TIPO DE PLAN:INDIVIDUAL % Bonif.% Bonif.% Bonif. 4.31UF4.31UF 10.02UF4.31UF 10.02UF4.31UF 2.15UF2.16UF 2.16UF2.16UF 4.31VA4.31VA 3.23VA3.23VA 1.05VA1.05VA 1.15VA1.16VA 1.07VA1.07VA 1.12VA1.07VA 23.40UF23.40UF 9.45UF9.45UF 1.32VA1.32VA1.32VA 2.65VA2.65VA2.65VA 0.41UF0.41UF0.41UF 0.41UF0.41UF0.41UF 1.32VA3.30UF1.32VA3.30UF1.32VA3.30UF 41.75UF41.75UF13.91UF41.75UF 2.09VA2.09VA 2.49VA2.49VA 0.50UF0.50UF 0.50UF0.50UF0.50UF 0.50UF0.50UF0.50UF Exámenes de Laboratorio0.98VA0.98VA0.98VA Exámenes de Histopatología1.08VA1.08VA1.08VA 1.00VA1.00VA1.00VA 0.98VA0.98VA0.98VA 1.32VA3.30UF1.32VA3.30UF1.32VA3.30UF Pabellón Ambulatorio(1c)3.23VA3.23VA3.23VA 2.35VA3.05UF2.35VA3.05UF2.35VA3.05UF 1.32VA1.32VA1.32VA 1.32VA1.32VA1.32VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1c)2.65VA2.65VA2.65VA 13.91UF41.745UF13.91UF41.75UF Prótesis y Ortesis2.09VA2.09VA Atención integral de enfermería(2h)1.32VA1.32VA Atención integral de nutricionista(2h)1.32VA4.36UF1.32VA4.36UF 1.00VA0.82UF1.00VA0.82UF 1.00VA0.83UF1.00VA0.83UF 1.00VA1.25UF1.00VA1.25UF 1.00VA1.42UF1.00VA1.42UF 1.00VA1.51UF1.00VA1.51UF 1.00VA1.83UF1.00VA1.83UF Día cama Maternidad1.08UF1.08UF Pabellón0.81VA0.81VA Medicamentos en hospitalización(2g)5.85UF5.85UF Materiales Clínicos e Insumos(2g)2.36UF2.36UF Honorarios Médicos0.66VA0.66VA 1.08UF10.75UF1.08UF10.75UF 4.32VA10.75UF4.32VA10.75UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1g)6.50UF10.75UF6.50UF10.75UF 4.31UF10.78UF4.31UF10.78UF 2.65VA2.65VA 3.23VA3.23VA 0.50UF2.50UF0.50UF2.50UF 2.50VA2.50UF2.50VA2.50UF 2.50VA2.50UF2.50VA2.50UF 1.32VA1.32VA 13.91UF41.75UF13.91UF41.75UF Box ambulatorio(1c) (2a)4.31VA4.31VA4.31VA 0.85UF0.85UF0.85UF 1.47VA0.59UF1.47VA0.59UF 2.49VA2.49VA Fono CruzBlanca 600 818 0000 Sin TopeSin Tope 3PPAE18013 10090 Sin TopeSin Tope Día Cama otros Sólo Cobertura Libre Elección Cobertura Internacional(1m) 70 90 80 Sin Tope 80 Sin Tope Copago Fijo UF 0.28 C A y CSJ LIBRE ELECCIÓN REGIONAL (Excepto Región RM)(1b) Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica PRESTADORES DERIVADOS (1o) Materiales Clínicos e Insumos(2g) Sin Tope Sólo Cobertura Libre Elección Tope max. (2b) Año/Benef/UF LIBRE ELECCIÓN REGION XIII Tope Bonificación Sin Tope Tope Bonificación 70 90 Sólo Cobertura Libre Elección Sin Tope 80 Sólo Cobertura Libre Elección 80 Sin Tope Traslados(1n) Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1f) PET -CT 80 Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica Sin Tope Porcentajesdebonificaciónytopesdeacuerdoalo señalado para cada ítem en las columnas de Prestaciones. PRESTACIONES AMBULATORIAS PRESTACIONES AMBULATORIAS 70 Drogas Biológicas (2f) Quimioterapia (2d) Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Sin Tope Óptica(1i) Radioterapia Sin Tope Sin Tope PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1k) Consulta Oftalmológica(*) Consulta Urgencia(*)(1h) PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Visita Médico Tratante(*) Consulta Médica(*) Traslados médicos(1n) PRESTACIONES MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE NOMBRE:ESP. PAMPA PLUS 1800CASJ HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Año/Benef/UF Tope max. (2b) Año/Benef/UF CODIGO DE PLAN: Tope max. (2b) FUN Nº Día Cama Especialidades Día cama Cuidados Intermedios Quimioterapia (2d) Honorarios Médicos Quirúrgicos(*) Kinesiología y fisioterapia 1a) OFERTA PREFERENTE(*) Tope Bonificación Visita Interconsultor(*) (1d) Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Endodoncia Molar(1l) OTRAS COBERTURAS www.cruzblanca.cl 70 Cgia. Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik): Honorarios(2e)(2i) Cgia. Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik): Pabellón(2e)(2i) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000 Sólo Cobertura Libre Elección Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Medicamentos en hospitalización(2g) 100 Kinesiología y fisioterapia Sin Tope Sin Tope Sin Tope Endodoncia Premolar(1l) Psiquiatría Ambulatoria Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (*)(1e) (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Sin Tope ATENCIONES DE URGENCIA Consulta Psiquiatría Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Día Cama Clínica de Recuperación Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Fonoaudiología 25Sólo Cobertura Libre Elección25 A: COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO (1k) Sin Tope A: PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. Sin Tope Exámenes de Laboratorio Procedimientos(1e) Día Observación o Recuperación Medicamentos Ambulatorios(1j) Día Cama Psiquiatría(1f) Exámenes de Histopatología Sin Tope Sin Tope Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Derecho de Pabellón 80 Sin Tope Sin Tope Sin Tope Sin Tope Clínica Antofagasta Clínica San José de Arica Pieza Individual 100 90 Sin Tope Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental(1l) Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales(1l) Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales(1l) Endodoncia Incisivo(1l)4040
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.801.80 2 a menos de50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 _____________________________________________________ Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : RUT:RUT: Fecha: 1.- Coberturas 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. j)VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento. Huella Dactilar Contratante Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Se excluye de la Oferta Preferente las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto). Cada una de los gastos asociados a estos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud para la Libre Elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933. 1n)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1o) Son prestadores derivados del prestador preferente, la Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica de acuerdo al nivel de hoteleria (Habitación Individual) y topes de cobertura señalados. Isapre CruzBlanca - 31Identificación Única del Arancel (5a) 3500UF Contratante $ Tope General Anual por Beneficiario 2b) Modalidad del Arancel TABLA DE FACTORES Nº 537 Edad añosCargas 1e)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1b)Libre Elección Regional: El presente Plan de Salud,contempla mayor cobertura deatenciónhospitalariasi las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención o reembolsosen cualquiera prestador de regiones distintas de la Región Metropolitana. a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 1i)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. 1j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de indice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermeria: para mayores de 55 años portadores de patologias cronicas, en centros de enfermeria del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 1d)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 3PPAE18013 1g)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 1h)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. El Copago fijo se refiere sólo a la Consulta Médica de Urgencia. 1k)Estas prestaciones se excluyen de la cobertura preferente, otorgandose solo en modalidad Libre Elección. 1f)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. 1a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará Pieza Individual con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. 1c)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos,tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. i)La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 1m)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1l)Podran acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jovenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales.