Grupal % Bonif.% Bonif.% Bonif. Valor RealValor RealValor Real 0.34 UF0.34 UF0.34 UF0.34 UF 2.22 VA2.22 VA2.22 VA2.22 VA 1.13 VA1.13 VA1.13 VA1.13 VA 1.13 VA1.13 VA1.13 VA1.13 VA2.83 UF 3.41 UF3.41 UF3.93 UF 3.41 UF8.22 UF12.26 UF 1.71 UF1.71 UF1.97 UF 3.41 VA3.41 VA3.93 VA 2.64 VA2.64 VA3.67 VA 0.91 VA0.91 VA0.96 VA 0.93 VA0.93 VA0.98 VA 0.93 VA0.93 VA0.98 VA 14.00 UF14.00 UF18.00 UF 6.50 UF6.50 UF7.15 UF 0.85 UF0.85 UF0.85 UF0.85 UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (f)3.50 UF3.50 UF4.50 UF4.50 UF 3.40 VA3.40 VA3.40 VA3.40 VA8.50 UF 3.41 VA3.41 VA3.41 VA3.41 VA8.53 UF 0.50 UF0.50 UF 0.50 UF0.50 UF0.50 UF 0.50 UF0.50 UF Honorarios Médicos Ambulatorios(j)2.22 VA2.22 VA Box ambulatorio(j)3.41 VA3.41 VA Derecho de Pabellón(j)2.64 VA2.64 VA Procedimientos(d)1.13 VA1.13 VA Laboratorio0.84 VA0.84 VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)0.86 VA0.86 VA 0.84 VA0.84 VA 1.13 VA1.13 VA2.83 UF 0.70 UF0.70 UF 0.50 UF0.50 UF 2.50 VA2.50 VA 2.50 VA2.50 VA2.50 UF 1.13 VA1.13 VA2.26 UF 1.63 VA1.63 VA0.65 UF 1.63 VA1.63 VA 1.63 VA1.63 VA 12.65 UF12.65 UF37.95 UF OTROS (Restricciones) Fono CruzBlanca 600 818 0000 1.13 1.63 1.63 1.63 0.70 0.50 2.50 2.50 0.84 0.86 0.84 1.13 Tope Bonificación a) RED REGIONAL NORTE (Habitación Doble) RED REGIONAL NORTE: 0.50 0.50 2.22 3.41 2.64 1.13 Tope BonificaciónTope BonificaciónTope Bonificación CODIGO DE PLAN:3PCI140120 I a IV y XV REGION TIPO DE PLAN:Individual RG. METROPOLITANA 8.50 UF 100% Sin Tope Clínica Iquique Pieza Doble (l) Sin Tope CLINICA IQUIQUETope NOMBRE: 3PCI140120 IQUIQUE 1400 LIBRE ELECCION REGIONAL Excepto RG. Metropolitana FUN Nº Prestador Derivado a.1) Año/Benef/UF Día Cama Psiquiatría(e) Derecho de Pabellón Materiales Clínicos e Insumos Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica) Laboratorio Kinesiterapia Día Cama Especialidades UF - Veces Arancel Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos( d) Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(c) 90 Día Cama Clínica de Recuperación Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(e) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia) UTI-UCI 100100 UF - Veces Arancel UF PRESTACIONES AMBULATORIAS Sin Tope UF - Veces ArancelUF - Veces Arancel Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica) Consulta Psiquiatría UF VA VA 80VA VA VA VA UF Kinesiterapia 80 VA VA VA Consulta Urgencia(g) Consulta Oftalmológica Consulta Médica 70 Medicamentos Ambulatorios(k) 80Traslados(i) Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia12.65 Óptica(h) Sin Tope UF Psiquiatría Ambulatoria Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Fonoaudiologia Prótesis y Ortesis VA 8080 OTRAS PRESTACIONES Intervenciones quirúrgicas PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Prestador Derivado b.1) Sin Tope Clinica San Jose (Habitacion Doble) PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Día Cama Otros Medicamentos en hospitalización LIBRE ELECCIÓN Honorarios Médicos Quirúrgicos Sin Tope Copago Fijo $ 5000 Clínica Iquique 2.50 VA UF VA VA VA UF Solo Cobertura Libre Elección Excepto Consulta 30 días www.cruzblanca.cl Atenciones de Urgencia Psiquiátrica,psicológica,prótesis,traslados, atencióndental,cirugíafotorrefractiva(lasik), tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad (a.2) Solo cobertura Libre Eleccion TIEMPOS DE ESPERA Exámenes10 días
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. _______________________________________Firma Contratante _____________________________________ Nombre :Nombre : b) Cobertura RED REGIONAL PLUS en Clínica Iquique, se excluye reembolso. ContratanteCargas Precio Base Plan de Salud Complementario en UF TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Edad (Años) El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valorde la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) Tope General por Beneficiario l) UF Unidad UF 3500Isapre Cruz Blanca -20 Nombre Arancel 3PCI140120NOMBRE :IQUIQUE 1400CODIGO DE PLAN: k) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. l) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente.El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicará la regla de bonificación de doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N°1 de 2005, determinandose de esta forma el nuevo copago del afiliado. La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección Nacionaly está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. i) Con indicación médica justificada. g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. h) Para obtener la cobertura de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. j) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más NOTAS EXPLICATIVAS c)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. d) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. Pieza Doble: RED REGIONAL NORTE PLUSClínica Iquique (Habitación Doble) RED REGIONAL NORTE: f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. a) El presente Plan de Salud contempla mayor cobertura deatenciónhospitalariasi las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención,en cualquiera de los prestadores de la RED REGIONAL NORTE (Habitación Doble) más abajo detallados, y de acuerdo al nivel de hotelería señalado. , se excluye reembolso. b.1) Prestador Derivado, se rige en los mismos términos del prestador preferente principal definido en el Plan de Salud Complementario, derivadoClinica San Jose (Habitacion Doble) , se excluye reembolso. Clinica San Jose de Arica, Clínica Arica, Clínica Tarapacá,Hospital Militar Antofagasta , Clínica La Portada, Clínica Médica Copiapó, Hospital Copiapó, Clínica el Loa.; INDISA a.2) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. a.1) Prestador Derivado, se rige en los mismos términos de la RED REGIONAL NORTE, definida en el Plan de Salud Complementario, siendo los prestadores de esta Red derivados entre si, se excluye reembolso.