% Bonif.% Bonif.% Bonif. 3.93UF3.41UF 12.26UF3.41UF 12.26UF3.41UF 1.97UF1.71UF 1.97UF1.71UF 3.93VA3.41VA 3.67VA2.64VA 0.96VA0.91VA 1.06VA1.00VA 0.98VA0.93VA 0.98VA0.93VA 11.34UF8.82UF 5.85UF5.85UF 1.13VA1.13VA1.13VA 2.22VA1.78VA1.78VA 0.34UF0.34UF0.34UF 0.34UF0.34UF0.34UF 1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF 13.92UF41.75UF13.92UF41.75UF 13.92UF41.75UF13.92UF41.75UF 1.79VA1.79VA 2.20VA2.20VA 0.50UF0.50UF 0.50UF0.46UF0.46UF 0.50UF0.50UF0.50UF Exámenes de Laboratorio0.84VA0.59VA0.59VA Exámenes de Histopatología0.92VA0.65VA0.65VA 0.86VA0.60VA0.60VA 0.84VA0.84VA0.84VA 1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF Pabellón Ambulatorio(1.c)2.64VA2.64VA2.64VA 2.01VA2.61UF2.01VA2.61UF2.01VA2.61UF 1.13VA1.13VA1.13VA 1.13VA1.13VA1.13VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.c)2.22VA2.22VA2.22VA 12.65UF38.00UF12.65UF38.00UF Prótesis y Ortesis1.79VA1.79VA Atención integral de enfermería(2.h)1.13VA1.13VA Atención integral de nutricionista(2.h)1.13VA3.73UF1.13VA3.73UF 1.00VA7.00UF1.00VA7.00UF Prestaciones Fertilización PAD (1.f): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre1.00VA4.00UF1.00VA4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer1.00VA12.00UF1.00VA12.00UF 0.85UF8.50UF0.85UF8.50UF 3.40VA8.50UF3.40VA8.50UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.g)3.50UF8.50UF3.50UF8.50UF 3.41UF8.53UF3.41UF8.53UF 2.22VA2.22VA 2.64VA2.64VA 0.50UF2.50UF0.50UF2.50UF 2.50VA2.50UF2.50VA2.50UF 2.50VA2.50UF2.50VA2.50UF 1.13VA1.13VA Box ambulatorio(1.c) (2.a)3.93VA3.93VA3.41VA 0.70UF0.70UF0.70UF 1.47VA0.59UF1.47VA0.59UF 2.20VA2.20VA Fono CruzBlanca 600 818 0000 Drogas Biológicas(2.f) CODIGO DE PLAN:3PCI140915 Sin Tope TIPO DE PLAN:INDIVIDUALFUN Nº Pieza doble 70 Porcentajes de bonificación y topes de acuerdo a lo señalado para cada ítem en las columnas de Prestaciones. ATENCIONES DE URGENCIA 40 70 90 Sin TopeSin Tope 10090 Sin TopeSin Tope Sin Tope Sin Tope Copago Fijo UF 0.28 Clínica Iquique Tope Bonificación LIBRE ELECCIÓN REGIONAL (Excepto Región XIII)(1.b) 80 Sin Tope 80 PRESTACIONES RESTRINGIDAS Sin Tope 70 Consulta Urgencia(1.h) Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Sin Tope Día Cama otros LIBRE ELECCIÓN REGION XIII Tope Bonificación Sin Tope Radioterapia PET -CT Sin Tope 80 90 Cobertura Internacional(1.m) Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas Sin Tope Sólo Cobertura Libre Elección Óptica(1.i) Traslados(1.j) PRESTADORES DERIVADOS Clínica Iquique HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA PRESTACIONES AMBULATORIASClínica San José de Arica (Habitación Doble) PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Visita Médico Tratante Consulta Médica Traslados médicos(1.j) PRESTACIONES MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE NOMBRE: Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios PRESTACIONES AMBULATORIAS IQUIQUE 1400 HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA 1.a) OFERTA PREFERENTE Tope BonificaciónAño/Benef/UF Tope max.(2.b) Año/Benef/UF Tope max. (2.b)Tope max.(2.b) Año/Benef/UF www.cruzblanca.cl Sin Tope Día Cama Especialidades Día cama Cuidados Intermedios Quimioterapia(2.d) Honorarios Médicos Quirúrgicos Kinesiología y fisioterapia Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Medicamentos en hospitalización(2.g) 100 Kinesiología y fisioterapia Día Observación o Recuperación Exámenes de Histopatología Visita Interconsultor(1.d) Sólo Cobertura Libre Elección Materiales Clínicos e Insumos(2.g) Consulta Oftalmológica OTRAS COBERTURAS 80 Sin Tope Quimioterapia(2.d) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Cgia. Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik): Pabellón(2.e)(2.i) Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.e) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Sin Tope Sin Tope Psiquiatría Ambulatoria Sin Tope Exámenes de Laboratorio Sin Tope Sin Tope Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Derecho de Pabellón Consulta Psiquiatría Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Día Cama Clínica de Recuperación Sin Tope La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000 Sólo Cobertura Libre Elección 70 Cgia. Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik): Honorarios(2.e)(2.i) 40 Sólo Cobertura Libre Elección 80 Fonoaudiología 100 90 Procedimientos(1.e) 80 Sin Tope Sin Tope Sin Tope Clínica Iquique Sin Tope Prestaciones Dentales PAD (1.l): Medicamentos Ambulatorios(1.k) Día Cama Psiquiatría
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.801.80 2 a menos de50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 _____________________________________________________ Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : RUT:RUT: Fecha: 1.- Coberturas 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 2.j)VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento. Huella Dactilar Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Tope General Anual por Beneficiario 2.b)3500UF CODIGO DE PLAN: Contratante Cargas IQUIQUE 1400 Contratante NOMBRE:3PCI140915 a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 1.d)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.g)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatría es por evento. 1.h)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. El Copago fijo se refiere sólo a la Consulta Médica de Urgencia. 1.b)Libre Elección Regional: El presente Plan de Salud,contempla mayor cobertura deatenciónhospitalariasi las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención o reembolsosen cualquiera prestador de regiones distintas de la Región Metropolitana. 1.e)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.f)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenologia propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará lahabitación doblecon baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. TABLA DE FACTORES Nº 537 a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 1.i)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 1.j)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no. 1.k)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de indice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermeria: para mayores de 55 años portadores de patologias cronicas, en centros de enfermeria del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1.c)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos,tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. Isapre CruzBlanca - 31 $ NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 3PCI140915 Edad años Modalidad del Arancel Identificación Única del Arancel (5.a) 2.i)La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 1.m). Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.l)Podran acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jovenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales.