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Libre ElecciónCódigo 3PD3200714

DEPORTIVO 3200

Puntuación del plan
No analizado

Plan no comercializable.

Desde

$110.568/mes

2,68 UF
CÓDIGO DE PLAN :
TIPO DE PLAN :
FUN Nº
%

Día cama

Día cama cuidados intensivos o coronarios

Día cama cuidados intermedios

Derecho de Pabellón

Exámenes de laboratorio

Histopatología

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Kinesiología
10.68 UF
Medicamentos en Hospitalización (2.e)

(1.j)

3.30
VA
3.80
VA
0.85
UF
1.05
UF
Medicamentos en hospitalización Psiquiátrica (1.f)

54.00
UF
6.33
UF 18.98 UF
5.69
VA
1.97
VA
0.55
UF
0.55
UF
3.36
VA
Histopatología
3.70 VA
3.64
VA
3.64
VA
1.25
VA 9.08 UF
1.25
VA
3.11
VA
2.63
VA
2.22
VA 28.81 UF
1.25
VA
0.55
VA
0.55
VA
0.55
VA 2.75 UF
6.33
UF 18.98 UF
6.33
VA
1.25
VA
1.25
VA 4.11 UF
0.82
UF
0.83
UF
1.25
UF
1.42
UF
1.51
UF
1.83
UF
0.00
0 4.00 UF
0.00
0 12.00 UF
COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO :

Día cama Maternidad

Pabellón

Medicamentos en hospitalización (2.e)

Materiales Clínicos e Insumos (2.e)

Honorarios Médicos
0.83 VA
1.52
VA 0.61 UF
6.33
UF 18.98 UF
Sin Tope
UF
1.97
VA
2.63
UF
15 días

30 días

Fono Cruz Blanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
NOMBRE :

Prestaciones Fertilización PAD (1.n):

0
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer

3PD3200714

70% en Red
Deportivo
PDB1
50% en Red
Deportivo
PDB2

Proc. diagnósticos y Terapéuticos

Intervenciones quirúrgicas

Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales

Box Ambulatorio (2.a)(2.b)

Traslados Médicos (1.d)

Óptica (1.h)

Sin Tope

UF

Consulta Psiquiatría

Psiquiatría Ambulatoria

40
1.00 VA
2.75
UF
Consulta Médica
7 días
Sin Tope

Sin Tope

Sin Tope

Sin Tope

90
Sin Tope
Tope

Tope Máximo Año Contrato
por Beneficiario 2.c)

Honorarios médicos quirúrgicos

Consulta médica

Kinesiología

Radioterapia

Materiales e insumos clínicos (2.e)

Honorarios Médicos Quirúrgicos traumatológicos (1.k)

Sin Tope

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Ampliación de
Cobertura

PRESTACIONES

Atención integral de enfermería (2.f)
Sin Tope
90

Procedimientos (1.a)

100

Sin Tope

DEPORTIVO 3200

Bonificación

INDIVIDUAL

"Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto"

Prestaciones Dentales PAD (1.m):

Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales

Endodoncia Incisivo

Endodoncia Premolar

Endodoncia Molar

TIEMPOS DE ESPERA

Tratamientos con drogas biológicas (2.g)

Día Cama Psiquiatría (1.e)

Quimioterapia (1.c)

Consulta Urgencia y Oftalmológica (1.l)

Fonoaudiología

Pabellón ambulatorio (2.a)

Sin Tope

Exámenes

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA LIBRE ELECCION.

PRESTACIONES RESTRINGIDAS

Atención integral de nutricionista (2.f)

Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental

100

Sin Tope

Visita por médico tratante (1.b)

Sin Tope

Sin Tope
9.08
Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá
suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los
siguientes planes de salud:

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1.e)

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en
relación al precio del nuevo plan.

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

I. MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Honorarios médicos quirúrgicos (2.a)

90

Procedimientos (1.a)

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes
que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.

Sin Tope

PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :

Medicamentos ambulatorios (1.g)

Prótesis v Ortesis

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis

Quimioterapia (1.c)

Exámenes de laboratorio

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. Está afecta a
un tope anual por beneficiario de UF1000.

Cobertura Internacional (1.i)

Sin Tope

Visita por médico interconsultor (1.b)

Traslados Médicos (1.d)

Día Cama Clínica de Recuperación

OTRAS COBERTURAS

25

90

AMBULATORIAS
CÓDIGO DE PLAN : 3PD3200714
Hombre
Mujer Hombre Mujer
1.80
1.80 1.80 1.80
0.95
0.80 0.80 0.77
0.75
0.55 0.63 0.55
0.65
0.55 0.55 0.55
0.60
0.70 0.55 0.60
0.70
1.55 0.68 0.92
0.80
2.15 0.68 1.50
1.00
3.30 1.00 1.80
1.10
3.05 1.10 1.65
1.30
2.40 1.30 1.55
1.45
2.45 1.45 1.60
1.75
2.70 1.75 1.90
2.40
3.20 2.40 2.10
3.10
3.50 3.10 2.50
4.30
3.70 4.30 3.00
4.50
3.80 4.50 3.25
5.50
4.50 5.50 4.50
5.50
4.90 5.50 4.50
Modalidad
Arancel
$
_______________________________________
_______________________________________
Firma Isapre
Firma del Afiliado
Fecha :
Nombre :
Rut:

1.n) Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de
este tratamiento, procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la
totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.

2.g) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

1.l) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

NOMBRE :
DEPORTIVO 3200
Identificación Única del Arancel (4.a)

70 a menos de 75

30 a menos de 35

60 a menos de 65

1.m) Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas
dentales.

15 a menos de 20

80 y más

Isapre CruzBlanca - 32

Huella Dactilar

Contratante

1.i) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de
documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

75 a menos de 80

65 a menos de 70

2440

1.c) Esta cobertura se refiere sólo a las drogas citotóxicas administradas en ciclos de quimioterapia.

1.g) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

Se excluye de la cobertura libre elección las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto
prematuro o aborto). Cada una de los gastos asociados a estos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud para la Libre Elección. Se
deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933

1.j) Red Deportivo PDB1: Clinica San Carlos de Apoquindo; Hospital Clínico Universidad Católica, Nuevo Pensionado UC, Clínica Santa María; Clínica indisa, Clínica
Tabancura;
Red Deportivo PDB2: Clínica Alemana; Clínica Las Condes.

1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo
anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

1.k) Este plan contempla mayor cobertura para los honorarios médico quirúrgicos asociados a la especialidad de traumatología. Cualquier prestación de honorarios médicos quirúrgicos
efectuada por un traumatólogo, que no corresponda a la especialidad (códigos de prestación 21), estará afecta a la cobertura de honorarios médicos generales.

Tope General por Beneficiario en UF 2.c)

1.- Coberturas

2.- Definiciones

3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

2.b) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

2.d) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que
formen parte de la Red de la Isapre.

2.e) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos
en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida,
pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el
término del evento.

2.c) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor
indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la
suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1
de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN

DEPORTIVO 3200

4.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del
Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se
sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las
nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que
dicho arancel asegura.

2.a) La cobertura de prestaciones de Box ambulatorio, Derecho de Pabellón y Honorarios Médicos quirúrgicos definidas, sólo aplica para intervenciones quirúrgicas asociadas a un
pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general y/o la utilización de un día cama por 4 horas o más tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada.

1.a) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la
atención.

1.e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

3.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último
día del mes anterior en que se devenga la remuneración.

4.-Reajuste del arancel de prestaciones.

1.d) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

45 a menos de 50

50 a menos de 55

3.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día
del mes anterior al de la respectiva bonificación.

2 a menos de 5

10 a menos de 15

Cargas

5 a menos de 10

0 a menos de 2

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (3.b)

20 a menos de 25

Contratante

1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

2.f) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente
obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores
de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF
según composición del grupo familiar

35 a menos de 40

55 a menos de 60

25 a menos de 30

40 a menos de 45

Edad años

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537