CÓDIGO DE PLAN :3PE0D05917NOMBRE : TIPO DE PLAN : % de Bonificación Día Cama Especialidades4.00UF Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios10.00UF Día Cama Cuidados Intermedios10.00UF Día Cama Sala Cuna - Fototerapia2.50UF Día Cama Otros4.00UF Derecho de Pabellón3.00VA Exámenes de laboratorio1.50VA Histopatología1.65VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)1.80VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)2.00VA 1.23VA Medicamentos(1.k)25.00UF 10.00UF 3.00VA 0.45UF 0.45UF Kinesiología1.23VA2.40UF Drogas Biológicas3.00UF9.00UF 3.00UF9.00UF 2.65VA 2.80VA 1.64VA3.48UF Consulta médica0.75UF Consulta Oftalmológica0.75UF Consulta de Urgencia(1.a)0.75UF Exámenes de laboratorio1.50VA Histopatología1.65VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)1.80VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.80VA Radioterapia1.23VA Procedimientos(1.c)1.23VA Honorarios médicos quirúrgicos(1.b)4.00VA Pabellón ambulatorio(1.b)2.40VA Prótesis y Órtesis2.65VA Atención integral de enfermería(2.f)1.23VA Fonoaudiología1.64VA3.48UF Consulta Psiquiatría0.40UF Psiquiatría Ambulatoria1.00VA Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria1.00VA6.00UF Kinesiología1.23VA3.90UF Quimioterapia(2.g)3.00UF9.00UF Atención integral de nutricionista(2.f)1.23VA4.06UF 1.00VA7.00UF 1.00VA4.00UF 1.00VA12.00UF 701.13VA6.00UF Medicamentos en hospitalización Psiquiátrica(1.e)3.00UF 1.13UF 1.13UF PET-CT Óptica(1.i)0.80UF0.80UF 2.80VA 3.00UF 4.00VA Sin Tope Sin Tope Prestacionesreferidasalembarazo(parto,cesárea,aborto,embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo)25% de la Cobertura General del Plan OTRAS COBERTURAS Sin Tope Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas Prestaciones Dentales PAD (1.l): Día Cama Clínica de Recuperación Prestaciones Fertilización PAD (1.g):40 VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA LIBRE ELECCIÓN. Box Ambulatorio(1.b) (2.e) 80Sin Tope Visita por médico tratante Quimioterapia(2.g) Honorarios médicos quirúrgicos 25% de la Cobertura General del Plan AMBULATORIAS Tope Máximo Año Contrato por Beneficiario (2.a) Tope de Bonificación Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis PRESTACIONES Visita por médico interconsultor(1.d) Procedimientos(1.c) 90 HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA BE CLEVER PROTEGIDO 0D 500 ESPECIAL 17 Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer Cobertura internacional(1.j) 90 Medicamentos ambulatorios(1.h) La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Cirugía Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik): Evento completo(2.d) Materiales e insumos clínicos(1.k) Traslados Médicos(1.f) Fonoaudiología 70 Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre Traslados Médicos(1.f) UF PRESTACIONES RESTRINGIDAS Día Cama Psiquiatría PLAN CON COBERTURA MATERNALREDUCIDA PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO. Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO Sin Tope 6.00 INDIVIDUALFUN Nº
CÓDIGO DE PLAN :3PE0D05917NOMBRE : HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.501.50 2 a menos de 50.950.950.600.60 5 a menos de 100.800.800.600.60 10 a menos de 150.800.800.550.55 15 a menos de 200.801.350.600.65 20 a menos de 250.701.500.651.00 25 a menos de 300.801.600.801.30 30 a menos de 351.002.301.001.40 35 a menos de 401.102.301.101.50 40 a menos de 451.302.001.301.60 45 a menos de 501.402.401.401.60 50 a menos de 551.802.651.801.80 55 a menos de 602.352.852.351.90 60 a menos de 653.203.303.202.40 65 a menos de 703.703.653.702.90 70 a menos de 753.703.653.703.10 75 a menos de 803.703.653.703.65 80 y mas3.703.653.703.65 TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 538 BE CLEVER PROTEGIDO 0D 500 ESPECIAL 17 ModalidadArancel Contratante Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar Precio Base Plan de Salud Complementario en UF(3.b) Cargas 1500$ Isapre CruzBlanca - 31Identificación Única del Arancel(4.a) Edad (Años) Tope General por Beneficiario en UF(2.a)
NOTAS EXPLICATIVAS 2.f)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes. -Enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 1.d) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 2.a)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel de este plan, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 1.a) Cobertura en servicios de urgencia, sólo para consulta e interconsulta de urgencia en horario hábil o inhábil, (se excluye todo otro servicio asociado a la consulta, tales como exámenes de laboratorio, imagenología, procedimientos, etc.). 1.j) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pagoque se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.k) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. 1.i) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.h) La cobertura de Medicamentos Ambulatorios corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 3.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 1.- Coberturas 2.b)Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 1.e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1.b)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos,tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 2.e)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento. 1.g) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja 1.l) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries en una o mas piezas dentales. 3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 2.g)Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.- Definiciones 4.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2.d)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 3.b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la red que determine la isapre. 4.-Reajuste del arancel de prestaciones. 1.f) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN: 3PE0D05917 La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel de este plan. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud.