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PreferenteCódigo 3TC1200012

TERRA CENTRO 1200

Puntuación del plan
1,7

Plan no comercializable.

Desde

$97.380/mes

2,36 UF
CÓDIGO DE PLAN :
% Bonif.
% Bonif.
Valor Real
Valor Real
Día Cama
2.25 VA
Derecho de Pabellón
2.70 VA
Procedimientos (c)
1.80 VA
Laboratorio
0.90 VA
Histopatología
0.99 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
1.08 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)
1.29 VA
Medicamentos hospitalización (k)
3.44 UF x Evento
Materiales Clínicos e Insumos (k)
7.00 UF x Evento 1.15 UF x Evento
Visita Médico Tratante o Interconsultor (e)
0.68 UF
Honorarios Médicos Quirúrgicos
1.80 VA
Día Cama Psiquiatría (f)
2.25 VA 4.5 UF
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (f)
1.20 VA
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (g)
0.86 UF
Día Cama Clínica de Recuperación
2.25 VA 8.44 UF
Consulta Médica
$3,000 (A-1) 0.35 UF
Consulta Urgencia y Oftalmológica (b)
$5,000 (A-2) 0.44 UF
Consulta Psiquiatría
0.15 UF 0.75 UF
Consulta Psicología
0.15 UF 0.75 UF
Honorarios Médicos Ambulatorios (i)
1.40 VA
Box ambulatorio (i)
1.75 VA
Derecho de Pabellón (i)
2.10 VA
Kinesiterapia
1.40 VA
Procedimientos (c)
1.40 VA
Laboratorio
0.70 VA
Histopatología
0.77 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)
0.84 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)
1.00 VA 1.29 UF
Fonoaudiologia
2.49 VA 1.82 UF
Atención integral de enfermería y nutricionista (l)
1.40 VA
Medicamentos Ambulatorios (d)
0.35 UF
Óptica (h)
1.01 VA 0.40 UF
Prótesis
1.16 VA
Traslados (j)
2.30 VA
7.65
UF
Cobertura Internacional

Atenciones otorgadas en el Servicio de Urgencia (excepto Consulta)

Consulta Médica
10 días Procedimientos Diagnósticos y terapéuticos
Exámenes

Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
70%

INDIVIDUAL
FUN N°
70% 1.9 veces arancel (*)

Sólo cobertura Libre Elección

70% Sin Tope PRESTADOR (A-2)
80% Sin Tope Avansalud Providencia
Centros Integramedica

70% Sin Tope PRESTADOR (A-2)

LIBRE ELECCIÓN

(m)

Año/Benef/UF
Tope Bonificación
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

90

4.5
UF
TIPO DE PLAN

Tope Bonificación

UF / Veces Arancel

Sin Tope

PRESTACIONES AMBULATORIAS
PRESTADOR (A-2) Centros Integramedica, Clínica Avansalud Providencia
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
PRESTADOR (A-2)
La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las
coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la
letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten
en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

Sólo cobertura Libre Elección

3TC1200012
NOMBRE :
PRESTACIONES HOSPITALARIAS

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia Tope Mensual

PRESTADORES DERIVADOS (a.2)

OTRAS PRESTACIONES a.1)

Sólo cobertura Libre Elección

Sin Tope

Tiempos de espera

70

Sin Tope

PRESTACIONES AMBULATORIAS

OTROS PRESTACIONES (Restricciones) a.1)

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención
dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de
Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas, cirugía
bariátrica o de obesidad, PET- CT.

Sin Tope

Copago Fijo

Sólo cobertura Libre Elección

70% Sin Tope PRESTADOR (A-2)

UF / Veces Arancel

70

90% Sin Tope

Habitación múltiple

PRESTADOR (A-2)

TERRA CENTRO 1200

Sólo cobertura Libre Elección

COBERTURA PREFERENCIAL (a)

Sólo cobertura Libre Elección

90% 2.5 veces arancel (*)

PRESTADOR (A-2)

Intervenciones quirúrgicas

15 días

30 días
CÓDIGO DE PLAN :
Hombre
Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50 Unidad
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y más
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
d) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los
cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la
Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime
conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación.

UF

e) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

f) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la
cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se
presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

Contratante
Cargas
m) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado
rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año
sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o
mensual en el plan de salud.

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que
corresponde devengar la cotización.)

k) “El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por Evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario
mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más
establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. ”

l) Para obtener la cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, ésta debe ser indicada por medico tratante especialista en Medicina Interna o nutrición, mediante orden medica, y sólo
destinadas a pacientes , para casos de Nutricionista: pacientes entre 6 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa
Corporal(I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de Enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del
Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

j) Con indicación médica justificada.

Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

Edad (Años)

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción
del reembolso de lentes de presbicia.

(*) La cobertura preferencial en Honorario Médico ambulatorio y Honorario Médico Quirúrgico se otorga sólo a través de órdenes de atención con prestadores en convenio.

La cobertura preferencial hospitalizada sólo corresponde cuando el beneficiario se hospitaliza en alguna de las Clínicas descritas en el plan de salud, y la atención se realiza en habitación múltiple.

Prestador (A-1): Instituciones en convenio Plan Todo Salud: Centro de Salud 18 de Septiembre y Megasalud.

I) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones
quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más.

g) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

3TC1200012
NOMBRE : TERRA CENTRO 1200
NOTAS EXPLICATIVAS

a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

a) COBERTURA PREFERENCIAL PLAN TODO SALUD

a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

b) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

Prestador (A-2): Instituciones en convenio Plan Todo Salud: Clínica Los Carrera, Clínica Los Leones, Clínica Valparaíso y Hospital Clínico Viña del Mar.

Huella Dactilar

Contratante

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF

Nombre del Arancel

Isapre Cruz Blanca -20

Tope General por Beneficiario (m)

1500 UF

según composición del grupo familiar

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF