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PreferenteCódigo 3TC1201211

TERRA CENTRO 1200

Puntuación del plan
1,7

Plan no comercializable.

Desde

$89.479/mes

2,17 UF
CÓDIGO DE PLAN :
INDIVIDUAL
GRUPAL
% Bonif.
% Bonif. Tope
Valor Real
Valor Real Bonificación
Día Cama
2.25 VA
Derecho de Pabellón
2.70 VA
Procedimientos (c)
1.80 VA
Laboratorio
0.90 VA
Histopatología
0.99 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)
1.08 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)
1.29 VA
Medicamentos hospitalización (k)
3.44 UF x Evento
Materiales Clínicos e Insumos (k)
1.15 UF x Evento 7.00 UF x Evento
Visita Médico Tratante o Interconsultor (e)
0.68 UF
Honorarios Médicos Quirúrgicos
1.80 VA 90%
Día Cama Psiquiatría (f)
2.25 VA 4.5 UF
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (f)
1.20 VA
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (g)
0.86 UF
Día Cama Clínica de Recuperación
2.25 VA 8.44 UF
Consulta Médica
0.35 UF $3,000 (A-1)
Consulta Urgencia y Oftalmológica (b)
0.44 UF $5,000 (A-2)
Consulta Psiquiatría
0.15 UF 0.75 UF
Consulta Psicología
0.15 UF 0.75 UF
Honorarios Médicos Ambulatorios (i)
1.40 VA
Box ambulatorio (i)
1.75 VA
Derecho de Pabellón (i)
2.10 VA
Procedimientos (c)
1.40 VA
Laboratorio
0.70 VA
Histopatología
0.77 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)
0.84 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)
1.00 VA 1.29 UF
Kinesiterapia
1.40 VA 3.5 UF
Fonoaudiologia
2.49 VA 1.82 UF
Atención integral de enfermería y nutricionista (l)
1.40 VA
Medicamentos Ambulatorios (d)
0.35 UF
Óptica (h)
1.01 VA 0.40 UF
Prótesis
1.16 VA
Traslados (j)
2.30 VA
7.65
UF
Atenciones otorgadas en el Servicio de Urgencia (excepto Consulta)
70% PRESTADOR (A-2)
Consulta Médica
10 días Procedimientos Diagnósticos y terapéuticos
Exámenes
Intervenciones quirúrgicas
Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
Copago Fijo

UF / Veces Arancel

90% Sin Tope

70

15 días

30 días

Tiempos de espera

70

Sin Tope

PRESTACIONES AMBULATORIAS

70% Sin Tope (A-2)

3TC1201211
NOMBRE :
PRESTACIONES HOSPITALARIAS

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia
Tope Mensual

Hospital Barón

2.5 veces arancel (*)

Hospital Barón

Hospital Barón

Sin Tope

1.9 veces arancel (*)

OTRAS PRESTACIONES

Sin Tope

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

TERRA CENTRO 1200

90

4.5
UF
TIPO DE PLAN
FUN N°
Prestadores

Derivados

LIBRE ELECCIÓN

70%

(m)

Año/Benef/UF
Tope Bonificación
COBERTURA PREFERENCIAL (a)

80% Sin
Tope

(*)Red
Ambulatoria

Habitación múltiple

PRESTADOR (A-2)

Sin Tope

OTROS PRESTACIONES (Restricciones) a.1)

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención
dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de
Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas, cirugía
bariátrica o de obesidad, PET- CT.

Solo Libre Eleccion
CÓDIGO DE PLAN :
Precio Base Plan de Salud Complementario en UF

Hombre
Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80 Precio Total Plan de Salud Complementario en UF
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77 según composición del grupo familiar
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50 Unidad
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y más
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.______________________________________________________
Firma Contratante _____________________________________
Nombre : ___________________________________________________________
Nombre : _____________________________________________
g) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

3TC1201211
NOMBRE : TERRA CENTRO 1200
NOTAS EXPLICATIVAS

a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

a) COBERTURA PREFERENCIAL PLAN TODO SALUD

a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

I) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose
de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más.

Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen
parte de la Red de la Isapre.

Edad (Años)

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

m) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta
Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del
afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del
afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de
UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de
documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

Contratante
Cargas
b) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

(A-2) Instituciones en convenio Plan Todo Salud: Hospital Barón, Clínica Los Carrera, Clínica Los Leones, Clínica Valparaíso y Hospital Clínico Viña del Mar.

(*) La cobertura preferencial en Honorario Médico ambulatorio y Honorario Médico Quirúrgico se otorga sólo a través de órdenes de atención con prestadores en convenio.

(*)Red Ambulatoria : Integramedica - Megasalud - Avansalud Providencia - Plusmedica

c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la
atención.

Isapre Cruz Blanca -20

Nombre del Arancel

h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo
anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de
cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin
perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel
en la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su
incorporación.

UF
1500 UF
e) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

f) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

Tope General por Beneficiario (m)

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del
último día del mes al que corresponde devengar la cotización.)

k) “El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por Evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en
que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida,
pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el
término del evento. ”

l) Para obtener la cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, ésta debe ser indicada por medico tratante especialista en Medicina Interna o nutrición,
mediante orden medica, y sólo destinadas a pacientes , para casos de Nutricionista: pacientes entre 15 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten
obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de Enfermería: para
mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

j) Con indicación médica justificada.

(A-1) Instituciones en convenio Plan Todo Salud: Centro de Salud 18 de Septiembre y Megasalud.

d) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

La cobertura preferencial hospitalizada sólo corresponde cuando el beneficiario se hospitaliza en alguna de las Clínicas descritas en el plan de salud, y la atención se realiza en habitación
múltiple.