%Copago Fijo% 5.00 UF 12.00 UF 12.00 UF 2.50 UF 5.00 VA 3.50 VA 1.80 VA Examenes de Histopatología1.98 VA 2.00 VA 2.00 VA 27.00 UF 13.00 UF 1.23 VA3.06 UF1.23 VA3.06 UF 1.23 VA1.23 VA 1.23 VA1.23 VA 4.27 VA3.20 VA 0.45 UF0.33 UF 0.45 UF0.33 UF 2.19 VA 2.78 VA 1.80 VA 1.98 VA 2.00 VA 1.23 VA1.23 VA 1.23 VA1.23 VA 4.27 VA3.20 VA 2.00 VA2.00 VA 1.23 VA3.06 UF1.23 VA3.06 UF 0.20 UF1.00 UF0.20 UF1.00 UF 1.00 VA1.00 UF1.00 VA1.00 UF 1.00 VA1.00 UF1.00 VA1.00 UF 1.64 VA2.07 UF1.64 VA2.07 UF 1.23 VA1.23 VA 1.23 VA 1.23 VA4.06 UF 1.24 UF6.21 UF 1.99 VA 1.00 VA7 UF 1.00 VA4.00 UF 1.00 VA12.00 UF 1.25 UF15.00 UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)6.75 UF10.00 UF 1.00 VA15.00 UF 0.88 UF10.00 UF Box ambulatorio(2.a)(1.d)2.50 VA 5.00 UF 0.45 UF0.45 UF 2.78 VA 800.60 UF700.60 UF Fono CruzBlanca 600 818 0000 Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas Día Cama Psiquiatría Día Cama Clínica de Recuperación www.cruzblanca.cl HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA (1.a.2.2) Sin Tope PRESTACIONES AMBULATORIAS (1.a.1.1) (1.a.1.2) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia) Exámenes de Laboratorio Exámenes de Histopatología Pabellón Ambulatorio(1.d) Procedimientos(1.c) Consulta Psiquiatría Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Kinesiología y fisioterapia Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Consulta Oftalmológica Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.d) Visita Médico Tratante Radioterapia Día cama Cuidados Intermedios Drogas Biológicas(2.f) Día Cama Observación-Recuperación 80 70 80 85 Medicamentos en hospitalización(2.g) PRESTACIONES AMBULATORIAS Visita Interconsultor(1.b) Quimioterapia(2.d) Radioterapia Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Atención integral de nutricionista(2.h) Fonoaudiología Materiales Clínicos e Insumos(2.g) Examenes de Laboratorio Psiquiatría Ambulatoria Honorarios Médicos Quirúrgicos (**) Kinesiología y Fisioterapia Consulta Médica Traslados médicos(1.i) Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.c) 70 Prestaciones Fertilización PAD (1.e):40 Sin Tope La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de 1000 UF. Óptica(1.h) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Derecho de Pabellón PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE Tope Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Bonificación ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. NOMBRE:CODIGO DE PLAN: TIPO DE PLAN: 3OS10E0E17 PLAN CON COBERTURA MATERNALREDUCIDA PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO. Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. PRESTACIONES HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Día Cama Especialidades Tope INDIVIDUAL 90 100 Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer Cirugía de Bariatrica, Metabólica y Fotorefractiva (lasik) : Pabellón(2.e) Cirugía de Bariatrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik) : Honorarios(2.e) 80 Sólo Cobertura Libre Elección Sólo Cobertura Libre Elección100 25% de la Cobertura General del Plan, Solo Libre Elección Medicamentos Ambulatorios(1.j) OTRAS COBERTURAS NUESTRO ORIGEN SUR 1000 ESPECIAL FUN Nº Bonificación PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.4) 1.a.1.1) INMUNOMEDICA e 1.a.1.2) ISA Región Metropolitana Hospital Clínico Universidad de Chile (Habitación Institucional) Solo con Staff Médico de la Institución Sin Tope PRESTADORES DERIVADOS Consulta Urgencia(1.g) RNM- PRO-HMQ-DPA EXS, RX,TAC,ECO Medicamentos Ambulatorios(1.j) Sin Tope 1.a.2.1) Red Sur 6Sin Tope Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Atención integral de enfermería(2.h) Sin Tope ATENCIONES DE URGENCIA (1.a.5) Sólo Cobertura Libre Elección Sin Tope Sin Tope INTEGRAMEDICA COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO Prestaciones Dentales PAD (1.k) Quimioterapia(2.d) Sin Tope Sólo Cobertura Libre Elección Cobertura Internacional (1.l) PET -CT Sin Tope Sin Tope 80 Sin Tope Prótesis y Ortesis Sin Tope Traslados(1.i) Sin Tope Prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo)25% de la Cobertura General del Plan, Solo Libre Elección Tope máx. año contrato por beneficiario (2.b) 1.a) OFERTA PREFERENTE RED SUR 6 Tope máx. año contrato por beneficiario (2.b) OFERTA LIBRE ELECCIÓN 1.24UF6.21UF 0.60UF0.60UF 80Solo Cobertura Libre Elección Sin Tope100Sin Tope Plan de Salud ComplementarioMODALIDADPRESTADORPREFERENTE
