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Preferente

3UMD209012

HOSP CL U MAYOR DOBLE 90ST

Puntuación del plan 1,8

Desde

$85.061/mes


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FUN N°
% Bonif.
% Bonif.
Valor Real
Valor Real
0.45
UF 0.33 UF
2.20
VA 1.65 VA
1.23
VA 0.92 VA
1.23
VA 0.92 VA 3.06 UF
3.30
VA
2.38
UF
1.65
UF
3.30
VA
1.40
VA
1.00
VA
Histopatología
1.10 VA
1.00
VA
1.00
VA
10.20
UF
5.10
UF
0.45
UF
1.00
VA
2.55
UF
3.30
VA 4.46 UF
0.50
0.38 UF
0.50
0.38 UF
Laboratorio
0.85 VA
Histopatología
0.94 VA
Imagenología (Rayos - TAC - ECO)
0.85 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
1.00 VA 1.00 VA
Honorarios Médicos Ambulatorios (i)
2.20 VA 2.20 VA
Box ambulatorio (i)
3.30 VA 3.30 VA
Derecho de Pabellón (i)
1.26 VA 1.26 VA
Procedimientos (c)
0.92 VA 0.92 VA
0.92
VA 0.92 VA 3.06 UF
1.00
UF 1.00 UF
0.20
UF 0.20 UF
1.00
VA 1.00 VA
1.00
VA 1.00 VA 1.00 UF
Atención Integral de Enfermería y Nutricionista (l)
0.92 VA 0.92 VA
1.64
VA 1.64 VA 2.07 UF
3.19
VA 1.42 UF
1.99
VA
2.76
VA
1.24
UF 6.21 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
Hospital Clínico Universidad de Chile

Cobertura internacional

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está
afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. La cobertura Internacional de los ítems definidos como “Sin Tope” en la Libre Elección, tendrá
un tope de 10 veces el Arancel Isapre Cruz Blanca - 20. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del
articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten
en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

PRESTADORES DERIVADOS (a.1.2)

Individual

Sólo cobertura Libre Elección

85% Sin Tope Hospital Clínico Universidad Mayor

80 % de acuerdo a los topes Cobertura Preferente.

Sin Tope

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Día Cama Psiquiatría (d)

Sólo cobertura Libre Elección

Día Cama Otros

TIPO DE PLAN :

a) Cobertura Preferente

Hospital Clínico U.Mayor

LIBRE ELECCIÓN

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

CODIGO DE PLAN :
3UMD209012 NOMBRE : HOSP CL UNIVERSIDAD MAYOR DOBLE 90ST
Sin Tope

Derecho de Pabellón

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (b)

Materiales Clínicos e Insumos (k)

UF

Día Cama Clínica de Recuperación

Laboratorio

UF
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d)
Tope Bonificación

UF - Veces Arancel

Sin Tope

UF

30 días

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

UTI-UCI

NACIONAL

UF - Veces Arancel

90

(m)

Tope

Año/Benef/UF
Tope Bonificación
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (e)

90

Kinesiterapia

Día Cama Especialidades

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (c)

Consulta Urgencia y Oftalmológica (f)

Honorarios Médicos Quirúrgicos

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Medicamentos en hospitalización (k)

Consulta Médica

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental,
cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad,
tratamientos con drogas biológicas, cirugía bariátrica o de
obesidad, PET CT.

Imagenología (Rayos - TAC - ECO)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

15 días

Fonoaudiología

1.00

80

Sin Tope

UF

Sin Tope

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

4.46

7 días

Sólo cobertura Libre Elección

OTROS PRESTACIONES (Restricciones) (a.1)

Consulta Médica

Consulta Psiquiatría

OTRAS PRESTACIONES (a.1)

Proc. diagnósticos y Terapéuticos

Atenciones de Urgencia

Óptica (g)

Traslados (h)
Sin Tope
Kinesiterapia

Psiquiatría Ambulatoria

70

80
Medicamentos Ambulatorios (j)
Exámenes
Intervenciones quirúrgicas
Tiempos de Espera:

Sin Tope

Pieza Doble

Hospital Clínico
Universidad Mayor
Hospital Clínico
Universidad de Chile

80

Prótesis y Ortesis
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes
y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las
Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles,
deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

Huella Dactilar

Contratante

l) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes entre 6 y 35 años con riesgo cardiovascular
modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con valores de glicemia mayor 110 Mg/Dl (diabetes mellitus
tipo II o pre-diabetes), para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por
enfermeras universitarias.

e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución
que realiza la atención.

Nombre Arancel

Cargas

Tope General por
Beneficiario m)

f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

Contratante

m) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y
por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la
prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud,
determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.

g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite
bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

h) Con indicación médica justificada.

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del
último día del mes al que corresponde devengar la cotización.)

d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio
nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según
Grupo familiar

i) Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior y/o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatorias Box
ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos, se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para prestaciones hospitalizadas.

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

k) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos
los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en
forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término
de la hospitalización marca el término del evento.

1500 UF

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes
de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día
de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para
incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime
conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación.

UF
Isapre Cruz Blanca -20
Unidad

NOTAS EXPLICATIVAS

3UMD209012

b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

NOMBRE :

Edad (Años)

j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

a) El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para las prestaciones que se realicen en el Hospital Clínico Universidad Mayor y en Hospital Clínico
U. de Chile

a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

CODIGO DE PLAN :

a1.2) Es prestador derivado para la atención ambulatoria del Plan Preferente Clínica Universidad Mayor el prestador Hospital Clínico Universidad de Chile. En caso de insuficiencia de
Clínica Universidad Mayor, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador . Tratándose de la cobertura de honorarios
médicos quirúrgicos ambulatorios, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección.
La atención médica ambulatoria efectuada en Clínica Universidad Mayor, exceptuando los ítems especificados con cobertura preferente para atención de urgencia (Consulta Urgencia, Exs,
RX,TAC,ECO,RNM, Medicamentos ambulatorios en atención de urgencia) , tendrán la cobertura definida para la libre Elección.

Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la Pieza Doble o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio
vigente con el prestador.

Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

HOSP CL UNIVERSIDAD MAYOR DOBLE 90ST