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Preferente

3OPE100012

ESPECIAL OPTIMUS PLUS 1000

Puntuación del plan 1,5

Desde

$88.342/mes


Comparar Planes Online
% Bonif. Copago Fijo % Bonif.
1.22
UF
2.44
UF
2.44
UF
0.61
UF
1.22
VA
1.22
VA
1.46
VA
Exámenes de Histopatología
1.61 VA
0.90
VA
1.30
VA
4.05
UF 1.62 VA 4.05 UF
3.87
UF
1.62
VA
1.05
VA
0.45
UF
0.45
UF
0.97
UF
0.65
VA
0.58
VA
10.76
UF 32.28 UF
(a1)
3000 0.30 UF
7000
0.30 UF
Exámenes de Laboratorio
1.13 VA
Exámenes de Histopatología
1.24 VA
0.70
VA
Pabellón Ambulatorio(1d)
0.95 VA
Procedimientos (c)
1.26 VA
Honorarios Médicos Quirúrgicos (1d)
0.82 VA
Atención integral de enfermería y nutricionista (2h)
1.26 VA
1.00
VA
4.05
UF 1.26 VA 4.05 UF
0.30
UF 1.26 UF
1.62
VA 1.26 UF
1.62
VA 1.26 UF
2.25
VA 1.64 UF
1.26
VA
10.76
UF 10.76 UF
Prótesis y Ortesis
0.65 VA
1.22
UF 6.08 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1f)
0.97 UF 6.08 UF
1.62
VA 6.08 UF
1.22
UF 4.56 UF
1.26
VA
1.05
VA
1.22
VA
0.97
UF
Box ambulatorio (2a)
0.95 VA
0.39
UF
0.57
VA 0.23 UF
0.58
VA
Consulta Urgencia (*) (1g)
$ 7000 70% 0.30 UF Sin Tope
Fono CruzBlanca 600 818 0000

PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :

"Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto"

"Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o
beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo
plan.

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan."

Materiales Clínicos e Insumos (2g)
UF 50
ROP1: Habitación Pluripersonal

RED Optimus Plus 1000-ROP1

90% Sin Tope

Cobertura Libre Elección

Derecho de Pabellón

Honorarios Médicos Quirúrgicos (*)

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (*) (1c)

Cobertura Libre Elección

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Cobertura Libre Elección

PRESTACIONES RESTRINGIDAS

Sin Tope
Sin Tope
Fonoaudiología

Consulta Psiquiatría

Cobertura Libre Elección

Medicamentos en hospitalización (2g)

ROP1: RED Optimus Plus 1000

Visita Interconsultor (*) (1b)

80% Sin Tope ROP1

Cobertura Libre Elección

80% Sin Tope ROP1

Radioterapia

Sin Tope

Día Cama Clínica de Recuperación

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1e)

Traslados (1i)

Sin Tope

Psiquiatría Ambulatoria

Cobertura Libre Elección

PET -CT

70%

Cobertura Internacional

(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

Medicamentos Ambulatorios (1j)

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Tope Bonificación

Sin Tope

70%

Quimioterapia (2d)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

ATENCIONES DE URGENCIA

Sin Tope

Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios (2e)

Sin Tope

Sin Tope

MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

NOMBRE :
ESPECIAL OPTIMUS PLUS 1000
Tope max.

Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón (2e)

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Kinesiología y fisioterapia

INDIVIDUAL
FUN Nº
Tope max.
LIBRE ELECCIÓN1a) OFERTA PREFERENTE(*)
Tope Bonificación
Año/Benef/UF (2b)
Sin Tope

80%

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las
coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo
señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de
pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Año/Benef/UF (2b)

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Óptica (1h)

Consulta Oftalmológica

Quimioterapia (2d)

90%

70%

PRESTADORES DERIVADOS a1.2

EXS, RX,TAC,ECO

CODIGO DE PLAN :

TIPO DE PLAN :

Medicamentos Ambulatorios (1j)

Kinesiología y fisioterapia

Sin Tope

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios

Día Cama Psiquiatría (1e)

Drogas Biológicas (2g)

OTRAS COBERTURAS

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

Visita Médico Tratante (*)

Consulta Médica

Traslados médicos

PRESTACIONES

Exámenes de Laboratorio

3OPE100012

Día Cama Especialidades

Día cama Cuidados Intermedios

Día Cama Observación-Recuperación

RNM- PRO-HMQ-DPA

ROP1: RED Optimus Plus 1000 ROP1: Habitación
Pluripersonal

www.cruzblanca.cl

90%

PRESTACIONES AMBULATORIAS

80% Sin Tope ROP1
80% Sin Tope INTEGRAMEDICA
Hombre Mujer Hombre Mujer
1.80
1.80 1.80 1.80
0.95
0.80 0.80 0.77
0.75
0.55 0.63 0.55
0.65
0.55 0.55 0.55
0.60
0.70 0.55 0.60
0.70
1.55 0.68 0.92
0.80
2.15 0.68 1.50
1.00
3.30 1.00 1.80
1.10
3.05 1.10 1.65
1.30
2.40 1.30 1.55
1.45
2.45 1.45 1.60
1.75
2.70 1.75 1.90
2.40
3.20 2.40 2.10
3.10
3.50 3.10 2.50
4.30
3.70 4.30 3.00
4.50
3.80 4.50 3.25
5.50
4.50 5.50 4.50
5.50
4.90 5.50 4.50
_________________________
____________________________
Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
RUT :
RUT :
Fecha :

1.- Coberturas

RED AMBULATORIA INTEGRAMEDICA
CENTROS MEDICOS REGION METROPOLITANA INCLUIDOS EN EL PLAN:
2.- Definiciones

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

a2) Oferta preferente Ambulatoria y Hospitalaria:

Hospital Clínico U. de Chile

Identificación Única del Arancel (5a)

Cargas

Clínica Madre e Hijo

Clínica Hospital del Profesor

Clínica Juan Pablo II

10 a menos de 15

0 a menos de 2

UF

Integramedica Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central y Puente Alto.

1720

Isapre CruzBlanca - 20

UF

a4) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la Habitación Pluripersonal o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el
prestador. No se cubre Suite o Departamento.

2 a menos de 5

a3) Son prestadores Derivados del Plan Preferente aquellos que integran su misma Red según el cuadro más arriba detallado. En caso de insuficiencia de un prestador preferente, la cobertura corresponderá a
la señalada para la RED que integre el prestador utilizado.

20 a menos de 25

a1) Oferta preferente Ambulatoria:

ROP1: RED Optimus Plus
1000

75 a menos de 80

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4b)

5 a menos de 10

Edad años

TABLA DE FACTORES Nº 537

NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD : 3OPE100012

50 a menos de 55

55 a menos de 60

a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

80 y más

65 a menos de 70

70 a menos de 75

e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

Tope General Anual por Beneficiario 2b)

25 a menos de 30

Huella Dactilar Contratante

a2.6) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de
un servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización
programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización. La ampliación de cobertura consistirá en aplicar a la cuenta
hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en

b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

30 a menos de 35

60 a menos de 65

45 a menos de 50

15 a menos de 20
Modalidad del Arancel
Contratante

35 a menos de 40

40 a menos de 45

b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que
se devenga la remuneración.

g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes entre 6 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad
o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con valores de glicemia mayor 110 Mg/Dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de enfermería: para mayores de 55 años
portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola
excepción del reembolso de lentes de presbicia.

a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la
respectiva bonificación.

f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

Hospital de San Bernardo

c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige
para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año
sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del
afiliado.

j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías; RNM= Resonancia Nuclear
Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ= Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA= Derecho de pabellón.

a) El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo
anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Independiente de lo
anterior la Isapre deberá modificar su arancel en la misma fecha, en que el arancel Fonasa modalidad libre elección realice dichos cambios.

f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no.

d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención
hospitalizada.

g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un
beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o
más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la
Isapre.