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.801.80 2 a menos de50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 Isapre CruzBlanca - 31 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) $Modalidad del Arancel Identificación Única del Arancel (5.a) 3000 Edad años TABLA DE FACTORES Nº 537 ContratanteCargas UFTope General Anual por Beneficiario 2.b) NUESTRO ORIGEN SUR 1000 ESPECIALCODIGO DE PLAN:3OS10E0E17NOMBRE:
1.- Coberturas RED SUR 6 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 1.a.2.1) Oferta Preferente Hospitalaria: La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud. Oferta preferente Ambulatoria ITR: 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.a.5)La atención ambulatoria de urgencia con la cobertura preferente señalada se obtiene en cualquiera de los prestadores señalados en el punto 1.a.2) precedente. Oferta preferente Hospitalaria: (Habitación Individual-Doble) 1.a.1.1) Es prestador derivado en las Regiones que se encuentra presente, para la atención ambulatoria del Plan PreferenteNUESTRO ORIGEN SUR 1000 ESPECIAL, el prestador INMUNOMEDICA. En caso de insuficiencia de INTEGRAMEDICA EL TREBOL, esto es, debido a falta especialidades o servicios diagnósticos, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador. 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.a.6)Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de las Regiones VII y VIII.Se entenderá por hospitalización de urgencia aquelladerivada de un servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada,ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización. Hospital Clínico Universidad de Chile (Habitación Institucional) Solo con Staff Médico de la Institución 1.a.3)Para aplicar la bonificación preferente de día cama, se considerará las habitaciones detalladas en cada uno de los prestadores de la Red utilizada por el beneficiario y siempre y cuando este convenida con el prestador. No se cubre Suite o Departamento. 1.a.4)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 1.a.1.2) Prestador Derivado Región Metropolitana :Integramedica Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Maipú, Estación Central y Puente Alto. RED SUR 6 1.a.2.2)Es prestador derivado en la Región Metropolitana, el Hospital Clínico Universidad de Chile (Habitación Institucional). El beneficiario recibirá en este caso, la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario. Tratándose de Honorarios Médicos hospitalarios de procedimientos o quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente con médicos Staff de la Institución: 5.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 1.g)Cobertura en servicios de urgencia, sólo para consulta e interconsulta de urgencia en horario hábil o inhábil, (se excluye todo otro servicio asociado a la consulta, tales como exámenes de laboratorio, imagenología, procedimientos, etc.). 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 1.i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.l)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento;EXS = Exámenes de Laboratorio;RX = Radiología;TAC= Tomografía axial computarizada (scanner);ECO = Ecotomografía;RNM= Resonancia Nuclear Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ= Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA= Derecho de pabellón. 1.k)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales. 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1.e)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 1.d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. INTEGRAMEDICA EL TREBOL 1.a)Lacobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD :3OS10E0E17 Clínica del Maule, Clínica de Chillán, Clínica Bío-Bío, Clínica Los Andes (Los Ángeles), Hospital Clínico del Sur, Clínica Universitaria de Concepción.