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PreferenteCódigo 3UC+300013

MASTER UC+30

Puntuación del plan
2,2

Plan no comercializable.

Desde

$98.382/mes

2,39 UF
FUN Nº
% Bonif.
Copago Fijo % Bonif.
1.50
UF
3.00
UF
3.00
UF
0.75
UF
1.50
VA
1.40
VA
1.60
VA
Exámenes de Histopatología
1.76 VA
1.00
VA
1.20
VA
4.50
UF 1.80 VA 4.50 UF
4.50
UF
1.00
UF
Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (**) (1c)
1.80 VA
Radioterapia
1.80 VA
Honorarios Médicos Quirúrgicos (**)
1.20 VA
Visita Médico Tratante (**)
0.50 UF
Visita Interconsultor (**) (1b)
0.50 UF
Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.
1.50 VA
Traslados médicos (1i)
1.65 VA
Quimioterapia (2d)
11.00 UF 33.00 UF
UF
0.13 0.35 UF
UF
0.26 0.35 UF
Exámenes de Laboratorio
1.30 VA
Exámenes de Histopatología
1.43 VA
0.80
VA
1.00
VA
4.50
UF 1.40 VA 4.50 UF
Pabellón Ambulatorio(1d)
1.00 VA
Procedimientos (1c)
1.40 VA
Honorarios Médicos Quirúrgicos (1d)
1.00 VA
Consulta Psiquiatría
0.28 UF 1.50 UF
Psiquiatría Ambulatoria
1.50 VA 1.50 UF
Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria
1.50 VA 1.50 UF
Fonoaudiología
2.50 VA 3.30 UF
Quimioterapia (2d)
11.00 UF 33.00 UF
Radioterapia
1.40 VA
Prótesis y Ortesis
1.50 VA
Atención integral de enfermería (2h)
1.40 VA
Atención integral de nutricionista (2h)
1.40 VA 4.62 UF
Prestaciones Dentales PAD (1.l):

0.82
UF
0.83
UF
1.25
UF
1.42
UF
1.51
UF
1.83
UF
0.38
UF 6.75 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1f)
1.13 UF 6.75 UF
1.80
VA 6.75 UF
0.38
UF 5.06 UF
1.40
VA
1.20
VA
1.40
VA
11.00
UF 33.00 UF
Box ambulatorio (2a)(1d)
1.05 VA
0.44
UF
0.65
VA 0.26 UF
1.65
VA
0.34
UF 70% 0.35 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000

Día Cama Psiquiatría (1e)

LIBRE ELECCIÓN

Sin Tope

70%

Sin Tope

Clínica Dávila

70%

ATENCIONES DE URGENCIA

Día Cama Clínica de Recuperación

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las
coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.

Consulta Urgencia (*) (1g)

Traslados (1i)

Consulta Urgencia (*) (1g)

Cirugía Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios (a.2.4)(2e)

80%

www.cruzblanca.cl

Tope Bonificación

90%

Cobertura Libre Elección

OTRAS COBERTURAS

Sin Tope

Sin Tope

Día cama Cuidados Intermedios

Día Cama Observación-Recuperación

Cobertura Libre Elección

Sin Tope

Cirugía Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón (a.2.4)(2e)

(a2.2) Cirugías con Copago Fijo
Garantizado UF 4.5

Prestaciones Ambulatorias

(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria

Sin Tope

Cobertura Internacional (1k)

Kinesiología y fisioterapia

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios

90% Sin Tope con Copago de UF 9

TIPO DE PLAN :

Año/Benef/UF (2b)

Hospital Clínico Pontificia
Universidad Católica

(Tipo de habitación Pluripersonal)

Sin Tope

70%

Drogas Biológicas (2f)

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

Consulta Médica

PRESTACIONES

Exámenes de Laboratorio

3UC+300013

Cobertura Libre Elección

Tope Bonificación
Año/Benef/UF (2b)
Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Cobertura Libre Elección

(a1.1)

Sin Tope

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Óptica (1h)

Medicamentos Ambulatorios (1j)

PET -CT

Medicamentos en hospitalización (2g)

Materiales Clínicos e Insumos (2g)

MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

NOMBRE :
MASTER UC+30
Tope max.
Tope max.1a) OFERTA PREFERENTE(*)
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Derecho de Pabellón

Kinesiología y fisioterapia

Sin Tope

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales

Endodoncia Incisivo

Endodoncia Premolar

Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental

Solo Cobertura Libre Elección

CODIGO DE PLAN :

Día Cama Especialidades

Sin Tope

INDIVIDUAL

Sin Tope

Medicamentos Ambulatorios (1j)

PRESTADORES DERIVADOS (a.2.3)

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1e)

Clínica Dávila en tipo de habitación Doble o Triple

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1m)

EXS, RX,TAC,ECO

Endodoncia Molar

80% Sin tope
Hospital Clínico Pontificia Universidad
Católica
(**) (Staff Modalidad Institucional)
e Integramedica (Staff Médico ISA)

Sin Tope

40%
1.00 VA
Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales

80% Sin Tope

80% Sin Tope
Hospital Clínico Pontificia Universidad Católica

RNM

Sin Tope

70%

Consulta Oftalmológica

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

(**) Staff Modalidad Institucional

1 de 1
Hombre Mujer Hombre Mujer
1.80
1.80 1.80 1.80
0.95
0.80 0.80 0.77
0.75
0.55 0.63 0.55
0.65
0.55 0.55 0.55
0.60
0.70 0.55 0.60
0.70
1.55 0.68 0.92
0.80
2.15 0.68 1.50
1.00
3.30 1.00 1.80
1.10
3.05 1.10 1.65
1.30
2.40 1.30 1.55
1.45
2.45 1.45 1.60
1.75
2.70 1.75 1.90
2.40
3.20 2.40 2.10
3.10
3.50 3.10 2.50
4.30
3.70 4.30 3.00
4.50
3.80 4.50 3.25
5.50
4.50 5.50 4.50
5.50
4.90 5.50 4.50
Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
RUT :
RUT :
Fecha :

1.- Coberturas

1103049: HNP
1803018: Hemorroidectomia 2004001: Aborto Retenido, Vaciamiento
1103066: Túnel Carpiano
1902066: Orquidopexia un lado 2004002: Raspado Uterino Diagnostico O Terapéutico
1302028: Adenoidectomia
1902075: Varicocele unilateral 2004003: Parto
1302029: Amigdalotomía
1902082: Circuncisión 2004006: Cesárea
1402001: Tiroidectomía Bilateral Total
2003001: Ooforectomia 2104051: Ruptura manguitos rotadores
1703030: Safenectomia Int y/o Ext, Unilateral
2003003: Embarazo ectópico 2104093: Dedo en gatillo
1802001: Hernia Diafragmática
2003005: Salpingectomia uni o bilateral 2104156: Inestabilidad Crónica De Rodilla
1802003: Hernia Inguinal, Crural, Umbilical
2003008: Miomectomia 2104159: Meniscectomía Por Vía Artroscópica
1802053: Apendicetomía
2003010: Histerectomía Total Vía Abdominal 2104179: Luxofractura tobillo, cualquier tipo
1802081: Colecistectomía laparoscópica
2003025: Quiste y/o desgarro tabique vaginal 2104190: Hallux valgus
a2) Oferta preferente Hospitalaria:

50 a menos de 55

55 a menos de 60

70 a menos de 75

Hospital Clínico Universidad Católica de Chile: San Joaquín (V. Mackenna 4686), Marcoleta 377, Irarrázaval 4949, Centro del Cáncer Nuestra Señora de la Esperanza (Diagonal Paraguay 319),
Lira 85 Piso 5

a1) Oferta preferente Ambulatoria:

75 a menos de 80

NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD :3UC+300013

a2.2.3. Tratándose de atención de parto o cesárea, no aplica el Copago fijo si la beneficiaria ingresó al Plan embarazada. En dicho caso la cobertura se calcula en base a novenos de acuerdo a
la cobertura general del Plan (90% Sin Tope) multiplicado por los novenos que correspondan.

