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Preferente

3PPA141211

PAMPA PLUS 1400CASJ

Puntuación del plan 3,1

Desde

$90.681/mes


Comparar Planes Online
Grupal
% Bonif.
% Bonif. % Bonif.
Valor Real
Valor Real Valor Real
0.34
UF 0.34 UF 0.34 UF 0.34 UF
2.22
VA 2.22 VA 2.22 VA 2.22 VA
1.13
VA 1.13 VA 1.13 VA 1.13 VA
1.13
VA 1.13 VA 1.13 VA 1.13 VA 2.83 UF
3.41
UF 3.41 UF 3.93 UF
3.41
UF 8.22 UF 12.26 UF
1.71
UF 1.71 UF 1.97 UF
3.41
VA 3.41 VA 3.93 VA
2.64
VA 2.64 VA 3.67 VA
0.91
VA 0.91 VA 0.96 VA
1.00
VA 1.00 VA 1.05 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)
0.93 VA 0.93 VA 0.98 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)
0.93 VA 0.93 VA 0.98 VA
14.00
UF 14.00 UF 18.00 UF
6.50
UF 6.50 UF 7.15 UF
0.85
UF 0.85 UF 0.85 UF 0.85 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (f)
3.50 UF 3.50 UF 4.50 UF 4.50 UF
3.40
VA 3.40 VA 3.40 VA 3.40 VA 8.50 UF
3.41
VA 3.41 VA 3.41 VA 3.41 VA 8.53 UF
0.50
UF 0.50 UF
Consulta Urgencia (g)
0.50 UF 0.50 UF 0.50 UF
0.50
UF 0.50 UF
Honorarios Médicos Ambulatorios (j)
2.22 VA 2.22 VA
Box ambulatorio (i)
3.41 VA 3.41 VA
Derecho de Pabellón (j)
2.64 VA 2.64 VA
Procedimientos (d)
1.13 VA 1.13 VA
Laboratorio
0.84 VA 0.84 VA
Histopatologia
0.92 VA 0.92 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)
0.86 VA 0.86 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)
0.84 VA 0.84 VA
1.13
VA 1.13 VA 2.83 UF
0.70
UF 0.70 UF
0.50
UF 0.50 UF
2.50
VA 2.50 VA
2.50
VA 2.50 VA 2.50 UF
2.01
VA 2.01 VA 2.61 UF
Atencion Integral de enfermeria y nutricionista (m)
1.13 VA 1.13 VA
1.47
VA 1.47 VA 0.59 UF
1.99
VA 1.99 VA
2.18
VA 2.18 VA
13.92
UF 13.92 UF 41.75 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
Medicamentos Ambulatorios (k)

OTRAS PRESTACIONES

Copago Fijo $ 5000
Clínica Antofagasta y
Clínica San José de
Arica

2.50

0.50

2.22

UF

Psiquiatría Ambulatoria

VA

VA

80

2.50

VA

VA

1.13
VA
3.41

2.18
VA
13.92
Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia
Solo Cobertura Libre Elección Excepto Consulta

30 días

TIEMPOS DE ESPERA

Exámenes
10 días Intervenciones quirúrgicas
Consulta Psiquiatría

Kinesiterapia

VA
Óptica (h)
1.99

80

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Fonoaudiologia

80

Consulta Oftalmológica

Prótesis y Ortesis

Atenciones de Urgencia

80
80Traslados (i)
1.47

UF

VA

VA

VA

UF

2.01

0.50

2.50

VA

1.13

2.64

VA

0.84

0.86

0.84

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (e)

Derecho de Pabellón

Materiales Clínicos e Insumos (l)

VA

0.70
UF
0.50
UF
UF

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

CODIGO DE PLAN :
3PPA141211 NOMBRE : PAMPA PLUS 1400CASJ
100

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Día Cama Otros

Medicamentos en hospitalización (l)

Día Cama Psiquiatría (e)

Individual

PAMPA PLUS

Tope Bonificación

b) LIBRE ELECCION REGIONAL
Excepto RG. Metropolitana

LIBRE ELECCIÓN

Día Cama Clínica de Recuperación

Laboratorio

UF - Veces Arancel
UF - Veces Arancel
Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (c)

100

Honorarios Médicos Quirúrgicos

Kinesiterapia

Día Cama Especialidades

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (d)

Tope Bonificación
Tope Bonificación
Sin Tope

100% Sin
Tope Clínica
Antofagasta
Clínica San
José de Arica
Pieza Doble

UTI-UCI

FUN Nº

RG. METROPOLITANA

Año/Benef/UF

TIPO DE PLAN :

Consulta Médica

70

I a IV y XV REGION

UF - Veces Arancel
(n)UF - Veces Arancel
Tope Bonificación

Tope

a) RED PAMPA (Habitación Doble)

Histopatologia

Sin Tope

Sin Tope

Sin Tope

OTROS (Restricciones) (a.1)

8.50
UF
90

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Sin Tope

1.13
VA
0.92
VA
Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención
dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de
Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas, cirugía
bariátrica o de obesidad, PET - CT.

Solo cobertura Libre Eleccion

VA
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. _______________________________________
Firma Contratante _____________________________________
Nombre :
Nombre :
Pieza Doble:
Clínica Arica, Clínica Iquique, Clínica Tarapacá, Hospital Militar Antofagasta , Clínica La Portada, Clínica Médica
Copiapó, Hospital Copiapó, Clínica el Loa.; INDISA

NOTAS EXPLICATIVAS

CODIGO DE PLAN :

f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la
hospitalización.

Contratante

RED PAMPA PLUS
Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica (Habitación Doble)
Son prestadores derivados del prestador preferente, los señalados en la RED PAMPA (Habitación Doble) de acuerdo al nivel de hoteleria y topes
de cobertura señalados.

a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

Cargas

Precio Base Plan de Salud
Complementario en UF

g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de
enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de
marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar
nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que
entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación.

Precio Total Plan de Salud
Complementario en UF según Grupo

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valorde la UF del
último día del mes al que corresponde devengar la cotización.)

Tope General por Beneficiario (n)
Nombre Arancel
Isapre Cruz Blanca -20
UF 3500
n) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las
prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La
bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año
sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con
exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección Nacional y está afecta a un tope anual por
beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones
generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos
del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.)

Edad (Años)

Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores
ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

h) Para obtener la cobertura de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada
beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

i) Con indicación médica justificada.

j) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a
la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de
anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

k) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

c) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

a) El presente Plan de Salud contempla mayor cobertura de atención hospitalaria si las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención,
en cualquiera de los prestadores de la RED PAMPA (Habitación Doble) más abajo detallados, y de acuerdo al nivel de hotelería señalado.
Cobertura Plus en Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica . Se excluye reembolso.

RED PAMPA :

d) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del
profesional o la institución que realiza la atención.

PAMPA PLUS 1400CASJ

b) El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para todas las prestaciones que se realicen en las Redes Regionales y en
Santiago en Clínica INDISA.

3PPA141211
NOMBRE :
l) “El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por Evento hospitalario a
aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o
bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos
hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. ”

m) Para obtener la cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, ésta debe ser indicada por medico tratante
especialista en Medicina Interna o nutrición, mediante orden medica, y sólo destinadas a pacientes , para casos de Nutricionista: pacientes entre
15 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa
Corporal(I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de Enfermería: para mayores de 55
años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.