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Preferente

3PPP301115

PAMPA PLUS 3000 CASJ

Sin puntaje, no analizado

Desde

$138.795/mes


Comparar Planes Online
% Tope Copago Fijo % %
8.80
UF 8.01 UF
18.15
UF 8.01 UF
18.15
UF 8.01 UF
4.40
UF 4.01 UF
8.80
VA 8.01 VA
7.92
VA 5.30 VA
57.20
UF 36.40 UF
2.31
VA 2.10 VA
2.54
VA 2.31 VA
2.35
VA 2.14 VA
2.35
VA 2.14 VA
18.15
UF 16.50 UF
1.89
VA 1.89 VA
4.06
VA 3.25 VA
0.89
UF 0.89 UF
0.89
UF 0.89 UF
1.89
VA 1.89 VA 4.72 UF
2.00
UF 2.00 UF 20.00 UF
8.00
VA 8.00 VA 20.00 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.e)
14.30 UF 13.00 UF 20.00 UF
8.01
VA 8.01 VA 20.00 UF
17.25
UF 17.25 UF 51.75 UF
17.25
UF 17.25 UF 51.75 UF
3.06
VA 3.06 VA
2.60
VA 2.60 VA
1.02
UF 1.02 UF
0.89
UF 0.82 UF
1.02
UF 1.02 UF
Exámenes de Histopatología
1.80 VA 1.27 VA
Exámenes de Laboratorio
1.64 VA 1.15 VA
1.68
VA 1.18 VA
1.64
VA 1.64 VA
1.89
VA 1.89 VA 4.72 UF
Pabellón Ambulatorio(1.i)
5.29 VA 5.29 VA
1.89
VA 1.89 VA 3.77 UF
1.89
VA 1.89 VA
Procedimientos (1.c)
1.89 VA 1.89 VA
Honorarios Médicos Quirúrgicos (1.i)
4.06 VA 4.06 VA
17.25
UF 17.25 UF 51.75 UF
Prótesis y Órtesis
3.06 VA 3.06 VA
Atención integral de enfermería (2.h)
1.89 VA 1.89 VA
Atención integral de nutricionista (2.h)
1.89 VA 1.89 VA 6.24 UF
1.00
VA 1.00 VA 7.00 UF
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre
1.00 VA 1.00 VA 4.00 UF
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer
1.00 VA 1.00 VA 12.00 UF
4.06
VA 4.06 VA
5.29
VA 5.29 VA
0.89
UF 0.89 UF 4.45 UF
4.45
VA 4.45 VA 4.45 UF
4.45
VA 4.45 VA 4.45 UF
1.89
VA 1.89 VA
Box ambulatorio (1.i) (2.a)
8.01 VA 8.01 VA
1.50
UF 1.50 UF
1.69
VA 1.69 VA 0.68 UF
2.60
VA 2.60 VA
Fono CruzBlanca 600 818 0000

Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica

Porcentajes de bonificación y topes de acuerdo a lo señalado para cada ítem en las columnas de Prestaciones.

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean
aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.

Sin Tope

80

Exámenes de Histopatología

Sólo Cobertura Libre Elección

Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica

TIPO DE PLAN :

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Quimioterapia (2.d)

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Derecho de Pabellón

Consulta Psiquiatría

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.

Sin Tope

Fonoaudiología

Sólo Cobertura Libre Elección

Sin Tope

Clínica Antofagasta
Clínica San José de Arica

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Kinesiología y fisioterapia

Sin Tope

Día Observación o Recuperación

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.2)

OTRAS COBERTURAS

Consulta Oftalmológica

Consulta Urgencia (1.f)

Quimioterapia (2.d)

Sin Tope

70

ATENCIONES DE URGENCIA

PRESTADORES DERIVADOS

Medicamentos Ambulatorios (1.j)

VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

Visita Médico Tratante

Consulta Médica

Traslados médicos (1.h)

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (1.c)

Sin Tope

80

Visita Interconsultor (1.b)

Medicamentos en hospitalización (2g)

Tope máx. año
contrato por
beneficiario (2.b)

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

70
Óptica (1.g)
Traslados (1.h)

Día cama Cuidados Intermedios

90

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

NOMBRE :

Exámenes de Laboratorio

CODIGO DE PLAN :

Día Cama Especialidades

Cobertura Internacional (1.l)

Cgia. Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik): Honorarios (2.e)

70

Materiales Clínicos e Insumos (2g)

Radioterapia

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Honorarios Médicos Quirúrgicos

PAMPA PLUS 3000 CASJ

Sin Tope

Copago Fijo UF 0.22 Clínica
Antofagasta y Clínica San José de
Arica

Sólo Cobertura Libre Elección

80

INDIVIDUAL
FUN Nº
Tope

PRESTACIONES

Sin Tope
PET -CT
Bonificación
Tope máx. año
contrato por
beneficiario (2.b)

Bonificación

Tope

Bonificación

3PPP301115

LIBRE ELECCIÓN

1.a) OFERTA PREFERENTE

LIBRE ELECCIÓN
REGIONAL (Excepto
Región
Metropolitana)(1.a.1)
REGION
METROPOLITANA

Drogas Biológicas (2.f)

90
90
Día Cama Psiquiatría

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas

Día Cama Clínica de Recuperación

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

70
Sin Tope
www.cruzblanca.cl

Sin Tope

Clínica Antofagasta
Clínica San José de
Arica

Habitación Individual

40
Sólo Cobertura Libre Elección
Sin Tope

Sin Tope

Sólo Cobertura Libre Elección

40

Prestaciones Dentales PAD (1.k)

Prestaciones Fertilización PAD (1.d):

Cgia. Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik): Pabellón (2.e)

80

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Psiquiatría Ambulatoria

Kinesiología y fisioterapia
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y más
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
Rut:
Rut:
Fecha:

1.- Coberturas

2.- Definiciones

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

1.a.1) Libre Elección Regional: El presente Plan de Salud, contempla mayor cobertura de atención hospitalaria si las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención o
reembolsos en cualquier prestador de regiones distintas de la Región Metropolitana.

1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para determinar la bonificación
preferente hospitalaria se considerará la habitación Individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con
el prestador.

(*) NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 3PPP301115

Contratante

Modalidad del Arancel

1.a.2) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferente, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado
rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la
bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el
Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado

2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que
formen parte de la Red de la Isapre.

2.d) Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en
que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo
incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del
evento.

Cotizante
Cargas
2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o
no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo.

2.f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

4.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día
del mes anterior en que se devenga la remuneración.

4.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del
mes anterior al de la respectiva bonificación.

1.k) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales.

5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del
Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se
sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas
prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel
asegura.

3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente
obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de
patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

Identificación Única del Arancel (5a)
Isapre CruzBlanca - 31
1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la
atención.

1.d) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación
espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento
de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.

1.e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatría es por evento.

1.a.3) Son prestadores derivados para las prestaciones ambulatorias y hospitalarias, la Clínica Antofagasta y Clínica San José de Arica. En caso de insuficiencia del prestador preferente, la
cobertura corresponderá a la señalada para la Red que integre el prestador utilizado y de acuerdo al nivel de hotelería y topes de coberturas señalados.

$

Tope General Anual por
Beneficiario 2.b)

1.i) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose
de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más.

VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento.

1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

1.h) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

1.l) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de
documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537
Precio Base Plan de Salud
Complementario en UF (4.b)

1.f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

3500
UF
1.g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo
anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

Edad (Años)

Huella Dactilar