%Copago Fijo% 3.78UF 42.00UF 30.00UF 1.00UF 2.16VA 1.51VA 4.99VA 4.95VA 12.65UF37.95UF 12.65UF37.95UF 0.83UF 0.90UF Exámenes de Laboratorio0.70VA Exámenes de Histopatología0.77VA Rayos - Scanner - Ecotomografía0.91VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.00VA Honorarios Médicos Ambulatorios(1.i)2.70VA Derecho de Pabellón(1.i)2.00VA Procedimientos(1.c)1.51VA Radioterapia1.51VA Atención Integral de enfermería(2.g)1.51VA Atención Integral de nutricionista(2.g)1.51VA4.98UF 1.51VA3.78UF 0.83UF16.00UF 4.15VA16.00UF 4.15VA16.00UF 2.20VA2.86UF 4.99VA 12.65UF37.95UF Prestaciones Dentales PAD (1.m):7.00UF Prestaciones Fertilización PAD (1.d): 4.00UF 12.00UF Día cama Maternidad Pabellón Medicamentos en hospitalización(2.g) Materiales Clínicos e Insumos(2.g) Honorarios Médicos 6.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.e)10.50UF 1.60VA16.00UF 1.50UF16.00UF 0.76UF0.76UF 4.95VA Box ambulatorio(1.i)(2.a)6.00VA 10.50UF Cobertura Internacional(1.k) 70700.83UF Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl Tope NOMBRE:SANTA MARIA PLUS ESPECIAL 3900 718 VA Procedimientos(**)(1.c) Prótesis y Ortesis LIBRE ELECCIÓN Honorarios Médicos Quirúrgicos(**) Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2d) Traslados(1.h)Sólo cobertura Libre Elección Sin Tope Consulta Médica(**) Sólo cobertura Libre Elección Sin Tope Consulta Psiquiatría Tratamiento Fertilización Asistida baja complejidad Mujer Clínica Indisa ATENCIONES DE URGENCIA. VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Sin Tope Clínica Santa María, Clínica Dávila y Clínica Bupa Santiago Consulta Urgencia(1.f) -Exámenes de Laboratorio - Rayos - Scanner - Ecotomografia 25% de la Cobertura General del Plan. Sin Tope Sin Tope Consulta Oftalmológica(**) Tratamiento con Drogas Biológicas(2.h) 90% Sin Tope Clínica Santa María 95% Sin Tope Clínica Dávila y Clínica Bupa Santiago Tratamiento Fertilización Asistida baja complejidad Hombre Fonoaudiología 90 Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Medicamentos(2.f) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) 401.00 Kinesiterapia Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Tope Tope max. Año contrato por evento(2.b) 1.a) Cobertura Preferente Sin Tope Atenciones de Urgencia Visita por Médico Tratante ó Visita por Médico Interconsultor(**) (1.b) Día cama Cuidados Intermedios 70% Sin Tope Clínica Santa María Clínica Dávila y Clínica Bupa Santiago Materiales e Insumos Clínicos(2.f) PRESTACIONES AMBULATORIAS PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA TIPO DE PLAN:INDIVIDUAL Bonificación CODIGO DE PLAN: FUN Nº Tope max. Año contrato por evento(2.b) 3SMPE39718 Bonificación Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Exámenes de Histopatología Exámenes de Laboratorio Derecho de Pabellón 90% Sin Tope Clínica Santa María (**) Staff C.S.M 100%Sin Tope Clínica Dávila Clínica Bupa Santiago (**) Staff C.Dávila PRESTACIONES AMBULATORIAS PET - CT Cirugía Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik): Evento completo(1.l) (2.e) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Traslados(1.h)Sólo cobertura Libre Elección Medicamentos Ambulatorios(1.j) Óptica(1.g) La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. PRESTADORES DERIVADOS(1.a.2) Clínica Indisa Sin Tope 90% Sin Tope Libre Elección 70% Sin Tope Clínica San Carlos de Apoquindo 60% Sin Tope Clínica Alemana 40% Sin Tope Clínica Las Condes 40% Sin Tope Prestador Nuevo 1.n) Prótesis y OrtesisSin Tope 80 Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d) Día Cama 90 Día Cama Otros OTRAS COBERTURAS (1.a.1) PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1) 70 80 Psiquiatría Ambulatoria Sin Tope Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria 80 70 Kinesiterapia PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO. Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO Sólo cobertura Libre Elección 25% de la Cobertura General del Plan. Sólo cobertura Libre Elección Día Cama Psiquiatría 9016.00UF Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas Día Cama Clínica de Recuperación
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.501.50 2 a menos de 50.950.950.600.60 5 a menos de 100.800.800.600.60 10 a menos de 150.800.800.550.55 15 a menos de 200.801.350.600.65 20 a menos de 250.701.500.651.00 25 a menos de 300.801.600.801.30 30 a menos de 351.002.301.001.40 35 a menos de 401.102.301.101.50 40 a menos de 451.302.001.301.60 45 a menos de 501.402.401.401.60 50 a menos de 551.802.651.801.80 55 a menos de 602.352.852.351.90 60 a menos de 653.203.303.202.40 65 a menos de 703.703.653.702.90 70 a menos de 753.703.653.703.10 75 a menos de 803.703.653.703.65 80 y mas3.703.653.703.65 NOMBRE : Precio Base Plan de Salud Complementario en UF(4.b) Edad (Años) Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar 3SMPE39718 Tope General por Beneficiario(2.b)Nombre Arancel(5.a) CÓDIGO DE PLAN:SANTA MARIA PLUS ESPECIAL 3900 718 CargasContratante $ Unidad TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 538 UF 4000Isapre Cruz Blanca -31
1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.k)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.d)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD: 1.g)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.h)Con indicación médica justificada. 3SMPE39718 1.e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1.f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.a.1)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 1.a.2) Es prestador derivado para las atenciones ambulatorias y hospitalariasdel Plan PreferenteSANTA MARIA PLUS ESPECIAL 3900 718, Clínica Indisa. En caso de insuficiencia, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada En el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador. 1.i)Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatorias, Box ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos, se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para prestaciones hospitalizadas. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.m)Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales. 1.l)La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo. 1.n)Prestador Nuevo corresponde a todo prestador institucional, incluyendo a losprofesionales de su staff, que obtengan las autorizaciones sanitarias pertinentes y entren en funcionamiento, en una fecha posterior a la de inicio de comercialización de este plan complementario de salud, correspondiente al 27/07/2018. Las prestaciones otorgadas por dichos prestadores es la que se indica para éstos en el plan, y que, en todo caso, siempre corresponderá a la menor cobertura prevista en modalidad libre elección tanto para prestaciones hospitalarias como ambulatorias 1.- Coberturas 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.a)Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Se excluye el Suite y/o Departamento. La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud.
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:(**) Staff C. Campus Bupa = Médicos Staff Clínica Campus Bupa en convenio con Isapre Cruz Blanca. 5.a)El valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º de Marzo de cada año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes de febrero del año anterior y enero del año en curso. 2.g)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 2.f)El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizadoses por evento hospitalario.Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 3.a)Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 2.h)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. (**) Staff C.S.M = Médicos Staff Clínica Santa María en convenio con Isapre Cruz Blanca. 2.- Definiciones 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento; (**) Solo Médicos Staff de los Prestadores. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. (**) Staff C. Dávila = Médicos Staff Clínica Dávila en convenio con Isapre Cruz Blanca. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.