%TopeCopago Fijo%% 6.94UF6.61UF 14.41UF6.61UF 14.41UF6.61UF 3.47UF3.31UF 6.94VA6.61VA 4.63VA4.41VA 44.10UF42.00UF 1.69VA1.61VA 1.86VA1.77VA 1.72VA1.64VA 1.72VA1.64VA 18.15UF16.50UF 1.70VA1.70VA 3.55VA3.55VA 0.57UF0.57UF 0.57UF0.57UF 1.70VA1.70VA4.25UF 1.65UF1.65UF16.50UF 6.60VA6.60VA16.50UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.e)11.03UF10.50UF16.50UF 6.61VA6.61VA16.53UF 14.18UF14.18UF42.55UF 14.18UF14.18UF42.55UF 2.43VA2.43VA 2.23VA2.23VA 0.71UF0.71UF 0.71UF0.71UF 0.71UF0.71UF Exámenes de Histopatología1.46VA1.46VA Exámenes de Laboratorio1.33VA1.33VA 1.36VA1.36VA 1.33VA1.33VA 1.70VA1.70VA4.25UF Pabellón Ambulatorio(1.i)4.41VA4.41VA 1.70VA1.70VA3.40UF 1.70VA1.70VA Procedimientos(1.c)1.70VA1.70VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.i)3.55VA3.55VA 14.18UF14.18UF42.55UF Prótesis y Órtesis2.43VA2.43VA Atención integral de enfermería(2.h)1.70VA1.70VA Atención integral de nutricionista(2.h)1.70VA1.70VA5.61UF Prestaciones Dentales PAD(1.k) Obturación: Diagnóstico y tratamiento de 1 pieza dental0.82UF Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales0.83UF Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales1.25UF Endodoncia: Incisivo1.42UF Endodoncia: Premolar1.51UF Endodoncia: Molar1.83UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre1.00VA1.00VA4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer1.00VA1.00VA12.00UF 3.55VA3.55VA 4.41VA4.41VA 0.71UF0.71UF3.55UF 3.55VA3.55VA3.55UF 3.55VA3.55VA3.55UF 1.70VA1.70VA Box ambulatorio(1.i) (2.a)6.61VA6.61VA 1.24UF1.24UF 1.58VA1.58VA0.63UF 2.23VA2.23VA Fono CruzBlanca 600 818 0000 Sólo Cobertura Libre Elección Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica Porcentajes de bonificación y topes de acuerdo a lo señalado para cada ítem en las columnas de Prestaciones. La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Sin Tope TIPO DE PLAN: HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Quimioterapia(2.d) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Derecho de Pabellón Consulta Psiquiatría Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Día Cama Especialidades Exámenes de Histopatología Sólo Cobertura Libre Elección Sin Tope Clínica Antofagasta Clínica San José de Arica PRESTACIONES AMBULATORIAS Día Observación o Recuperación PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.2) OTRAS COBERTURAS Consulta Oftalmológica Consulta Urgencia(1.f) Quimioterapia(2.d) Sin Tope 70 Sin Tope Fonoaudiología PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE Visita Médico Tratante Consulta Médica Traslados médicos(1.h) Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.c) Exámenes de Laboratorio CODIGO DE PLAN: Kinesiología y fisioterapia Sin Tope HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA 70Óptica(1.g) Traslados(1.h) ATENCIONES DE URGENCIA PRESTADORES DERIVADOS Medicamentos Ambulatorios(1.j) (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. 100 Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Día Cama Sala Cuna-Fototerapia NOMBRE: Sin Tope 80 Visita Interconsultor(1.b) Medicamentos en hospitalización(2g) Tope máx. año contrato por beneficiario (2.b) Materiales Clínicos e Insumos(2g) Radioterapia Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) PRESTACIONES AMBULATORIAS Honorarios Médicos Quirúrgicos Sin Tope Kinesiología y fisioterapia Sólo Cobertura Libre Elección Día cama Cuidados Intermedios Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) 80 www.cruzblanca.cl Sin Tope Psiquiatría Ambulatoria Cobertura Internacional(1.l) Cgia. Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik): Honorarios(2.e) 1.00VA Cgia. Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik): Pabellón (2.e) 80 8070 PAMPA PLUS 2600 CASJ Sin Tope Sin Tope Clínica Antofagasta Clínica San José de Arica Habitación Individual Sin Tope Copago Fijo UF 0.22 Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica Sólo Cobertura Libre Elección INDIVIDUALFUN Nº BonificaciónTope máx. año contrato por beneficiario(2.b) Bonificación Tope Bonificación Tope PRESTACIONES 3PPP260714 LIBRE ELECCIÓN 1.a) OFERTA PREFERENTE(*) LIBRE ELECCIÓN REGIONAL (Excepto Región Metropolitana)(1.a.1)REGION METROPOLITANA 10090 Drogas Biológicas(2.f) Sin TopePET -CT Día Cama Psiquiatría(1.d) Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1.d) Día Cama Clínica de Recuperación Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria 1.00VA Sin Tope Prestaciones Fertilización PAD(1.m): 40Sólo Cobertura Libre Elección40 70
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : Rut:Rut: Fecha: 1.- Coberturas 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 1.a.1)Libre Elección Regional: El presente Plan de Salud,contempla mayor cobertura deatenciónhospitalariasi las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención o reembolsosen cualquier prestador de regiones distintas de la Región Metropolitana. 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará lahabitación Individual estándarcon baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. (*) NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 3PPP260714 Contratante 1.a.2) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferente, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. Modalidad del Arancel 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. CotizanteCargas 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) Edad (Años) 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 5.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 3.a)Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. Identificación Única del Arancel (5a)Isapre CruzBlanca - 31 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. 1.e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 1.a.3) Son prestadores derivados para las prestaciones ambulatorias y hospitalarias, la Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica. En caso de insuficiencia del prestador preferente, la cobertura corresponderá a la señalada para la Red que integre el prestador utilizado y de acuerdo al nivel de hotelería y topes de coberturas señalados. $ Tope General Anual por Beneficiario 2b) 1.i)Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.k)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales. 1.g)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.h)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.l)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.m)Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. Huella Dactilar 1.f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 3500UF