CODIGO DE PLAN: % Bonif.% Bonif.% Bonif. 5.26UF5.01UF 12.26UF5.01UF 12.26UF5.01UF 2.63UF2.51UF 2.63UF2.51UF 5.26VA5.01VA 3.70VA3.53VA 1.25VA1.19VA 1.38VA1.31VA 1.28VA1.22VA 1.28VA1.22VA 4.51UF4.10UF 11.25UF11.25UF 1.42VA1.42VA1.42VA 2.24VA2.24VA2.24VA 0.46UF0.46UF0.46UF 0.46UF0.46UF0.46UF 1.42VA3.55UF1.42VA3.55UF1.42VA3.55UF 13.92UF41.75UF13.92UF41.75UF 13.92UF41.75UF13.92UF41.75UF 2.18VA2.18VA 2.00VA2.00VA 0.60UF0.60UF 0.60UF0.55UF0.55UF 0.55UF0.55UF0.55UF Exámenes de Laboratorio1.05VA0.74VA0.74VA Exámenes de Histopatología1.16VA0.81VA0.81VA 1.07VA0.75VA0.75VA 1.05VA1.05VA1.05VA 1.42VA3.55UF1.42VA3.55UF1.42VA3.55UF Pabellón Ambulatorio(1.c)3.53VA3.53VA3.53VA 2.53VA3.29UF2.53VA3.29UF2.53VA3.29UF 1.42VA1.42VA1.42VA 1.42VA1.42VA1.42VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.c)2.80VA2.80VA2.80VA 12.65UF38.00UF12.65UF38.00UF Prótesis y Ortesis2.18VA2.18VA Atención integral de enfermería(2.h)1.42VA1.42VA Atención integral de nutricionista(2.h)1.42VA1.42VA4.69UF 1.00VA7.00UF1.00VA7.00UF Prestaciones Fertilización PAD (1.f): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre1.00VA4.00UF1.00VA4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer1.00VA12.00UF1.00VA12.00UF Día cama Maternidad1.32UF1.25UF Pabellón0.93VA0.88VA Medicamentos en hospitalización(2.g)1.13UF1.02UF Materiales Clínicos e Insumos(2.g)2.81UF2.81UF Honorarios Médicos0.56VA0.56VA 1.25UF12.50UF1.25UF12.50UF 5.00VA12.50UF5.00VA12.50UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.g)7.50UF12.50UF7.50UF12.50UF 5.01UF12.53UF5.01UF12.53UF 2.80VA2.80VA 3.53VA3.53VA 0.60UF3.00UF0.50UF3.00UF 3.00VA3.00UF3.00VA3.00UF 3.00VA3.00UF3.00VA3.00UF 1.42VA1.42VA Box ambulatorio(1.c) (2.a)5.26VA5.26VA5.01VA 0.93UF0.93UF0.93UF 1.58VA0.63UF1.58VA0.63UF 2.66VA2.66VA Fono CruzBlanca 600 818 0000 3PCIE20115 Porcentajes de bonificación y topes de acuerdo a lo señalado para cada ítem en las columnas de Prestaciones. Hospital Clínico U. de Chile (Atención Institucional -Sala Pluripersonal) PRESTADORES DERIVADOS Copago Fijo UF 0.28 Clínica Iquique INDIVIDUALFUN Nº 40 Sólo Cobertura Libre Elección8070 Sin TopeSin Tope 9090 Sin TopeSin Tope Sólo Cobertura Libre Elección 70 Sin Tope Sin Tope 70 Tope max.(2.b) 80 Sin Tope Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Sin Tope Sin Tope 80 90 40 PRESTACIONES AMBULATORIAS Tope Bonificación Sin Tope Materiales Clínicos e Insumos(2.g) Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Tope BonificaciónTope Bonificación Cgia. Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik): Honorarios(2.e)(2.i) Cgia. Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik): Pabellón(2.e)(2.i) Sólo Cobertura Libre Elección Óptica(1.i) Traslados(1.k) Sin Tope 80 Clínica Iquique Sin Tope Cobertura Internacional(1.m) ATENCIONES DE URGENCIA HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Sin Tope PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Visita Médico Tratante Consulta Médica Traslados médicos(1.k) PRESTACIONES MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE NOMBRE:ESP. IQUIQUE 2000 Año/Benef/UFAño/Benef/UF Tope max. (2.b)Tope max.(2.b) Año/Benef/UF LIBRE ELECCIÓN REGION XIII1.a) OFERTA PREFERENTELIBRE ELECCIÓN REGIONAL (Excepto Región XIII)(1.b) TIPO DE PLAN: Sin Tope Día Cama Especialidades Día cama Cuidados Intermedios Quimioterapia(2.d) Honorarios Médicos Quirúrgicos Kinesiología y fisioterapia 80 Pieza doble Drogas Biológicas(2.f) Día Cama otros Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.e) www.cruzblanca.cl PRESTACIONES RESTRINGIDAS Sin Tope 70 90 Sin Tope Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Medicamentos en hospitalización(2.g) 90 Kinesiología y fisioterapia Día Observación o Recuperación Exámenes de Histopatología Visita Interconsultor(1.d) Sin Tope Quimioterapia(2.d) Radioterapia VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas PET -CT Sin Tope Sólo Cobertura Libre Elección Psiquiatría Ambulatoria OTRAS COBERTURAS Exámenes de Laboratorio Sin Tope Sin Tope Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Derecho de Pabellón Consulta Psiquiatría Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Día Cama Clínica de Recuperación 25Sólo Cobertura Libre Elección25 Día Cama Psiquiatría La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000 PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. Sin Tope Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Fonoaudiología 90 90 Procedimientos(1.e) Sin Tope Sin Tope Sin Tope Clínica Iquique Sin Tope PRESTACIONES AMBULATORIAS Consulta Urgencia(1.h) Consulta Oftalmológica Sin Tope 80 Prestaciones Dentales PAD (1.l): Medicamentos Ambulatorios(1.j) COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO Sin Tope
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.801.80 2 a menos de50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 _____________________________________________________ Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : RUT:RUT: Fecha: 1.- Coberturas 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. Huella Dactilar Contratante Identificación Única del Arancel (5.a)Isapre CruzBlanca - 31 UF3500 $ Precio Base Plan de Salud Complementario en UF NOMBRE:3PCIE20115 Modalidad del Arancel ESP. IQUIQUE 2000 CargasContratante TABLA DE FACTORES Nº 537 Edad años 1.e)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 1.d)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 3PCIE20115 1.g)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatría es por evento. 1.h)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgadas en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. El Copago fijo se refiere sólo a la Consulta Médica de Urgencia. 1.b)Libre Elección Regional: El presente Plan de Salud, contempla mayor cobertura de atención hospitalaria si las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención o reembolsosen cualquiera prestador de regiones distintas de la Región Metropolitana. a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 1.i)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 2.j)VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de indice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermeria: para mayores de 55 años portadores de patologias cronicas, en centros de enfermeria del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1.k)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará lahabitación doblecon baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. 1.c)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. CODIGO DE PLAN: La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud. 2.i)La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 1.m). Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.l)Podran acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jovenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales. Tope General Anual por Beneficiario (2.b) 1.f)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenologia propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.