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Libre ElecciónCódigo 3PP2000714

PAMPA 2000

Puntuación del plan
No analizado

Plan no comercializable.

Desde

$115.513/mes

2,80 UF
PRESTACIONES HOSPITALIZADAS
%
Tope Copago Fijo % Tope Copago Fijo
0.46
UF 0.46 UF
2.89
VA 2.89 VA
1.42
VA 1.42 VA
1.42
VA 1.42 VA 3.54 UF
5.26
UF 5.01 UF
11.47
UF 10.92 UF
11.47
UF 10.92 UF
2.63
UF 2.51 UF
5.26
VA 5.01 VA
3.71
VA 3.53 VA
1.25
VA 1.19 VA
1.37
VA 1.31 VA
1.28
VA 1.22 VA
1.28
VA 1.22 VA
31.50
UF 30.00 UF
13.75
UF 12.50 UF
1.25
UF 1.25 UF 12.50 UF
5.00
VA 5.00 VA 12.50 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.e)
7.88 UF 7.50 UF 12.50 UF
5.26
VA 5.01 VA 12.53 UF
2.24
VA
3.32
VA
13.92
UF 41.75 UF
0.55
UF 0.55 UF
0.55
UF 0.55 UF
Honorarios Médicos Ambulatorios (1.k)
2.89 VA 2.89 VA
Derecho de Pabellón (1.k)
3.53 VA 3.53 VA
Procedimientos (1.c)
1.42 VA 1.42 VA
Histopatología
1.16 VA 1.16 VA
Laboratorio
1.05 VA 1.05 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
1.07 VA 1.07 VA
RNM - Resonancia Nuclear Magnética
1.05 VA 1.05 VA
1.42
VA 1.42 VA 3.54 UF
0.55
UF 0.55 UF
2.75
VA 2.75 VA
2.75
VA 2.75 VA 2.75 UF
1.42
VA 1.42 VA
1.42
VA 1.42 VA 4.686 UF
2.53
VA 2.53 VA 3.29 UF
2.24
VA
13.92
UF 41.75 UF
Obturación: Diagnóstico y tratamiento de 1 pieza dental
0.82 UF
Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales
0.83 UF
Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales
1.25 UF
Endodoncia: Incisivo
1.42 UF
Endodoncia: Premolar
1.51 UF
Endodoncia: Molar
1.83 UF
Prestaciones Fertilización PAD (1.n):

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre
4.00 UF
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer
12.00 UF
COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO

1.25
UF
0.88
VA
7.50
UF
3.13
UF
0.72
VA
2.89
VA
3.53
VA
80
13.92 UF 41.75 UF
1.58
VA 0.63 UF
3.32
VA
30.00
UF
Box Ambulatorio (1.k) (2.a)
2.75 VA
Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
Sólo cobertura Libre Elección

40
1.00 VA
La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin
que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.

80

90

80

OTRAS PRESTACIONES (a)

Bonificación

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Materiales Clínicos e Insumos

Honorarios Médicos

Sin Tope

1.00 VA

Kinesiterapia

Materiales Clínicos e Insumos (1.j)

Derecho de Pabellón

Atención Integral de enfermería (2.h)

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (1.c)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Prótesis y Ortesis

2.75

70

LIBRE ELECCION REGIONAL

100

Histopatología

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1.d)

Día Cama Otros

Medicamentos en hospitalización (1.j)

Excepto Regón Metropolitana

Tope máx. año contrato por
beneficiario (2b)

NOMBRE :

Día Cama Psiquiatría (1.d)

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (1.b)

Día cama Cuidados Intermedios

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Honorarios Médicos Quirúrgicos

CODIGO DE PLAN :

Día Cama Especialidades

LIBRE ELECCIÓN

REGION METROPOLITANA

ESPECIAL PAMPA 2000

Óptica (1.g)

Fonoaudiología

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios

PET -CT

Consulta Psiquiatría

Laboratorio

Resonancia Nuclear Magnética

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Psiquiatría Ambulatoria

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD LIBRE ELECCION

TIPO DE PLAN :

3PP2000714

FUN N°
Individual
UF

Consulta Médica

Sin Tope

Día Cama Clínica de Recuperación

Sin Tope

Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón (1.a)(2.e)

Traslados (1.h)
Sólo cobertura Libre Elección
Cobertura Internacional (1.m)

(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

Medicamentos Ambulatorios (1.i)

Tope máx. año contrato por
beneficiario (2b)

Tope Bonificación

Sin Tope

Sin Tope

Atención Integral de nutricionista (2.h)

Sin Tope

Traslados (1.h)

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia (2.d)

80

Prótesis y Ortesis
Sin Tope
Sin Tope

Consulta Urgencia y Oftalmológica (1.f)

Kinesiterapia

Prestaciones Dentales PAD (1.l)

40
1.00 VA
80
Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia (2.d)
Sólo cobertura Libre Elección

Drogas Biológicas (2.f)

PRESTACIONES RESTRINGIDAS

Sólo cobertura Libre Elección

70

25
Sin Tope
Día cama Maternidad

Pabellón

Medicamentos hospitalarios

Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios (1.a)(2.e)
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
Rut:
Rut:
Fecha:

1.- Coberturas

2.- Definiciones

UF

NOMBRE :
ESPECIAL PAMPA 2000
NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD ESPECIAL PAMPA 2000

Tope General por Beneficiario (2.b)

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo
familiar

Unidad

Huella Dactilar

Contratante

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; (**) Solo Médicos Staff de los Prestadores.

2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la
oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el
copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el
nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537
Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b)
Edad (Años)
Contratante Cargas
UF 3500

4.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del
Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se
sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las
nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que
dicho arancel asegura.

2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes
obesos o no. La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo.

2.f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

2.g) Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o
privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta
por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que
presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años
portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

3PP2000714
CODIGO DE PLAN :
4.-Reajuste del arancel de prestaciones.

1.e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

1.f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

3.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último
día del mes anterior al de la respectiva bonificación.

3.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el
último día del mes anterior en que se devenga la remuneración.

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que
realiza la atención.

1.d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional
que formen parte de la Red de la Isapre.

2.d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

1.j) El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario.

1.k) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo
tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o
más.

1.i) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

1.m) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de
documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

1.l) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas
dentales.

1.n) Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología
propios de este tratamiento, procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del
tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.

Nombre Arancel
Isapre Cruz Blanca - 31
1.g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite
bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

1.h) Con indicación médica justificada.

1.a.1) El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para todas las prestaciones que se realicen en las regiones distintas de la Región Metropolitana.

1.a) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura Libre Elección Regional, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.