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Preferente

3OPE302018

ESPECIAL OPTIMUS PLUS 3000 2018

Puntuación del plan 2,2

Desde

$95.292/mes


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FUN Nº
% Bonif. Copago
Fijo % Bonif.
1.35 VA
Día Cama Cuidado Intensivo o Coronarios 1.35 VA
Día Cama Cuidados Intermedios 1.35 VA
Día Cama Sala Cuna - Fototerapia 1.35 VA
Día Cama Observación - Recuperación 1.35 VA
1.35 VA
1.62 VA
1.62 VA
0.99 VA
1.29 VA
Kinesiología y fisioterapia 1.80 VA
Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (1.c) 1.80 VA
Radioterapia 1.80 VA
Honorarios Médicos Quirúrgicos 1.17 VA
Visita Médico Tratante 0.49 UF
Visita Interconsultor (1.b) 0.49 UF
Medicamentos en hospitalización (2.g) 4.30 UF
100% 30 UF 30 UF 30 UF 1.08 UF
Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. 70% 0.70 VA
Traslados médicos (1.i) 70% 1.76 VA
Quimioterapia (2.d) 70% 9.45 UF
(1.a.2) $ 3000 0.25 UF
(1.a.2) $ 6000 0.32 UF
Exámenes de Laboratorio 1.26 VA
1.26 VA
0.77 VA
1.00 VA
1.40 VA
Pabellón Ambulatorio(1.d) 1.05 VA
Procedimientos (1.c) 1.40 VA
Honorarios Médicos Quirúrgicos (1.d) 0.91 VA
Atención integral de enfermería (2.h) 1.40 VA
Atención integral de nutricionista 1.40 VA
Fonoaudiología 1.40 VA
Prótesis y Ortesis 70% 0.70 VA
Radioterapia 70% 1.40 VA
Quimioterapia (2.d) 70% 9.45 UF
PRESTACIONES DENTALES PAD (1.k): 40% 1.00 VA
PRESTACIONES FERTILIZACIÓN PAD (1.e):
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer
PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.m)
Consulta Psiquiatría 70% 0.28 UF
Psiquiatría Ambulatoria 70% 0.28 UF
Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria 70% 0.28 UF
90% 1.35 VA
90% 1.80 VA
90% 1.35 VA
Box ambulatorio (2.a)(1.d) 1.05 VA
0.44 UF
70% 0.70 VA
70% 1.76 VA
(1.a.2) $ 6000 70% 0.32 UF
Prestadores Red Hospitalaria
Prestadores Red Ambulatoria
Prestadores Red Hospitalaria
Fono CruzBlanca 600 818 0000
Prestaciones Ambulatorias (1.a.3)
Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria
VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE
Cobertura Libre Elección
1.40 UF
1.40 UF
1.40 UF
Cobertura Libre Elección
Traslados (1.i)
OTRAS COBERTURAS (2.c)
Día Cama Psiquiatría
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1.f)
Día Cama Clínica de Recuperación
Otras Prestaciones (Restricciones) (2.e) (2.f)
Se exceptúa de la cobertura preferencial la atención psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva
(lasik), tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad, otorgándose sólo cobertura en
modalidad Libre Elección.
Prestaciones Restringidas de Maternidad
La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto,
cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura
corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la
libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las
prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la
cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de
2005, de Salud.
6.75 UF
5.06 UF
0.28 UF
1.82 UF
7.00 UF
4.00 UF
12.00 UF
6.75 UF
70%
70%
Cobertura Internacional (1.l)
La cobertura internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y
está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra
b) del artículo 10° de las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago
que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.
ATENCIONES DE URGENCIA
Consulta Urgencia (1.g) Sin Tope
PRESTADORES DERIVADOS (1.a.4)
Consulta Urgencia (1.g) (1.a.5)
Según cobertura ambulatoria preferente del plan en Red C1 y C2
75 % Sin Tope
Red C1 y C2 Sin Tope
Medicamentos Ambulatorios (1.j) Cobertura Libre Elección
Óptica (1.h)
Sin Tope
Exámenes de Histopatología
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
Kinesiología y fisioterapia
Sin Tope
Cobertura Libre Elección
Cobertura Libre Elección
1.00 VA
Sin Tope
Sin Tope
Sin Tope
1.82 UF
3.50 UF
Sin Tope
40%
LIBRE ELECCIÓN Tope max.
Sin Tope
Sin Tope
3.50 UF
Tope max.
Copago diario de $50.000
Red Optimus C2
(Habitación Doble)
75 % Sin Tope
Red C1 y C2 (1.a.2)
80% Sin Tope
Red Ambulatoria (1.a.3)
Sólo Ex. Laboratorio e Imágenes
(Excluye Resonancias)
PRESTACIONES AMBULATORIAS
Consulta Médica
Sin Tope
Consulta Oftalmológica
Día Cama Especialidades
Sin Tope
90%
Sin Tope
Derecho de Pabellón
Exámenes de Laboratorio
Exámenes de Histopatología
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
Copago máximo por evento de $40.000
Red Optimus C1
(Habitación Pluripersonal)
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
Sin Tope
Sin Tope
Materiales Clínicos e Insumos (2.g)
Cobertura Libre Elección
Sin Tope Sin Tope
Sin Tope
www.cruzblanca.cl
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE COBERTURA MATERNAL REDUCIDA
CODIGO DE PLAN : NOMBRE : ESPECIAL OPTIMUS PLUS 3000 20183OPE302018
Tope Bonificación Año/Ben./UF (2.b) Tope Bonificación Año/Ben./UF
(2.b)
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
TIPO DE PLAN : INDIVIDUAL
PRESTACIONES
OFERTA PREFERENTE (1.a) (1.a.1) (1.a.2)
Atenciones de Urgencia: EXS, RX, TAC, ECO, RNM, PRO, HMQ, DPA. (2)
Firma Afiliado
Nombre:
Rut:
Fecha:
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante Isapre
Nombre:
Rut:
Fecha:
Edad Contratante Contratante Cargas Cargas
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 0 a menos de 2 1.80 1.80 1.80 1.80
0 2 a menos de 5 0.95 0.80 0.80 0.77
0 5 a menos de 10 0.75 0.55 0.63 0.55
0 10 a menos de 15 0.65 0.55 0.55 0.55
0 15 a menos de 20 0.60 0.70 0.55 0.60
0 20 a menos de 25 0.70 1.55 0.68 0.92
0 25 a menos de 30 0.80 2.15 0.68 1.50
0 30 a menos de 35 1.00 3.30 1.00 1.80
0 35 a menos de 40 1.10 3.05 1.10 1.65
0 40 a menos de 45 1.30 2.40 1.30 1.55
0 45 a menos de 50 1.45 2.45 1.45 1.60
0 50 a menos de 55 1.75 2.70 1.75 1.90
0 55 a menos de 60 2.40 3.20 2.40 2.10
0 60 a menos de 65 3.10 3.50 3.10 2.50
0 65 a menos de 70 4.30 3.70 4.30 3.00
0 70 a menos de 75 4.50 3.80 4.50 3.25
0 75 a menos de 80 5.50 4.50 5.50 4.50
0 80 y más 5.50 4.90 5.50 4.50
Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b)
Tope General Anual por Beneficiario
(2.b)
Identificación Única del Arancel (5.a) Isapre Cruz Blanca - 20
Modalidad del Arancel UF
1700 UF
Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según
