TIPO DE PLAN: % Bonif.% Bonif.% Bonif. 3.81UF3.81UF 9.12UF3.81UF 9.12UF3.81UF 1.91UF1.91UF 3.81VA3.81VA 2.94VA2.94VA 0.91VA0.91VA 1.00VA1.00VA 0.93VA0.93VA 0.98VA0.93VA 19.80UF13.86UF 7.65UF7.65UF 1.23VA1.23VA1.23VA 2.45VA2.45VA1.96VA 0.36UF0.36UF0.36UF 0.36UF0.36UF0.36UF 1.23VA3.07UF1.23VA3.07UF1.23VA3.07UF 13.91UF41.75UF13.91UF41.75UF 13.91UF41.75UF13.91UF41.75UF 2.19VA2.19VA 2.35VA2.35VA 0.50UF0.50UF 0.50UF0.50UF0.46UF 0.50UF0.50UF0.50UF Exámenes de Laboratorio0.91VA0.91VA0.64VA Exámenes de Histopatología1.00VA1.00VA0.70VA 0.93VA0.93VA0.65VA 0.91VA0.91VA0.91VA 1.23VA3.07UF1.23VA3.07UF1.23VA3.07UF Pabellón Ambulatorio(1.c)2.94VA2.94VA2.94VA 2.01VA2.84UF2.19VA2.84UF2.19VA2.84UF 1.23VA1.23VA1.23VA 1.23VA1.23VA1.23VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.c)2.45VA2.45VA2.45VA 13.91UF41.745UF13.91UF41.75UF Prótesis y Ortesis2.19VA2.19VA Atención integral de enfermería(2.h)1.23VA1.23VA Atención integral de nutricionista(2.h)1.23VA4.06UF1.23VA4.06UF 7.00UF7.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre4.00UF4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer12.00UF12.00UF 0.95UF9.50UF0.95UF9.50UF 3.80VA9.50UF3.80VA9.50UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.g)5.50UF9.50UF3.85UF9.50UF 3.81UF9.53UF3.81UF9.53UF 2.45VA1.96VA 2.94VA2.94VA 0.50UF2.50UF0.50UF2.50UF 2.50VA2.50UF2.50VA2.50UF 2.50VA2.50UF2.50VA2.50UF 1.23VA1.23VA Box ambulatorio(1.c) (2.a)3.81VA3.81VA3.81VA 0.77UF0.77UF0.77UF 1.47VA0.59UF1.47VA0.59UF 2.35VA2.35VA Fono CruzBlanca 600 818 0000 VA CODIGO DE PLAN:3PPA161115 INDIVIDUAL Tope max.(2.b) Año/Benef/UF LIBRE ELECCIÓN REGIONAL (Excepto Región RM)(1.b) Clínica Antofagasta Clínica San José de Arica Pieza Doble Día Cama otros Prestaciones Fertilización PAD (1.f): 9090 Copago Fijo UF 0.28 C A y CSJ 1.00 70 Materiales Clínicos e Insumos(2.g) Tope Bonificación Cobertura Internacional(1.m) 70 Traslados(1.n) Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Sin Tope 80 80 Sólo Cobertura Libre Elección 90 Sin TopeSin Tope Sin Tope HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Quimioterapia(2.d) Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Sin Tope Sin Tope Año/Benef/UF LIBRE ELECCIÓN REGION XIII Tope Bonificación Sin Tope 70 PRESTACIONES AMBULATORIAS Drogas Biológicas(2.f) Sólo Cobertura Libre Elección Año/Benef/UF Sólo Cobertura Libre Elección PRESTADORES DERIVADOS (1.o) Consulta Oftalmológica Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Día Cama Clínica de Recuperación Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Fonoaudiología 1.00VA Sin Tope Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.k) 90 Sin Tope FUN Nº Tope Bonificación Visita Interconsultor(1.d) Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Día Cama Sala Cuna-Fototerapia PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Visita Médico Tratante Consulta Médica Traslados médicos(1.n) PRESTACIONES MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE NOMBRE:PAMPA PLUS 1600CASJ 1.a) OFERTA PREFERENTETope max. (2.b) Exámenes de HistopatologíaSin Tope 90 Sin Tope Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Tope max. (2.b) Cgia. Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik): Honorarios(2.e)(2.i) Cgia. Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik): Pabellón(2.e)(2.i) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Día Cama Especialidades Día cama Cuidados Intermedios Quimioterapia(2.d) Honorarios Médicos Quirúrgicos Kinesiología y fisioterapia Kinesiología y fisioterapia Día Cama Psiquiatría PET -CT Sin Tope La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000 Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica 80 PRESTACIONES AMBULATORIAS Óptica(1.i) Sin Tope 80 40 Radioterapia Sin Tope Sin Tope www.cruzblanca.cl 70 ATENCIONES DE URGENCIA Sin Tope Consulta Psiquiatría Sólo Cobertura Libre Elección OTRAS COBERTURAS Porcentajes de bonificación y topes de acuerdo a lo señalado para cada ítem en las columnas de Prestaciones. VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Sin Tope Sin Tope Medicamentos Ambulatorios(1.j) Sin Tope 80 Psiquiatría Ambulatoria Sin Tope 40 Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Medicamentos en hospitalización(2.g) Prestaciones Dentales PAD (1.l) Sin Tope Sin Tope Sin Tope Sin Tope 90 Sin Tope Derecho de Pabellón 80 Consulta Urgencia(1.h) Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (*)(1.e) Procedimientos(1.e) Exámenes de Laboratorio 90
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.801.80 2 a menos de50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 _____________________________________________________ Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : RUT:RUT: Fecha: 1.- Coberturas 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. Contratante Precio Base Plan de Salud Complementario en UF $ Tope General Anual por Beneficiario 2.b) Contratante Huella Dactilar 3500 TABLA DE FACTORES Nº 537 Edad años UF Modalidad del Arancel Identificación Única del Arancel (5.a)Isapre CruzBlanca - 31 Cargas 1.n)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 5.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de indice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermeria: para mayores de 55 años portadores de patologias cronicas, en centros de enfermeria del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 1.o) Son prestadores derivados del prestador preferente, la Clínica Antofagasta y Clínica San José de Aricade acuerdo al nivel de hoteleria (Habitación Individual) y topes de cobertura señalados. 2.j)VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento, CA = Clínica Antofagasta, CSJ = Clínica San José de Arica. 1.k)Estas prestaciones se excluyen de la cobertura preferente, otorgandose solo en modalidad Libre Elección. 1.b)Libre Elección Regional: El presente Plan de Salud,contempla mayor cobertura deatenciónhospitalariasi las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención o reembolsosen cualquiera prestador de regiones distintas de la Región Metropolitana. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 1.f)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 1.e)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 1.i)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.i)La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 1.c)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos,tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.m)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.l)Podran acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jovenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales. 1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará Pieza Doble con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 1.d)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 3PPA161115 1.g)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1.h)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. El Copago fijo se refiere sólo a la Consulta Médica de Urgencia.