Logo Isapre CruzBlanca
PreferenteCódigo 3PPAES2121

ESPECIAL PAMPA PLUS 2000CASJ

Puntuación del plan
2,7

Plan no comercializable.

Desde

$99.714/mes

2,42 UF
Grupal
% Bonif.
% Bonif. % Bonif.
Valor Real
Valor Real Valor Real
0.46
UF 0.46 UF 0.46 UF 0.46 UF
2.89
VA 2.89 VA 2.89 VA 2.89 VA
1.42
VA 1.42 VA 1.42 VA 1.42 VA
1.42
VA 1.42 VA 1.42 VA 1.42 VA 3.54 UF
5.01
UF 5.01 UF 5.26 UF
5.01
UF 10.92 UF 12.26 UF
2.51
UF 2.51 UF 2.63 UF
5.01
VA 5.01 VA 5.26 VA
3.53
VA 3.53 VA 3.70 VA
1.19
VA 1.19 VA 1.25 VA
1.31
VA 1.31 VA 1.37 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)
1.22 VA 1.22 VA 1.28 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)
1.22 VA 1.22 VA 1.28 VA
30.00
UF 30.00 UF 31.50 UF
12.50
UF 12.50 UF 13.75 UF
1.25
UF 1.25 UF 1.25 UF 1.25 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (f)
7.50 UF 7.50 UF 7.88 UF 7.88 UF
5.00
VA 5.00 VA 5.00 VA 5.00 VA 12.50 UF
5.01
VA 5.01 VA 5.01 VA 5.01 VA 12.53 UF
0.55
UF 0.55 UF
Consulta Urgencia (g)
0.55 UF 0.55 UF 0.55 UF
0.55
UF 0.55 UF
Honorarios Médicos Ambulatorios (j)
2.89 VA 2.89 VA
Box ambulatorio (i)
5.01 VA 5.01 VA
Derecho de Pabellón (j)
3.53 VA 3.53 VA
Procedimientos (d)
1.42 VA 1.42 VA
Laboratorio
1.05 VA 1.05 VA
Histopatologia
1.16 VA 1.16 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)
1.07 VA 1.07 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)
1.05 VA 1.05 VA
1.42
VA 1.42 VA 3.54 UF
0.93
UF 0.93 UF
0.55
UF 0.55 UF
2.75
VA 2.75 VA
2.75
VA 2.75 VA 2.75 UF
2.53
VA 2.53 VA 3.29 UF
Atencion Integral de enfermeria y nutricionista (m)
1.42 VA 1.42 VA
1.58
VA 1.58 VA 0.63 UF
2.30
VA 2.30 VA
2.64
VA 2.64 VA
13.92
UF 13.92 UF 41.75 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
"Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o
aborto"

"Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a)
deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al
menos, entre los siguientes planes de salud:

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los
ajustes que correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes
en relación al precio del nuevo plan."

PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :

Medicamentos Ambulatorios (k)

OTRAS PRESTACIONES

Copago Fijo $ 5000
Clínica Antofagasta y
Clínica San José de
Arica

2.75

0.55

2.89

UF

Psiquiatría Ambulatoria

VA

VA

80

2.75

VA

VA

1.42
VA
5.01

2.64
VA
13.92
Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia
Solo Cobertura Libre Elección Excepto Consulta

30 días

TIEMPOS DE ESPERA

Exámenes
10 días Intervenciones quirúrgicas
Consulta Psiquiatría

Kinesiterapia

VA
Óptica (h)
2.30

80

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Fonoaudiologia

80

Consulta Oftalmológica

Prótesis y Ortesis

Atenciones de Urgencia

80
80Traslados (i)
1.58

UF

VA

VA

VA

UF

2.53

0.55

2.75

VA

1.42

3.53

VA

1.05

1.07

1.05

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (e)

Derecho de Pabellón

Materiales Clínicos e Insumos (l)

VA

0.93
UF
0.55
UF
UF

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

CODIGO DE PLAN :
3PPAES2121 NOMBRE : ESPECIAL PAMPA PLUS 2000CASJ
100

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Día Cama Otros

Medicamentos en hospitalización (l)

