FUN N° PRESTACIONES HOSPITALIZADAS %TopeCopago Fijo%TopeCopago Fijo 0.41UF0.41UF 2.65VA2.65VA 1.32VA1.32VA 1.32VA1.32VA3.30UF 4.53UF4.31UF 10.52UF10.02UF 10.52UF10.02UF 2.26UF2.16UF 4.53VA4.31VA 3.39VA3.23VA 1.10VA1.05VA 1.21VA1.16VA 1.12VA1.07VA 1.12VA1.07VA 27.30UF26.00UF 11.55UF10.50UF 1.08UF1.08UF10.75UF 4.32VA4.32VA10.75UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.e)6.83UF6.50UF10.75UF 4.53VA4.31VA10.78UF 1.94VA1.94VA 2.85VA2.85VA 13.92UF13.92UF41.75UF 0.49UF0.49UF 0.49UF0.49UF Honorarios Médicos Ambulatorios(1.k)2.65VA2.65VA Derecho de Pabellón(1.k)3.23VA3.23VA Procedimientos(1.c)1.32VA1.32VA Radioterapia1.32VA1.32VA Histopatología1.08VA1.08VA Laboratorio0.98VA0.98VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)1.00VA1.00VA RNM - Resonancia Nuclear Magnética0.98VA0.98VA 1.32VA1.32VA3.30UF 0.49UF0.49UF 2.45VA2.45VA 2.45VA2.45VA2.45UF 1.32VA1.32VA 1.32VA1.32VA4.36UF 2.35VA2.35VA3.05UF 1.94VA1.94VA 13.92UF13.92UF41.75UF 13.92UF13.92UF41.75UF Obturación: Diagnóstico y tratamiento de 1 pieza dental0.82UF Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales0.83UF Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales1.25UF Endodoncia: Incisivo1.42UF Endodoncia: Premolar1.51UF Endodoncia: Molar1.83UF Prestaciones Fertilización PAD(1.n): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer12.00UF COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO 1.13UF1.08UF 0.85VA0.81VA 6.83UF6.50UF 2.89UF2.63UF 0.66VA0.66VA 2.65VA2.65VA 3.39VA3.23VA 1.47VA0.59UF 2.85VA 26.00UF Box Ambulatorio(1.k) (2.a)2.45VA Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl 401.00 VA 1.00 VA 401.00 VA Sin Tope Cobertura Internacional(1.m) Medicamentos Ambulatorios(1.i) Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios(2.e)70 Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón(2.e) 80 40 PRESTACIONES RESTRINGIDAS 70 25 Día cama Maternidad Pabellón Kinesiterapia Atención Integral de nutricionista(2.h) Prestaciones Dentales PAD(1.l) 401.00 VA 80 Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d) 80 Drogas Biológicas(2.f) Sin Tope Sin Tope Sin Tope Traslados(1.h) Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d) 80 Prótesis y OrtesisSin Tope Sin Tope Consulta Urgencia y Oftalmológica(1.f) Bonificación Excepto Región Metropolitana Tope máx. año contrato por beneficiario(2.b) LIBRE ELECCIÓN REGION METROPOLITANA Tope máx. año contrato por beneficiario(2.b) Tope Bonificación La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Proc. diagnósticos y TerapéuticosConsulta Médica Exámenes7 díasIntervenciones quirúrgicos 15 días 30 días (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. Sin Tope Sin Tope Medicamentos hospitalarios Consulta Médica OTRAS PRESTACIONES (a) Día Cama Clínica de Recuperación TIEMPOS DE ESPERA Materiales Clínicos e Insumos Honorarios Médicos Traslados(1.h)Sólo cobertura Libre Elección Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Psiquiatría Ambulatoria PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCION TIPO DE PLAN: "Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto" Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE : Individual Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Día Cama Especialidades Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.c) 1.a) LIBRE ELECCION REGIONAL Óptica(1.g) Fonoaudiología Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios PET -CT Consulta Psiquiatría Laboratorio Honorarios Médicos Quirúrgicos Resonancia Nuclear Magnética 80 2.45 70 90 Día Cama Psiquiatría(1.d) Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(1.b) Día Cama Cuidados Intermedios Kinesiterapia Materiales Clínicos e Insumos(1.j) Derecho de Pabellón Atención Integral de enfermería(2.h) 80 100 Histopatología Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1.d) Día Cama Otros Medicamentos en hospitalización(1.j) 1.00 VA 25 PRESTACIONES AMBULATORIAS Prótesis y Ortesis Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria UF CODIGO DE PLAN:3PPE180714NOMBRE:ESPECIAL PAMPA 1800
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : Rut:Rut: Fecha: 1.- Coberturas 2.- Definiciones 1.n)Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. UnidadUF Tope General por Beneficiario (2.b)UF 3500 TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) Edad (Años)ContratanteCargas Contratante Huella Dactilar Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar Nombre ArancelIsapre Cruz Blanca - 31 4.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 2.g)Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 3.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 4.-Reajuste del arancel de prestaciones. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 1.e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 1.f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.g)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.h)Con indicación médica justificada. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. 1.j)El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. 1.l)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales. 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. 1.i)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUDESPECIAL PAMPA 1800 NOMBRE : 1.m)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento; (**) Solo Médicos Staff de los Prestadores. 1.k)Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. CODIGO DE PLAN: 1.a)El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para todas las prestaciones que se realicen en las regiones distintas de la Región Metropolitana. ESPECIAL PAMPA 18003PPE180714 La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección, se excluye de la cobertura preferente. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933.