%TopeCopago Fijo%% 0.34UF0.34UF 2.24VA2.24VA 1.46VA1.46VA 1.46VA1.46VA2.83UF 3.93UF3.41UF 12.26UF3.41UF 12.26UF3.41UF 1.97UF1.71UF 3.93VA3.41VA 3.67VA3.30VA 0.96VA0.91VA 1.05VA1.00VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)0.98VA0.93VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)0.98VA0.93VA 12.60UF9.80UF 7.15UF6.50UF 0.85UF0.85UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)3.15UF2.45UF 3.40VA3.40VA8.50UF 3.41VA3.41VA8.53UF 2.19VA2.19VA 2.24VA2.24VA 13.92UF13.92UF41.75UF 13.92UF13.92UF41.75UF 0.64UF0.64UF Consulta Urgencia(1.g)(a.3)Sin Tope0.70UF0.70UF 0.70UF0.70UF Honorarios Médicos Ambulatorios(1.j)2.24VA2.24VA Derecho de Pabellón(1.j)3.30VA3.30VA Procedimientos(1.d)1.46VA1.46VA Radioterapia1.46VA1.46VA Histopatología0.65VA0.65VA Laboratorio0.59VA0.59VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)0.84VA0.84VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)Clínica Antofagasta1.20VA1.20VA 1.46VA1.46VA2.83UF 0.64UF0.64UF 3.20VA3.20VA 3.20VA3.20VA3.20UF 2.01VA2.01VA2.61UF Atención Integral de nutricionista(2.f)1.46VA1.46VA4.82UF Atención Integral de enfermería(2.f)1.46VA1.46VA 2.19VA2.19VA 13.92UF13.92UF41.75UF 7.00UF 4.00UF 12.00UF 1.47VA1.47VA0.59UF Box ambulatorio(1.j)(2.a)3.41VA3.41VA 0.49UF0.49UF 2.24VA2.24VA Histopatología(1.a.4) Laboratorio(1.a.4) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)(1.a.4) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)(1.a.4) Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl Cobertura Internacional(1.e) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Traslados(1.i) OTRAS PRESTACIONES (1.a.1) PRESTACIONES AMBULATORIAS Prestaciones Dentales PAD (1.m): Prestaciones Fertilización PAD(1.n): Sin Tope Sólo cobertura Libre Elección VA Tope Sin Tope Tope 3.20 Prótesis y Ortesis Sólo cobertura Libre Elección40 Sin Tope Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.i) UF PAMPA PLUS 1400CASJ (100/80) LIBRE ELECCIÓN Sin Tope b) LIBRE ELECCION REGIONAL Excepto RG. MetropolitanaRG. METROPOLITANA Sin Tope80 80 OTROS (Restricciones) (1.a.1)(1.l) Clínica Antofagasta Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica. La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Integramedica La Serena, Clínica Iquique, Clínica San José de Arica. VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Centro Medico Baquedano, Centro Medico Norte, Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica, ambas en tipo de habitación doble. Óptica(1.h) Medicamentos Ambulatorios(1.k) 80% Sin Tope Prótesis y Ortesis Traslados(1.i) 80 Consulta Oftalmológica Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer 80 Psiquiatría Ambulatoria Tope máx. año contrato por beneficiario(2.b) Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas Sólo cobertura Libre Elección Bonificación Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.i) Día Cama Clínica de Recuperación Día Cama Psiquiatría Sólo cobertura Libre Elección BonificaciónBonificación 3PPP141115NOMBRE: Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Centro Médico Baquedano, Centro Médico Norte. Sólo cobertura Libre Elección Consulta Psiquiatría Copago Fijo UF 0.21 Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica Clínica Iquique, Integramedica La Serena, Clínica San José de Arica Kinesiterapia Hospitalarias y Cirugías Mayor Ambulatoria 80 Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(1.c) PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE TIPO DE PLAN:IndividualFUN Nº PRESTACIONESa) PAMPA PLUS CODIGO DE PLAN: 70 Fonoaudiología Sólo cobertura Libre Elección PRESTACIONES AMBULATORIAS Sin Tope 80 90 Día cama Cuidados Intermedios 90% Sin Tope Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica, ambas en tipo de Habitación Doble. Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Histopatología Sólo cobertura Libre Elección Kinesiterapia Laboratorio Honorarios Médicos Quirúrgicos Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.d) Sin Tope 8.50 Tope máx. año contrato por beneficiario(2.b) UF Sin Tope 80 PRESTADORES DERIVADOS Consulta de Urgencia(1.a.3) Psiquiátrica,psicológica,prótesis,traslados,cirugíafotorrefractiva (lasik), cirugía bariátrica o de obesidad, PET - CT.(2.d)Sólo cobertura Libre Elección Día Cama Especialidades Derecho de Pabellón Día Cama Otros Medicamentos en hospitalización(2.e) Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Consulta Médica Drogas biológicas(2.h) Materiales Clínicos e Insumos(2.e) Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre Centro Médico Oasis 80 401.001.00VA