Día Cama Psiquiatría (e)

Individual

PAMPA PLUS

Tope Bonificación

b) LIBRE ELECCION REGIONAL
Excepto RG. Metropolitana

LIBRE ELECCIÓN

Día Cama Clínica de Recuperación

Laboratorio

UF - Veces Arancel
UF - Veces Arancel
Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (c)

100

Honorarios Médicos Quirúrgicos

Kinesiterapia

Día Cama Especialidades

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (d)

Tope Bonificación
Tope Bonificación
Sin Tope

100% Sin Tope
Clínica
Antofagasta
Clínica San
José de Arica
Pieza
Individual

UTI-UCI

FUN Nº

RG. METROPOLITANA

Año/Benef/UF

TIPO DE PLAN :

Consulta Médica

70

I a IV y XV REGION

UF - Veces Arancel
(n)UF - Veces Arancel
Tope Bonificación

Tope

a) RED PAMPA (Habitación Doble o
Individual)

Histopatologia

Sin Tope

Sin Tope

Sin Tope

OTROS (Restricciones)

12.50
UF
90

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Sin Tope

1.42
VA
1.16
VA
Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental,
cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad,
tratamientos con drogas biológicas, cirugía bariátrica o de
obesidad, PET - CT. (a.1)

Solo cobertura Libre Eleccion

VA
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. _______________________________________
Firma Contratante _____________________________________
Nombre :
Nombre :
La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo
ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud
Complementario para la libre elección, se excluye de la cobertura preferente. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la
cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933.

NOMBRE :

Clínica Arica, Clínica Iquique,Hospital Militar Antofagasta, Clínica Médica Copiapó, Hospital Copiapó; INDISA..

Pieza Doble:

Pieza Individual:

Clínica Arica, Clínica Iquique, Clínica Tarapacá, Hospital Militar Antofagasta, Clínica La Portada, Clínica Médica
Copiapó, Hospital Copiapó, Clínica el Loa, Clínica Elqui; INDISA.

NOTAS EXPLICATIVAS

CODIGO DE PLAN :

f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

Contratante

RED PAMPA PLUS
Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica (Habitación Individual)
Son prestadores derivados del prestador preferente, los señalados en la RED PAMPA (Habitación Doble o Individual) de acuerdo al nivel de hoteleria y topes
de cobertura señalados.

a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

Cargas

Precio Base Plan de Salud
Complementario en UF

g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de
enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de
marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar
nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que
entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación.

Precio Total Plan de Salud
Complementario en UF según Grupo

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valorde la UF del
último día del mes al que corresponde devengar la cotización.)

Tope General por Beneficiario (n)
Nombre Arancel
Isapre Cruz Blanca -20
UF 3500
n) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre
elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia
entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los
establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o
mensual en el plan de salud.

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección Nacional y está afecta a un tope anual por beneficiario de
UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de
Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse
traducidos para proceder a su liquidación.)

Edad (Años)

Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el
territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

h) Para obtener la cobertura de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que
solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

i) Con indicación médica justificada.

j) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención
hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la
utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

k) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

c) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

a) El presente Plan de Salud contempla mayor cobertura de atención hospitalaria si las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención, en
cualquiera de los prestadores de la RED PAMPA (Habitación Doble o Individual) más abajo detallados, y de acuerdo al nivel de hotelería señalado. Cobertura
Plus en Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica . Se excluye reembolso.

RED PAMPA :

d) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la
institución que realiza la atención.

ESPECIAL PAMPA PLUS 2000CASJ

b) El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para todas las prestaciones que se realicen en las Redes Regionales y en Santiago en
Clínica INDISA.

3PPAES2121

l) “El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por Evento hospitalario a aquel que
engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de
hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un
profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. ”

m) Para obtener la cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, ésta debe ser indicada por medico tratante especialista en
Medicina Interna o nutrición, mediante orden medica, y sólo destinadas a pacientes , para casos de Nutricionista: pacientes entre 15 y 35 años con riesgo
cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con valores de glicemia > 110
mg/dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de Enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de
Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.