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Preferente

3SMP390219

SANTA MARIA PLUS 3900 219

Puntuación del plan 5,1

Desde

$149.240/mes


Comparar Planes Online
% Copago Fijo %
3.78 UF
42.00 UF
30.00 UF
1.00 UF
2.16 VA
1.51 VA
5.49 VA
4.97 VA
12.65 UF 37.95 UF
12.65 UF 37.95 UF
0.83 UF
0.90 UF
Exámenes de Laboratorio 0.70 VA
Exámenes de Histopatología 0.77 VA
Rayos - Scanner - Ecotomografía 0.91 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) 1.00 VA
Honorarios Médicos Ambulatorios (1.i) 2.70 VA
Derecho de Pabellón (1.i) 2.00 VA
Procedimientos (1.c) 1.51 VA
Radioterapia 1.51 VA
Atención Integral de enfermería (2.g) 1.51 VA
Atención Integral de nutricionista 1.51 VA 4.98 UF
1.51 VA 3.78 UF
0.83 UF 16.00 UF
4.15 VA 16.00 UF
4.15 VA 16.00 UF
2.20 VA 2.86 UF
5.49 VA
12.65 UF 37.95 UF
Prestaciones Dentales PAD (1.m): 7.00 UF
Prestaciones Fertilización PAD (1.d):
4.00 UF
12.00 UF
6.00 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.e) 10.50 UF
1.60 VA 16.00 UF
1.50 UF 16.00 UF
0.76 UF 0.76 UF
4.97 VA
Box ambulatorio (1.i)(2.a) 6.00 VA
10.50 UF
Cobertura Internacional (1.k)
70 0.83 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000 www.cruzblanca.cl
Exámenes de Laboratorio - Rayos - Scanner - Ecotomografia
70 Sin Tope
Clínica Santa María, Clínica Dávila y
Clínica Bupa Santiago
90% Sin Tope
Clínica Santa María
(**) Staff C.S.M
100%Sin Tope
Clínica Dávila
Clínica Bupa Santiago
(**) Staff de cada Clínica
Traslados (1.h) Sólo cobertura Libre Elección
Sin Tope
Consulta Médica (**)
Sólo cobertura Libre Elección
Sin Tope
Consulta Psiquiatría
Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios
VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.
Kinesiterapia
Sin Tope
VA
Procedimientos (**) (1.c)
Prótesis y Ortesis
Honorarios Médicos Quirúrgicos (**)
Fonoaudiología
90% Sin Tope Clínica Santa María
95% Sin Tope Clínica Dávila y
Clínica Bupa Santiago
Tratamiento Fertilización Asistida baja complejidad Hombre 1.00
PET - CT
Cirugía Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik): Evento completo (1.l)
(2.e)
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
25% de la Cobertura General del Plan
Sin Tope
Sin Tope
Tratamiento Fertilización Asistida baja complejidad Mujer
Clínica Indisa
ATENCIONES DE URGENCIA.
Consulta Oftalmológica (**)
Tratamiento con Drogas Biológicas (2.h)
Exámenes de Histopatología
Visita por Médico Tratante ó Visita por Médico Interconsultor (**) (1.b)
Día cama Cuidados Intermedios
70% Sin Tope
Clínica Santa María
Clínica Dávila y
Clínica Bupa Santiago
Materiales e Insumos Clínicos (2.f)
PRESTACIONES AMBULATORIAS
Medicamentos (2.f)
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
90
Exámenes de Laboratorio
Derecho de Pabellón
90
Tope
Tope max.
Año
contrato por
evento (2.b)
1.a) Cobertura Preferente
NOMBRE : SANTA MARIA PLUS 3900 219
LIBRE ELECCIÓN
Tope max. Año
contrato por
evento (2.b)
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE
TIPO DE PLAN : INDIVIDUAL
Bonificación
CODIGO DE PLAN :
FUN Nº
3SMP390219
Bonificación
PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Y CIRUGIA MAYOR
AMBULATORIA Tope
Consulta Urgencia (1.f)
Traslados (1.h) Sólo cobertura Libre Elección
Medicamentos Ambulatorios (1.j)
OTRAS COBERTURAS (1.a.1)
Óptica (1.g)
La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de
bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas
preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.
Día Cama
PRESTADORES DERIVADOS (1.a.2)
Clínica Indisa
Sin Tope
70
80
PRESTACIONES AMBULATORIAS
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
90% Sin Tope
Libre Elección
70% Sin Tope
Clínica San Carlos de
Apoquindo
60% Sin Tope
Clínica Alemana
40% Sin Tope
Clínica Las Condes
40% Sin Tope
Prestador Nuevo
1.n)
Prótesis y Ortesis Sin Tope
80
Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia (2.d)
Sólo cobertura Libre Elección
Día Cama Otros
90
70
Kinesiterapia
Psiquiatría Ambulatoria
Sin Tope
Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria
Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia (2.d)
Día Cama Psiquiatría
Día Cama Sala Cuna-Fototerapia
16.00 UF
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas
Día Cama Clínica de Recuperación
PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1)
80
40Sólo cobertura Libre Elección
Firma Afiliado
Nombre:
Rut:
Fecha:
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante Isapre
Nombre:
Rut:
Fecha:
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2 1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5 0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10 0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15 0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20 0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25 0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30 0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35 1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40 1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45 1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50 1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55 1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60 2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65 3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70 4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75 4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80 5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas 5.50 4.90 5.50 4.50
Nombre Arancel (5.a)
TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537
UF 4000 Isapre Cruz Blanca -
31
CÓDIGO DE PLAN :
$
Unidad
3SMP390219 SANTA MARIA PLUS 3900 219
Tope General por
Beneficiario (2.b)
NOMBRE :
Edad (Años)
Precio Total Plan de Salud Complementario
en UF según Grupo familiar
CargasContratante
Precio Base Plan de Salud Complementario
en UF (4.b)
1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.
1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la
atención.
1.m) Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales.
1.l) La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo.
1.n) Prestador Nuevo corresponde a todo prestador institucional, incluyendo a los profesionales de su staff, que obtengan las autorizaciones sanitarias pertinentes y entren en
funcionamiento, en una fecha posterior a la de inicio de comercialización de este plan complementario de salud, correspondiente al 04/02/2019. Las prestaciones otorgadas por dichos
prestadores es la que se indica para éstos en el plan, y que, en todo caso, siempre corresponderá a la menor cobertura prevista en modalidad libre elección tanto para prestaciones
hospitalarias como ambulatorias
1.i) Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatorias, Box ambulatorio, derecho de
pabellón y honorarios médicos quirúrgicos, se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para prestaciones hospitalizadas.
1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.
1.- Coberturas
1.e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento.
1.f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.
1.a.2) Es prestador derivado para las atenciones ambulatorias y hospitalarias del Plan Preferente SANTA MARIA PLUS 3900 219, Clínica Indisa. En caso de insuficiencia, el beneficiario
recibirá la misma cobertura señalada En el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador.
1.a) Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se
considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Se excluye el
Suite y/o Departamento.
NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD:
1.g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo
anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.
1.h) Con indicación médica justificada.
3SMP390219
1.a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.
1.k) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 11° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de
documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.
1.d) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación
espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento
de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.
Firma Afiliado
Nombre:
Rut:
Fecha:
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante Isapre
Nombre:
Rut:
Fecha:
2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o
no.
VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; (**) Solo Médicos Staff de los Prestadores.
2.d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.
2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.
2.- Definiciones
2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado
rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la
bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el
Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.
(**) Staff C. Dávila = Médicos Staff Clínica Dávila en convenio con Isapre Cruz Blanca.
2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen
parte de la Red de la Isapre.
(**) Staff C.S.M = Médicos Staff Clínica Santa María en convenio con Isapre Cruz Blanca.
(**) Staff C. Campus Bupa = Médicos Staff Clínica Campus Bupa en convenio con Isapre Cruz Blanca.
5.a) El valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º de Marzo de cada año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al
100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes de febrero del año anterior y enero del año en curso.
2.g) La cobertura definida para la atención integral de enfermería, sólo aplica para: Atenciones integrales de enfermería en centro adulto mayor (3 sesiones de 45')(solo para mayores de 55
años); Atención integral de enfermería en domicilio (atención mínima de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados, terminales
post operados; Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes ostomizados y Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes que requieren instalación y/o retiro de catéter
o sonda.
2.f) El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en
que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo
incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.
3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.
3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .
4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar
4.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del
mes anterior al de la respectiva bonificación.
5.-Reajuste del arancel de prestaciones.
4.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del
mes anterior en que se devenga la remuneración.
2.h) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.