HombreMujerMujer 0 a menos de 21.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.77 5 a menos de 100.750.550.55 10 a menos de 150.650.550.55 15 a menos de 200.600.700.60 20 a menos de 250.701.550.92 25 a menos de 300.802.151.50 30 a menos de 351.003.301.80 35 a menos de 401.103.051.65 40 a menos de 451.302.401.55 45 a menos de 501.452.451.60 50 a menos de 551.752.701.90 55 a menos de 602.403.202.10 60 a menos de 653.103.502.50 65 a menos de 704.303.703.00 70 a menos de 754.503.803.25 75 a menos de 805.504.504.50 80 y mas5.504.904.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : Rut:Rut: Fecha: 0.55 5.50 5.50 Hombre 1.80 0.80 0.63 0.55 0.68 0.68 Edad (Años) RED PAMPA PLUS 1.a.1)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 1.a) El presente Plan de Salud contempla mayor cobertura deatenciónhospitalariasi las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención,en cualquiera de los prestadores de la PAMPA PLUS más abajo detallados, y de acuerdo al nivel de hotelería señalado. Cobertura Plus en Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica . Se excluye reembolso. UF 3500Isapre Cruz Blanca -31 NOMBRE : Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar Tope General por Beneficiario(2.b) Precio Base Plan de Salud Complementario en UF(4.b) 1.00 1.m)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales. 1.e)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1.b)Libre Elección Regional contempla mayor porcentaje de cobertura para todas las prestaciones que se realicen en las regiones diferentes a región Metropolitana, y en Santiago en Clínica Indisa. Contratante Nombre Arancel(5.a)Unidad $ 3.10 4.30 4.50 1.45 1.75 2.40 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 2.h)Se entiende por "Drogas biológicas" los productos de fabricación i síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. CODIGO DE PLAN: TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 NOTAS EXPLICATIVAS PARA EL PLAN DE SALUD : Cargas PAMPA PLUS 1400CASJ (100/80) 1.c)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. Son prestadores derivados del prestador preferente, los señalados en la RED PAMPA PLUS de acuerdo al nivel de hoteleria y topes de cobertura señalados. 1.k)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.j)Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.a.2) Son prestadores derivados del prestador preferente, los señalados en la PAMPA PLUS de acuerdo al nivel de hoteleria y topes de cobertura señalados. Se excluye de la cobertura preferente la hospitalizacion en Suite o Departamento 3.a)Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 1.i)Con indicación médica justificada. 1.a.3)Son prestadores derivados del prestador preferente para Consultas de urgencia, la Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica. 1.n)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 3PPP141115 3PPP141115 1.10 1.30 Huella Dactilar Contratante 1.- Coberturas 2.- Definiciones 1.l)La exclusión de cobertura preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía Lasik corresponde al evento Hospitalario completo. 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 2.g)Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.i)Se entiende por quimioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 1.d)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 2.f)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica ambas en tipo de habitación doble. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 5.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 2.e)El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizadoses por evento hospitalario.Se entiende por Evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientraspermanece internado en un centro asistencial (público oprivado),o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir lasatenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 1.a.4)Son prestadores preferentes derivados del prestador para exámenes de; Laboratorio, Histopatología, Imagenología (Rayos, Scanner, Ecotomografía y Resonancia Nuclear Magnética), Centro Medico Baquedano, Centro Medico Norte, Centro Médico Oasis, Integramedica La Serena, Clínica Iquique, Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica. 2.d)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no.