a1.1) RED AMBULATORIA

Se excluye de la cobertura libre elección las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de
parto prematuro o aborto). Cada una de los gastos asociados a estos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud para la
Libre Elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933

a2.2.2. No están afectos a Copago Fijo las prestaciones de salud por enfermedades, patologías o condiciones de salud preexistentes declaradas por el afiliado o sus beneficiarios que se
autorizan con carencia, y que se efectúen dentro de los primeros 17 meses de vigencia de beneficios. Estos casos tendrán una bonificación del 25% y en ningún caso la cobertura financiera será
inferior a la que otorga el Fonasa en la Modalidad de Libre Elección, ni al 25% de la prevista en el Plan de Salud para la prestación genérica correspondiente.

INTEGRAMEDICA Centros Médicos Región Metropolitana: Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central,
Puente Alto y Maipú.

$

a2.2) Este Plan contempla en su modalidad de cobertura Preferente, un copago fijo garantizados para los siguientes 30 eventos hospitalarios:.

a1.2) Es prestador derivado para la atención ambulatoria del Plan Preferente MASTER UC+30 el prestador CLINICA DAVILA. En caso de insuficiencia del Hospital Clínico de la Universidad
Católica o INTEGRAMEDICA, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador . Tratándose de la cobertura de honorarios
médicos quirúrgicos hospitalarios o ambulatorios, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la
Libre Elección.

35 a menos de 40

a1.3) Es prestador derivado para la atención Hospitalaria del Plan Preferente MASTER UC+30 el prestador CLINICA DAVILA. En caso de insuficiencia del Hospital Clínico de la Universidad
Católica, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador .

25 a menos de 30

1a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

Contratante

TABLA DE FACTORES Nº 537

Edad años

60 a menos de 65

30 a menos de 35

5 a menos de 10

2 a menos de 5

2000

20 a menos de 25
Isapre CruzBlanca - 31
(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes
al que corresponde devengar la cotización.)

45 a menos de 50

15 a menos de 20

UF
Tope General Anual por Beneficiario (2b)
Cargas

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4b)

Contratante

80 y más

Huella Dactilar

0 a menos de 2

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo
familiar

a2.3) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia
aquella derivada de un servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta ampliación
de cobertura ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización. La
ampliación de cobertura consistirá en aplicar a la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica DAVILA. En
estos casos no aplica la cobertura de cirugía con copago fijo garantizado.

a2.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación Pluripersonal o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio
vigente con el prestador.

a2.2.1. Corresponderá la cobertura de Copago Fijo de UF 4.5, sólo si alguna de las prestaciones más arriba señalada se efectúa como evento único, es decir no forma parte de un evento con
cirugías múltiples o bilaterales. En éste último caso, la cobertura del evento corresponderá al Copago de UF 9 para las prestaciones afectas.

40 a menos de 45

10 a menos de 15

Identificación Única del Arancel (5a)

Modalidad del Arancel

65 a menos de 70

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b)

1 de 2
2.- Definiciones
3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

1m) Estas prestaciones se excluyen de la cobertura preferente, otorgandose cobertura en Modalidad Libre Elección.

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner);
ECO=Ecotomografías; RNM= Resonancia Nuclear Magnética.

1h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior
con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

2h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o
sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías
crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

2c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen
parte de la Red de la Isapre.

2b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El
valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la
suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005,
determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

2a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

5a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor
(IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la
autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se
incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

2f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

4b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del
mes anterior en que se devenga la remuneración.

4a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes
anterior al de la respectiva bonificación.

2d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

2e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no.

2i) Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el
régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La
fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

3a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

a2.4) La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo.

1j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

1i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

1d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura
equivalente a la atención hospitalizada.

1g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

1c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la
atención.

1f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

1e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

(** )Staff Modalidad Institucional e ISA = Médicos Institucionales de la Universidad Católica y de Integramedica Centros Médicos respectivamente en convenio con Cruz Blanca para el Plan
Preferente.

1k) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos
y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

2g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario.

1l) Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jovenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales.

1b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

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