%TopeCopago Fijo%% 3.41UF3.41UF 8.22UF3.41UF 8.22UF3.41UF 1.71UF1.71UF 3.41VA3.41VA 2.64VA2.64VA 0.91VA0.91VA 1.00VA1.00VA 0.93VA0.93VA 0.93VA0.93VA 14.00UF14.00UF 6.50UF6.50UF 1.13VA1.13VA1.13VA 2.22VA2.22VA2.22VA 0.34UF0.34UF0.34UF 0.34UF0.34UF0.34UF 1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF 12.65UF37.95UF12.65UF37.95UF 1.79VA1.79VA 1.63VA1.63VA 12.65UF37.95UF12.65UF37.95UF 0.85UF8.50UF0.85UF8.50UF 3.40VA8.50UF3.40VA8.50UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)3.50UF8.50UF3.50UF8.50UF 3.41UF8.53UF3.41UF8.53UF 0.75UF0.75UF 0.60UF0.60UF 0.75UF0.75UF Exámenes de Laboratorio0.84VA0.84VA Exámenes de Histopatología0.92VA0.92VA 0.86VA0.86VA 0.84VA0.84VA 1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF Pabellón Ambulatorio(1.j)2.64VA2.64VA 1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF 1.13VA1.13VA Procedimientos(1.d)1.13VA1.13VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.j)2.22VA2.22VA 0.45UF0.45UF 2.25VAUF2.25VA2.25UF 2.25VA2.25VA 12.65UF37.95UF12.65UF37.95UF Prótesis y Órtesis1.79VA1.79VA Atención integral de Enfermería(2.h)1.13VA1.13VA Atención integral de Nutricionista(2.h)1.13VA3.73UF1.13VA3.73UF 7.00UF7.00UF 4.00UF4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer12.00UF12.00UF COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO 0.85UF 0.66VA 3.50UF 1.63UF 0.56VA 2.22VA 2.64VA 1.63VA Box ambulatorio(1.j) (2.a)3.41VA3.41VA 0.70UF0.70UF 1.63VA1.63VA 1.47VA0.59UF801.47VA0.59UF Porcentajes de bonificación y topes de acuerdo a lo señalado para cada ítem en las columnas de Prestaciones. Fono CruzBlanca 600 818 0000 90 100 PrestacionesFertilización PAD (1.e)401.00VA1.00VA Prestaciones Dentales PAD (1.l): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre 2.25 Sin Tope Sin Tope HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Día Cama Clínica de Recuperación Sólo Cobertura Libre Elección Visita Interconsultor(1.c) 80 Sin Tope Cgia. Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik): Pabellón(2.e) Sin Tope 70 Sin Tope Quimioterapia(2.d) 40 Sin Tope PET -CT PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA DE : "Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto" Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. 9090Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas PRESTADORES DERIVADOS (1.a.3) ATENCIONES DE URGENCIA Cgia. Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik): Honorarios(2.e) Sin Tope Sólo Cobertura Libre ElecciónSin Tope Sólo Cobertura Libre Elección 25 Día Cama Psiquiatría La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección Metropolitana. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. PRESTACIONES AMBULATORIAS HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Sin Tope Medicamentos hospitalarios Traslados(1.i) Medicamentos Ambulatorios(1.k) Radioterapia Sólo cobertura Libre Elección Día cama Maternidad Sólo cobertura Libre Elección Kinesiología y fisioterapia Psiquiatría Ambulatoria Pabellón Drogas Biológicas(2.f) Consulta Psiquiatría Sin Tope Consulta Médica PRESTACIONES AMBULATORIAS Sin Tope 80 Quimioterapia(2.d) Sin Tope Tope Día Cama Especialidades Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.d) Exámenes de Laboratorio Copago Fijo UF 0.28 Clínica San José de Arica Clínica Antofagasta Exámenes de Histopatología Traslados médicos(1.i) Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Kinesiología y fisioterapia Bonificación LIBRE ELECCIÓN REGIONAL INDIVIDUALFUN Nº Bonificación 80 80 Sin Tope www.cruzblanca.cl Sin Tope Sin Tope70 Hosp. Clínico U de Chile Honorarios Médicos VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Materiales Clínicos e Insumos(2.g) Prótesis Y ÓrtesisSin Tope 100 Visita Médico Tratante PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE LIBRE ELECCIÓN REGION XIII PRESTACIONES Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Derecho de Pabellón Día cama Cuidados Intermedios Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Tope Máximo Año Contrato por Beneficiario (2.b) Tope Máximo Año Contrato por Beneficiario (2.b) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Consulta Oftalmológica Materiales Clínicos e Insumos Óptica(1.h) Sólo Cobertura Libre Elección Cobertura Internacional(1.b) Clínica San José de Arica Clínica Antofagasta Hosp. Clín. U de Chile Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) OTRAS COBERTURAS Sin Tope 70 CODIGO DE PLAN:3SJE141115NOMBRE:ESPECIAL CLINICA SAN JOSÉ 1400 PLUS (90/80) Tope Máximo Año Contrato por Beneficiario (2.b) 80% Sin Tope Clínica San José de Arica Hosp. Clín. U de Chile TIPO DE PLAN: Tope 80 Consulta Urgencia(1.g) 1.a) OFERTA PREFERENTE Fonoaudiología Sin Tope Sin Tope Clínica San José de Arica Clínica Antofagasta Hosp. Clín. U de Chile Habitación Doble Bonificación Día Observación o Recuperación Honorarios Médicos Quirúrgicos Medicamentos en hospitalización(2.g)
CODIGO DE PLAN: HombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.801.80 2 a menos de50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.AFirma Contratante Nombre :Nombre : Rut:Rut: Fecha: 1.- Coberturas NOMBRE:3SJE141115 Tope General Anual por Beneficiario (2.b) Modalidad del Arancel Edad añosContratante $ Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 2.g)El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizadoses por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 1.k)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.l)Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales. 1.d)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas y Citotóxicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 2.- Definiciones VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento. 2.d)Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 1.e)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. UF 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará lahabitación doblecon baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. 1.a.3) Son prestadores derivados para las prestaciones Ambulatorias y Hospitalarias del prestador preferente, los siguientes señalados:Hosp. Clínico U de Chile , de acuerdo a los topes de cobertura señalados. Se excluye de la cobertura preferente la hospitalizacion en Suite o Departamento. La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud. 1.a.2)Libre Elección Regional: El presente Plan de Salud,contempla mayor cobertura de atenciónhospitalariasi las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención o reembolsosen cualquiera prestador de regiones distintas de la Región Metropolitana. 1.c)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 5.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 3.a)Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. Identificación Única del Arancel (5.a) ESPECIAL CLINICA SAN JOSÉ 1400 PLUS (90/80) TABLA DE FACTORES Nº 537 Isapre CruzBlanca - 31 Cargas 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 1.i)Los Traslados Médicos se bonificarán con indicación médica justificada. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de cobertura preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía Lasik corresponde al evento hospitalario completo. 1.j)Las prestaciones ambulatorias de box ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más Huella Dactilar Contratante 1.b)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.a.1)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 3SJE141115 3500