TIPO DE PLAN: % Bonif.% Bonif.% Bonif. 3.41UF3.41UF 8.22UF3.41UF 8.22UF3.41UF 1.70UF1.71UF 3.41VA3.41VA 3.41VA3.41VA 2.64VA2.64VA 0.91VA0.91VA 1.00VA1.00VA 0.93VA0.93VA 0.98VA0.93VA 12.60UF8.82UF 5.85UF5.85UF 1.13VA1.13VA1.13VA 2.22VA2.22VA1.55VA 0.34UF0.34UF0.34UF 0.34UF0.34UF0.34UF 1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF 0.85UF8.50UF0.85UF8.50UF 3.40VA8.50UF3.40VA8.50UF 2.45UF8.50UF3.50UF8.50UF 3.41UF8.53UF3.41UF8.53UF 13.91UF41.75UF13.91UF41.75UF 13.91UF41.75UF13.91UF41.75UF 2.19VA2.19VA 2.20VA2.20VA 0.50UF0.46UF 0.50UF0.50UF 0.50UF0.50UF Exámenes de Laboratorio0.84VA0.59VA Exámenes de Histopatología0.92VA0.65VA 0.86VA0.60VA 0.84VA0.84VA 1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF Pabellón Ambulatorio(1.c)2.64VA2.64VA 2.01VA2.61UF2.01VA2.61UF 1.13VA1.13VA 1.13VA1.13VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.c)2.22VA2.22VA 13.91UF41.745UF13.91UF41.75UF Prótesis y Órtesis1.99VA1.99VA Atención integral de enfermería(2.h)1.13VA1.13VA Atención integral de nutricionista(2.h)1.13VA3.73UF1.13VA3.73UF 0.50UF2.50UF0.50UF2.50UF 2.50VA2.50UF2.50VA2.50UF 2.50VA2.50UF2.50VA2.50UF 7.00UF7.00UF 4.00UF4.00UF 12.00UF12.00UF 2.22VA1.55VA 2.64VA2.64VA 0.50UF2.50UF0.50UF2.50UF 2.50VA2.50UF2.50VA2.50UF 2.50VA2.50UF2.50VA2.50UF 1.47VA0.59UF1.47VA0.59UF 2.20VA2.20VA Box ambulatorio(1.c)(2.a)3.41VA3.41VA 0.70UF0.70UF Fono CruzBlanca 600 818 0000 Día Cama Psiquiatría Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica Sin Tope Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica 80 8070 Día Cama Clínica de RecuperaciónSólo Cobertura Libre Elección Quimioterapia(2.d) Quimioterapia(2.d) Sin Tope Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Materiales Clínicos e Insumos(2.g) Visita Interconsultor(1.d) Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Porcentajes de bonificación y topes de acuerdo a lo señalado para cada ítem en las columnas de Prestaciones. Sin Tope Sin Tope 80 Drogas Biológicas(2.f) Kinesiología y fisioterapia Exámenes de Laboratorio 80 Clínica Antofagasta Clínica San José de Arica Habitación Doble Día Observación o Recuperación Exámenes de Histopatología Prestaciones Fertilización PAD (1.f): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.Sin Tope VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. ATENCIONES DE URGENCIA Sólo Cobertura Libre Elección Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Procedimientos(1.e) Psiquiatría Ambulatoria Consulta Psiquiatría Consulta Psiquiatría Psiquiatría Ambulatoria Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Sin Tope Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.e) 90 Fonoaudiología Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Sin Tope Sin Tope Kinesiología y fisioterapia Honorarios Médicos Quirúrgicos Sin Tope Sin Tope OTRAS COBERTURAS (1.k) Sin Tope Medicamentos Ambulatorios(1.j) Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer Año/Benef/UF Derecho de Pabellón www.cruzblanca.cl 70 Medicamentos en hospitalización(2.g) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA PRESTACIONES AMBULATORIAS Tope max. (2.b) 80 Día cama Cuidados Intermedios Año/Benef/UF 1.a) OFERTA PREFERENTE Tope Bonificación PRESTACIONES Día Cama otros PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Día Cama Especialidades PAMPA PLUS 1400 (80/80) CASJ HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Tope max. (2.b) Año/Benef/UF MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE LIBRE ELECCIÓN REGION XIII NOMBRE: Tope BonificaciónTope Bonificación LIBRE ELECCIÓN REGIONAL (Excepto Región XIII) (1.b) FUN Nº Tope max. (2.b) 1.00VA 70 PRESTACIONES AMBULATORIAS Cogía. Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik): Honorarios(2.e) Cgia. Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik): Pabellón(2.e) Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Traslados(1.n) Consulta OftalmológicaSólo Cobertura Libre Elección PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.k) Sin Tope80 70 80 Óptica(1.i) Cobertura Internacional(1.m) Sin Tope 80 40VA Sin Tope Consulta Urgencia(1.h) Radioterapia Visita Médico Tratante Traslados médicos(1.n) 1.00 Sólo Cobertura Libre Elección 80 80Sin TopeSin Tope 40 La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000 Sin Tope PRESTADORES DERIVADOS (1.a.1) CODIGO DE PLAN:3PPA148815 INDIVIDUAL Prestaciones Dentales PAD (1.l) Sólo Cobertura Libre Elección Consulta Médica Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.g) Copago Fijo UF 0.28 C A y CSJA 80% Sin Tope Clínica Antofagasta Clínica San José de Arica y C. M. Oasis. Sin Tope
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.801.80 2 a menos de50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 _____________________________________________________ Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : RUT:RUT: Fecha: 1.- Coberturas 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) CODIGO DE PLAN:3PPA148815NOMBRE :PAMPA PLUS 1400 (80/80) CASJ 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 1.d)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 3PPA148815 1.g)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1.h)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. El Copago fijo se refiere sólo a la Consulta Médica de Urgencia. 1.f)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 1.m)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.l)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales. VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento, CA= Clínica Antofagasta, CSJA= Clínica San José de Arica 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 1.n)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 5.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 1.i)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 2.d)Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1.b)Libre Elección Regional: El presente Plan de Salud, contempla mayor cobertura de atención hospitalaria si las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención o reembolsosen cualquiera prestador de regiones distintas de la Región Metropolitana. 1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará Pieza Dobleo la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Se excluye de la cobertura preferente la hospitalización en suite o departamento. 1.c)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos,tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.a.1 Son prestadores derivados del prestador preferente, la Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica de acuerdo al nivel de hoteleria (Habitación Doble) y topes de cobertura señalados. Edad años TABLA DE FACTORES Nº 537 Cargas $ 1.e)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. Tope General Anual por Beneficiario 2.b)3500UF Modalidad del Arancel 1.k)Estas prestaciones se excluyen de la cobertura preferente, otorgándose solo en modalidad Libre Elección. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. Contratante Contratante Isapre CruzBlanca - 31Identificación Única del Arancel (5.a) Huella Dactilar