Grupo familiar
TABLA DE FACTORES Nº 537
Firma Afiliado
Nombre:
Rut:
Fecha:
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante Isapre
Nombre:
Rut:
Fecha:
1.a.5) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, que por
condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en
el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización. La ampliación de cobertura consistirá en aplicar a la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se
hubiere efectuado en Hospital Clínico de la Universidad de Chile.
La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones
del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que
asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura
proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud.
1.- Coberturas
1.a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.
1.a.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la Habitación Doble para el prestador Hospital Clínico Universidad Católica y Habitación Pluripersonal para los otros participantes de las redes hospitalarias o la de
menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Se excluye de la cobertura el Suite y/o Departamento, otorgandose solo en modalidad Libre Elección.
1.a.2) Red de Oferta Preferente Hospitalaria y Ambulatoria
Red C2: Hosp. Cl. Universidad Católica, en (Habitación Doble)
Red C1: Hosp. Cl. Universidad de Chile, Hosp. del Profesor, Cl. Central, Cl. Presbitereana Madre e Hijo, Clínica Juan Pablo II, Hosp. Parroquial Sn. Bdo., en (Habitación Pluripersonal)
4.a) Para las bonificaciones: Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación.
4.b) Para el pago de la cotización: Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración.
5.a) El arancel de prestaciones está expresado en Unidades de Fomento (UF) y se actualiza todos los meses según el valor de la UF del último día del mes anterior.
1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.
1.i) Con indicación médica justificada.
1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.
1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.
3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente"
1.e) El grupo de prestaciones a financiar incluyen: las consultas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los
fármacos e insumos requeridos para realizar el tratamiento referido, previa indicación médica. La Isapre financiará, a lo menos, 3 ciclos en el año-contrato, en caso de ser requeridos, cuyos valores se actualizarán conforme lo haga el arancel
Fonasa respectivo.
1.f) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.
NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD: 3OPE302018 - ESPECIAL OPTIMUS PLUS 3000 2018
Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite a un plan que contemple cobertura para las prestaciones relacionadas al
parto en los mismos términos previstos para el resto de las prestaciones. El (la) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos,
entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual
podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que
otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan.
2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.
2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año
de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificara el 25% de los establecido en
el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.
2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.
2.d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica
2.g) El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por Evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece
internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un
profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.
2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería, sólo aplica para: Atenciones integrales de enfermería en centro adulto mayor (3 sesiones de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio
(atención mínima de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados, terminales post operados; Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes ostomizados y Atención integral
de enfermería en domicilio a pacientes que requieren instalación y/o retiro de catéter o sonda.
1.k) Podrán acceder a los tratamientos contemplados en los PAD de prestaciones dentales los beneficiarios que tengan entre 12 años y 17 años 11 meses 29 días, que presenten caries de una o más piezas dentales.
1.l) La cobertura internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario
deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés,
deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.
VA=Veces Arancel; UF=Unidad de Fomento; EXS=Exámenes de Laboratorio; RX=Radiología; TAC=Tomografía axial computarizada (scanner); ECO=Ecotomografías; RNM=Resonancia Nuclear Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ=
Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA= Derecho de pabellón.
1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada.
1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes
de presbicia.
1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria y procedimientos de ortopedia y traumatología.
Red Ambulatoria: Integramédica, Megasalud, Cl. Red Salud Providencia sólo Ex. Laboratorio e Imágenes (Excluye Resonancias) - según coberturas definidas en el plan
1.a.4) Son prestadores derivados del prestador preferente aquellos que integran su misma Red, según el desglose más arriba detallado. En caso de insuficiencia del prestador preferente, la cobertura corresponderá a la señalada para la Red
que integre el prestador utilizado.
5.- Reajuste del arancel de prestaciones
4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar
3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente
2.- Definiciones
1.a.3) Red de Oferta Preferente Ambulatoria:
Se exceptúa de la cobertura preferencial la atención psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad,
otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.
1.m) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.
2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no.
2.f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.