% Bonif.% Bonif. Valor RealValor Real 0.60 UF 2.60 VA 1.80 VA 2.50 UF 5.50 UF 1.00 UF 1.00 UF 2.00 VA 1.00 VA 1.00 VA 0.80 VA 10.00 UF 5.00 UF35.00 UF35.00 UF 1.60 VA2.40 VA4.00 UF2.40 VA 2.50 UF5.00 UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(e)2.50 UF5.00 UF 800.67 VA5.00 UF 0.63 UF25.00 UF 0.45 UF 0.56 UF Laboratorio1.00 VA Rayos - Scanner - Ecotomografia1.00 VA Honorarios Médicos Ambulatorios(i)2.60 VA Box Ambulatorio(i)2.50 VA Derecho de Pabellón(i)2.20 VA Procedimientos(c)1.80 VA Resonancia Nuclear Magnetica0.80 VA 1.60 VA4.00 UF 0.50 UF 0.50 UF5.00 UF 2.50 VA5.00 UF 2.50 VA5.00 UF 1.80 VA2.34 UF 2.00 VA0.80 UF 3.00 VA 3.02 VA 3.33 UF10.00 UF 70 Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria (*) Staff C.S.M Clínica Santa María 80 Consulta Urgencia y Oftalmológica(*)(f) Prótesis y Ortesis Traslados(h) Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia OTRAS PRESTACIONES Consulta Psiquiatría Kinesiterapia Medicamentos Ambulatorios(j) 15 días Exámenes7 días Consulta MédicaProc. diagnósticos y Terapéuticos Kinesiterapia PRESTACIONES AMBULATORIAS Óptica(g) Sin Tope Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Consulta Médica(*) 70 70 Psiquiatría Ambulatoria Fonoaudiologia Sin Tope Día Cama Clínica de Recuperación Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(d) Medicamentos en hospitalización Materiales Clínicos e Insumos Día Cama Psiquiatría(d) Resonancia Nuclear Magnetica 9080 Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(*)( c) Día Cama Especialidades Clínica Santa María (*) Staff C.S.M UTI-UCI Día Cama Otros Derecho de Pabellón Laboratorio Rayos - Scanner - Ecotomografia Clínica Santa María Año/Benef/UF UF - Veces Arancel TIPO DE PLAN:INDIVIDUAL Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(*) (b) Tope BonificaciónTope Bonificación Sin TopeHonorarios Médicos Quirúrgicos(*) Tope FUN N°GRUPAL LIBRE ELECCIÓNa) Cobertura Preferente NOMBRE:SANTA MARIA 3700 Prestador Derivado(k) NACIONAL Sin Tope Sin Tope Consulta - Examenes de Laboratorio- Rx- TAC-ECO 30 díasIntervenciones quirúrgicas Atenciones de Urgencia Clínica Dávila Clínica Dávila Sin Tope Sin Tope PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Tiempos de Espera: UF - Veces Arancel PRESTACIONES HOSPITALIZADAS CODIGO DE PLAN:3SM3700110
3SM3700110 HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : (Elpreciosepagaráenpesos.Parasucálculose considera el valorde la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) Se exceptúa de la cobertura preferencial la atención psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización Tope General por Beneficiario k) Nombre Arancel Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Unidad PrecioTotalPlandeSalud Complementario en UF según Grupo familiar a)Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. (*) Staff C.S.M = Médicos Staff Clínica Santa María en convenio con Cruz Blanca. CODIGO DE PLAN: UF 2560Isapre Cruz Blanca -20 Elaranceldeprestacionespodráserreajustadoy/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel enlaoportunidadqueestimeconveniente,lasque entraránenvigenciaalmessiguientedesu incorporación. UF Edad (Años)ContratanteCargas TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 NOTAS EXPLICATIVAS SANTA MARIA 3700NOMBRE : e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. k)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. g)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. h)Con indicación médica justificada. i)Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatorias, Box Ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos, se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para prestaciones hospitalizadas.