% BONIF. VALOR REAL VA Traslados k) Dia cama MaternidadUF PabellónVA Medicamentos e Insumos en HospitalizacionUF Honorarios MedicosVA 70 Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas ( d ) Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (e ) Día Cama Clínica de Recuperación Óptica (h) Medicamentos Ambulatorios ( g )0.65 Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl VA Sin Tope VA UF 2.60 2.73 1.10UF UF VA3.00 Sin Tope Consulta y Proc. Psiquiatrico y Psicologico 37.50 7.20 8.00 UF 12.00 Sin tope VA 10.00 2.60 3.00 90 90 PRESTACIONES RESTRINIGIDAS Protesis,Ortesis, y Elemento De Osteosintesis Sin tope Cobertura internacional 1.60VA OTRAS COBERTURAS 7.20 2.00 UF PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE: "Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: I. MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN "Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto" 2.73 AÑO/BENEFIC.( UF) j) PRESTACIONESUF/ Veces Arancel TODO FAMILIA 2600 FUN Nº: AMPLIACION DE COBERTURA TIPO DE PLAN: CÓDIGO DE PLAN: INDIVIDUAL i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan." Sin tope GRUPAL Procedimientos Diagnósticos y Terapéuticos b)VA NOMBRE TOPE BONIFICACION 12.00 Sin Tope Sala Cuna 9.00 6.00 Día cama cuidados intermedios Día Cama cuidados intensivos o coronarios 12.00 Sin Tope 7.00 UF 3.33 1.00 UF10.0 PRESTACIONES AMBULATORIAS Box ambulatorio (1i - 2a) Quimioterapia l) 70 Protesis,Ortesis, y Elemento De Osteosintesis VA 7.00 UF 0.90 3.33 1.80 VA 12.00 UF Día Cama Psiquiatría (d)0.65 2.00 1.80 3.50VA VA VA 1.201.20 2.60 UF 1.63 5.00 5.00 UF UF 2.00 La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de este Plan de Salud Complementario,y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000.La cobertura Internacional de los ítems definidos como“Sin Tope”en el Plan de Salud Complemetario,tendrá un tope de 10 veces elArancel Cruz Blanca- 2. Para obtener la cobertura,el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas distintos del ingles,deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. UF70 VA 1.60 37.50 VA 6.00 4.00 10.00 13.00 3TF2679710 Derecho de Pabellón UF VA VA MAX BONIF HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Exámenes de Laboratorio Fonoaudiologia Consulta Urgencia ( f ) 70 Día Cama 5.00 Radioterapia VAImagenología (Resonancia Nuclear Magnetica) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia) Procedimientos Diagnosticos (b) Derecho De Pabellón i) Fonoaudiologia Kinesiologia, Med.Fisica y Rehabilitación2.60VA Cobertura Parto, Cesarea y Aborto (a) 2.25 Sin topeAtención integral de enfermería v nutricionista m) 5.00 2.60 Consulta Medica General y Especialidades UFQuimioterapia l) VA VA90 Kinesiologia, Med.Fisica y Rehabilitación Visita Médico Tratante ( c ) 6.50 UF UF UF Medicamentos e Insumos en Hospitalizacion 1.80 Honorario Medico Quirúrgico Exámenes de Laboratorio 0.90 1.60 Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia) 150.00 Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica) Honorario Medico Quirúrgico i)6.50 VA
NOMBRE : HombreMujerMujer 1.801.801.80 0.950.800.77 0.750.550.55 0.650.550.55 0.600.700.60 0.701.550.92 0.802.151.50 1.003.301.80 1.103.051.65 1.302.401.55 1.452.451.60 1.752.701.90 2.403.202.10 3.103.502.50 4.303.703.00 4.503.803.25 5.504.504.50 5.504.904.50 UF __________________________________ Firma del Afiliado Fecha :Nombre : Rut : 2.- Definiciones 3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 4.-Reajuste del arancel de prestaciones. 70 a menos de 754.50 75 a menos de 805.50 3.10 35 a menos de 40 1.30 0.55 2 a menos de 5 40 a menos de 45 20 a menos de 250.68 25 a menos de 30 3000 1.- Coberturas 45 a menos de 501.45 4.3065 a menos de 70 1.75 55 a menos de 602.40 60 a menos de 65 Identificación Única del ArancelIsapre CruzBlanca - 2 50 a menos de 55 d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. NOTAS ADICIONALES TODO FAMILIA 2600 Modalidad Arancel ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN b)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. Tope General por Beneficiario en UF (j) k)Con indicación médica justificada. l)Esta cobertura se refiere sólo a las drogas citotóxicas administradas en ciclos de quimioterapia. a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. g)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. Edad (Años) ___________________________ Firma Isapre 80 y mas5.50 1.10 15 a menos de 200.55 a)El precio del Plan se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UFdel último día del mes al que corresponda devengar la cotización. m)Atención integral de enfermería v nutricionista, indicada por medico tratante especialista en Medicina Interna o nutrición,mediante orden medica, y solo destinadas a pacientes para casos de: Nutricionista, pacientes entre 15 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Indice de Masa Corporal (I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes). Enfermería, para mayores de 55 años portadores de patologias crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras Universitarias h)Para obtener la cobertura de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. i)Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. j)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicará la regla de bonificación de doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N°1 de 2005, determinandose de esta forma el nuevo copago del afiliado. Hombre TODO FAMILIA 2600 30 a menos de 351.00 0.68 0.63 Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar 0 a menos de 21.80 10 a menos de 15 0.80 5 a menos de 10 ContratanteCargas TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF 3TF2679710CÓDIGO DE PLAN f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. a)La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a lo estipulado en el Plan de Salud Complementario. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933. El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Independiente de lo anterior, la Isapre deberá modificar su arancel en la misma fecha en que el arancel Fonasa modalidad Libre Elección realice cambios. c)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. b)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.