%TopeCopago Fijo%% 3.41UF3.41UF 8.22UF3.41UF 8.22UF3.41UF 1.71UF1.71UF 3.41VA3.41VA 2.64VA2.64VA 0.91VA0.91VA 1.00VA1.00VA 0.93VA0.93VA 0.93VA0.93VA 14.00UF14.00UF 6.50UF6.50UF 1.13VA1.13VA1.13VA 2.22VA2.22VA2.22VA 0.34UF0.34UF0.34UF 0.34UF0.34UF0.34UF 1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF 12.65UF37.95UF12.65UF37.95UF 1.79VA1.79VA 1.63VA1.63VA 12.65UF37.95UF12.65UF37.95UF 0.85UF8.50UF0.85UF8.50UF 3.40VA8.50UF3.40VA8.50UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)3.50UF8.50UF3.50UF8.50UF 3.41UF8.53UF3.41UF8.53UF 0.75UF0.75UF 0.60UF0.60UF 0.75UF0.75UF Exámenes de Laboratorio0.84VA0.84VA Exámenes de Histopatología0.92VA0.92VA 0.86VA0.86VA 0.84VA0.84VA 1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF Pabellón Ambulatorio(1.j)2.64VA2.64VA 1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF 1.13VA1.13VA Procedimientos(1.d)1.13VA1.13VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.j)2.22VA2.22VA 0.45UF0.45UF 2.25VAUF2.25VA2.25UF 2.25VA2.25VA 12.65UF37.95UF12.65UF37.95UF Prótesis y Órtesis1.79VA1.79VA Atención integral de Enfermería(2.h)1.13VA1.13VA Atención integral de Nutricionista(2.h)1.13VA3.73UF1.13VA3.73UF 7.00UF7.00UF 4.00UF4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer12.00UF12.00UF 2.22VA 2.64VA 1.63VA Box ambulatorio(1.j) (2.a)3.41VA3.41VA 0.70UF0.70UF 1.63VA1.63VA 1.47VA0.59UF801.47VA0.59UF Porcentajes de bonificación y topes de acuerdo a lo señalado para cada ítem en las columnas de Prestaciones. Fono CruzBlanca 600 818 0000 90 100 CODIGO DE PLAN:3SJ1410115 Sin Tope Clínica San José de Arica Clínica Antofagasta Hosp. Clín. U de Chile Habitación Doble Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) OTRAS COBERTURAS Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Consulta Psiquiatría Sin Tope 70 Hosp. Clínico U de Chile Sin Tope Sólo cobertura Libre Elección Fonoaudiología Sin Tope Sin Tope70 Sin Tope 80 www.cruzblanca.cl Sin Tope Sin Tope Bonificación Tope Máximo Año Contrato por Beneficiario (2.b) Día Cama Psiquiatría Consulta Oftalmológica PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE LIBRE ELECCIÓN REGION XIII PRESTACIONES NOMBRE: INDIVIDUALFUN Nº Tope Derecho de Pabellón VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Materiales Clínicos e Insumos(2.g) Prótesis Y ÓrtesisSin Tope 100 Día cama Cuidados Intermedios Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Visita Médico Tratante Día Cama Especialidades Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.d) Exámenes de Laboratorio Medicamentos en hospitalización(2.g) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) CLINICA SAN JOSÉ 1400 PLUS (90/80) Tope Máximo Año Contrato por Beneficiario (2.b) Tope Máximo Año Contrato por Beneficiario (2.b) BonificaciónBonificación LIBRE ELECCIÓN REGIONAL (Excepto Región XIII)(1.a.2) 1.a) OFERTA PREFERENTE TIPO DE PLAN: Copago Fijo UF 0.28 Clínica San José de Arica Clínica Antofagasta Exámenes de Histopatología Traslados médicos(1.i) Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Drogas Biológicas(2.f) Kinesiología y fisioterapia Día Observación o Recuperación Visita Interconsultor(1.c) Honorarios Médicos Quirúrgicos PRESTACIONES AMBULATORIAS Sin Tope 80 Sin Tope Quimioterapia(2.d) Sin Tope Sin Tope Consulta Urgencia(1.g) Sólo Cobertura Libre Elección 80% Sin Tope Clínica San José de Arica Hosp. Clín. U de Chile Kinesiología y fisioterapia Radioterapia Sólo cobertura Libre Elección 80 Óptica(1.h) PRESTADORES DERIVADOS (1.a.3) Traslados(1.i) Cobertura Internacional(1.b) Clínica San José de Arica Clínica Antofagasta Hosp. Clín. U de Chile ATENCIONES DE URGENCIA Medicamentos Ambulatorios(1.k) La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección Metropolitana.No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. PRESTACIONES AMBULATORIAS HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Sin Tope Sólo Cobertura Libre Elección Sin Tope 70 Psiquiatría Ambulatoria Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria 80 Sin Tope Quimioterapia(2.d) 401.00VA Prestaciones Dentales PAD (1.l): Día Cama Clínica de Recuperación Sólo Cobertura Libre Elección 80 Consulta Médica 2.25 Sin Tope Sin Tope HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Tope 90Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas90 PrestacionesFertilización PAD (1.e)401.00VA PET -CT Cgia. Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik): Pabellón(2.e) Cgia. Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik): Honorarios(2.e) Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre Sólo Cobertura Libre Elección
CODIGO DE PLAN: HombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.801.80 2 a menos de50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.AFirma Contratante Nombre :Nombre : Rut:Rut: Fecha: 1.- Coberturas 1.b)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.a.1)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 3SJ1410115 3SJ1410115 Huella Dactilar 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 1.i)Los Traslados Médicos se bonificarán con indicación médica justificada. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.a.2)Libre Elección Regional: El presente Plan de Salud,contempla mayor cobertura deatenciónhospitalariasi las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención o reembolsosen cualquiera prestador de regiones distintas de la Región Metropolitana. Cargas Edad añosContratante Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) NOMBRE:CLINICA SAN JOSÉ 1400 PLUS (90/80) 1.c)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 3500 1.k)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.l)Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento. 2.d)Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 1.j)Las prestaciones ambulatorias de box ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más Contratante 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. $ 5.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 3.a)Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de cobertura preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía Lasik corresponde al evento hospitalario completo. 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas y Citotóxicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 2.g)El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 1.e)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. UF 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará lahabitación doblecon baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. 1.d)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.a.3) Son prestadores derivados para las prestaciones Ambulatorias y Hospitalarias del prestador preferente, los siguientes señalados: Hosp. Clínico U de Chile , de acuerdo a los topes de cobertura señalados. Se excluye de la cobertura preferente la hospitalizacion en Suite o Departamento. Isapre CruzBlanca - 31 Tope General Anual por Beneficiario (2.b) Modalidad del Arancel Identificación Única del Arancel (5.a) 2.- Definiciones TABLA DE FACTORES Nº 537