus
2000

OPTIMUS PLUS 2000
NOMBRE :
Huella Dactilar Contratante

a3) Son prestadores Derivados del Plan Preferente aquellos que integran su misma Red según el cuadro más arriba detallado. En caso de insuficiencia de un prestador preferente, la cobertura corresponderá a la
señalada para la RED que integre el prestador utilizado.

Hospital Clínico U. de Chile

TABLA DE FACTORES Nº 537

0 a menos de 2

2 a menos de 5

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4b)

CODIGO DE PLAN :

10 a menos de 15

$

20 a menos de 25

25 a menos de 30

5 a menos de 10
Identificación Única del Arancel (5a) Isapre CruzBlanca - 31
65 a menos de 70

70 a menos de 75

75 a menos de 80

30 a menos de 35

40 a menos de 45
Tope General Anual por Beneficiario 2b) 1840
80 y más

UF

45 a menos de 50

50 a menos de 55

55 a menos de 60

60 a menos de 65