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PreferenteCódigo 3PPAE14120

PAMPA PLUS ESPECIAL 1400C

Puntuación del plan
3,0

Plan no comercializable.

Desde

$86.193/mes

2,09 UF
Grupal
% Bonif.
% Bonif. % Bonif.
Valor Real
Valor Real Valor Real
0.34
UF 0.34 UF 0.34 UF 0.34 UF
2.22
VA 2.22 VA 2.22 VA 2.22 VA
1.13
VA 1.13 VA 1.13 VA 1.13 VA
1.13
VA 1.13 VA 1.13 VA 1.13 VA 2.83 UF
3.41
UF 3.41 UF 3.93 UF
3.41
UF 8.22 UF 12.26 UF
1.71
UF 1.71 UF 1.97 UF
3.41
VA 3.41 VA 3.93 VA
2.64
VA 2.64 VA 3.67 VA
0.91
VA 0.91 VA 0.96 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)
0.93 VA 0.93 VA 0.98 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)
0.93 VA 0.93 VA 0.98 VA
14.00
UF 14.00 UF 18.00 UF
6.50
UF 6.50 UF 7.15 UF
0.85
UF 0.85 UF 0.85 UF 0.85 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (f)
3.50 UF 3.50 UF 4.50 UF 4.50 UF
3.40
VA 3.40 VA 3.40 VA 3.40 VA 8.50 UF
3.41
VA 3.41 VA 3.41 VA 3.41 VA 8.53 UF
0.43
UF 0.43 UF
0.50
UF 0.50 UF 0.50 UF
0.50
UF 0.50 UF
Honorarios Médicos Ambulatorios (j)
2.22 VA 2.22 VA
Box ambulatorio (j)
3.41 VA 3.41 VA
Derecho de Pabellón (j)
2.38 VA 2.38 VA
Procedimientos (d)
1.13 VA 1.13 VA
Laboratorio
0.71 VA 0.71 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)
0.73 VA 0.73 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)
0.84 VA 0.84 VA
Kinesiterapia
1.13 VA 1.13 VA 2.83 UF
0.70
UF 0.70 UF
0.43
UF 0.43 UF
2.13
VA 2.13 VA
2.13
VA 2.13 VA 2.13 UF
1.13
VA 1.13 VA 2.26 UF
1.63
VA 1.63 VA 0.65 UF
1.63
VA 1.63 VA
1.63
VA 1.63 VA
12.65
UF 12.65 UF 37.95 UF
Clínica
Antofagasta
Clínica San
José de Arica
Habitacion
Doble

Fonoaudiologia

VA
Óptica (h)
80

Consulta Psiquiatría

VA

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia

VA

UF

30 días
Exámenes 10 días Intervenciones quirúrgicas
Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención
dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de
Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía
bariátrica o de obesidad (a.2)

Solo cobertura Libre Eleccion

Psiquiatría Ambulatoria

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

VA

Medicamentos Ambulatorios (k)

Copago Fijo $ 5000
Clínica Antofagasta y
Clínica San José de
Arica

80

2.13

VA

3.41

2.13

0.50

2.22

80

Consulta Urgencia (g)

Consulta Oftalmológica

0.43
UF
UF

VA

0.70
UF
Solo Cobertura Libre Elección Excepto Consulta

TIEMPOS DE ESPERA

www.cruzblanca.cl
Fono CruzBlanca 600 818 0000
Atenciones de Urgencia

12.65

80

1.63

Prótesis y Ortesis
1.63
80
Traslados (i) 1.63
UF

VA

VA

1.13
VA
VA

1.13

UF
0.43
2.13

2.38

VA

0.71

0.73

0.84

1.13
VA
VA

VA

100

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Día Cama Otros

Medicamentos en hospitalización

Día Cama Psiquiatría (e)

Derecho de Pabellón

Materiales Clínicos e Insumos

Día Cama Clínica de Recuperación

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

UTI-UCI

LIBRE ELECCIÓN

Honorarios Médicos Quirúrgicos

Kinesiterapia

Día Cama Especialidades

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos ( d)

Laboratorio

UF - Veces Arancel

Tope
PAMPA PLUS
NOMBRE :

UF - Veces Arancel

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (c)

100
90
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (e)

b) LIBRE ELECCION
REGIONAL Excepto RG.
Metropolitana

FUN Nº

UF - Veces Arancel

Tope Bonificación
Tope Bonificación Tope Bonificación
I a IV y XV REGION

Consulta Médica

70

RG. METROPOLITANA

Año/Benef/UF

8.50
UF
90% Sin Tope
Clínica
Antofagasta
Clínica San
José de Arica
Pieza Doble

Tope Bonificación

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que
correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en
relación al precio del nuevo plan."

Prestador Derivado a.1)

PAMPA PLUS ESPECIAL 1400CASJ
CODIGO DE PLAN : 3PPAE14120
TIPO DE PLAN :
Individual
a) RED PAMPA (Habitación Doble)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

OTRAS PRESTACIONES

OTROS PRESTACIONES (Restricciones)

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :

"Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto"

"Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá
suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los
siguientes planes de salud:

(l)
UF - Veces Arancel
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. _______________________________________
Firma Contratante _____________________________________
Nombre :
Nombre :
Clínica Arica, Clínica Iquique, Clínica Tarapacá, Hospital Militar Antofagasta , Clínica La Portada, Clínica
Médica Copiapó, Hospital Copiapó, Clínica el Loa.; INDISA

Contratante

CODIGO DE PLAN :

a.2) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

Pieza Doble:

NOMBRE :

c) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de
enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de
marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar
nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que
entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación.

Precio Total Plan de Salud
Complementario en UF según Grupo

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valorde la UF del
último día del mes al que corresponde devengar la cotización.)

Tope General por Beneficiario l)

Isapre Cruz Blanca -20
UF 3500
Nombre Arancel

d) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución
que realiza la atención.

Cargas

Precio Base Plan de Salud
Complementario en UF

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

i) Con indicación médica justificada.

j) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención
hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un
box ambulatorio por 4 horas o más.

k) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio
nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

Edad (Años)

3PPAE14120
PAMPA PLUS ESPECIAL 1400CASJ
b) El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para todas las prestaciones que se realicen en las Redes Regionales y en Santiago en Clínica
INDISA.

a) El presente Plan de Salud contempla mayor cobertura de atención hospitalaria si las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención, en cualquiera de los
prestadores de la RED PAMPA (Habitación Doble) más abajo detallados, y de acuerdo al nivel de hotelería señalado. Cobertura Plus en Clínica Antofagasta y Clínica
San José de Arica . Se excluye reembolso.

NOTAS EXPLICATIVAS

a.1)Son prestadores derivados del prestador preferente, los señalados en la RED PAMPA (Habitación Doble) de acuerdo al nivel de hoteleria y topes de cobertura
señalados.

La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico,
hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a lo estipulado en el Plan de Salud Complementario. Se deja constancia que para
este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933.

RED PAMPA :

RED PAMPA PLUS
Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica (Habitación Doble)
e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

h) Para obtener la cobertura de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite
bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

l) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y
por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la
prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicará la regla de bonificación de doble piso mínimo de
cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N°1 de 2005, determinandose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección Nacional y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000.
Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En
caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su
liquidación.)