FUN N° % Bonif.% Bonif. Valor RealValor Real 0.45UF0.33UF 2.20VA1.65VA 1.23VA0.92VA 1.23VA0.92VA3.06UF 3.30VA 2.38UF 1.65UF 3.30VA 1.40VA 1.00VA Histopatología1.10VA 1.00VA 1.00VA 10.20UF 5.10UF 0.45UF 1.00VA 2.55UF 3.30VA4.46UF 0.600.38UF 0.600.38UF Laboratorio0.85VA Histopatología0.94VA Imagenología (Rayos - TAC - ECO)0.85VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.00VA1.00VA Honorarios Médicos Ambulatorios(i)2.20VA2.20VA Box ambulatorio(i)3.30VA3.30VA Derecho de Pabellón(i)1.26VA1.26VA Procedimientos(c)0.92VA0.92VA 0.92VA0.92VA3.06UF 1.00UF1.00UF 0.20UF0.20UF 1.00VA1.00VA 1.00VA1.00VA1.00UF Atención Integral de Enfermería y Nutricionista(l)0.92VA0.92VA 1.64VA1.64VA2.07UF 3.19VA1.42UF 1.99VA 2.76VA 1.24UF6.21UF Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl Hospital Clínico Universidad de Chile Cobertura internacional La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. La cobertura Internacional de los ítems definidos como“Sin Tope”en la Libre Elección, tendrá un tope de 10 veces el Arancel Isapre Cruz Blanca - 20. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. PRESTADORES DERIVADOS(a.1.2) Individual Sólo cobertura Libre Elección 85% Sin Tope Hospital Clínico Universidad Mayor 80 % de acuerdo a los topes Cobertura Preferente. Sin Tope PRESTACIONES AMBULATORIAS Día Cama Psiquiatría(d) Sólo cobertura Libre Elección Día Cama Otros TIPO DE PLAN: a) Cobertura Preferente Hospital Clínico U.Mayor LIBRE ELECCIÓN PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO CODIGO DE PLAN:3UMI209012NOMBRE:HOSP CL UNIVERSIDAD MAYOR INDIV 90ST Sin Tope Derecho de Pabellón Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(b) Materiales Clínicos e Insumos(k) UF Día Cama Clínica de Recuperación Laboratorio UFPrestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(d) Tope Bonificación UF - Veces Arancel Sin Tope UF 30 días PRESTACIONES HOSPITALIZADAS UTI-UCI NACIONAL UF - Veces Arancel 90 (m) Tope Año/Benef/UFTope Bonificación Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(e) 90 Kinesiterapia Día Cama Especialidades Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(c) Consulta Urgencia y Oftalmológica(f) Honorarios Médicos Quirúrgicos Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Medicamentos en hospitalización(k) Consulta Médica Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Psiquiátrica,psicológica,prótesis,traslados,atencióndental, cirugíafotorrefractiva(lasik),tratamientosdeInfertilidad, tratamientoscondrogasbiológicas,cirugíabariátricaode obesidad, PET CT. Imagenología (Rayos - TAC - ECO) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) 15 días Fonoaudiología 1.00 80 Sin Tope UF Sin Tope PRESTACIONES AMBULATORIAS Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria 4.46 7 días Sólo cobertura Libre Elección OTROS PRESTACIONES (Restricciones) (a.1) Consulta Médica Consulta Psiquiatría OTRAS PRESTACIONES (a.1) Proc. diagnósticos y Terapéuticos Atenciones de Urgencia Óptica(g) Traslados(h)Sin Tope Kinesiterapia Psiquiatría Ambulatoria 70 80Medicamentos Ambulatorios(j) ExámenesIntervenciones quirúrgicas Tiempos de Espera: Sin Tope Pieza Individual Hospital Clínico Universidad Mayor Hospital Clínico Universidad de Chile 80 Prótesis y Ortesis
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. Huella Dactilar Contratante l) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes entre 6 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con valores de glicemia mayor 110 Mg/Dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. Nombre Arancel Cargas Tope General por Beneficiario m) f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. Contratante m) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. h) Con indicación médica justificada. (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar i) Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior y/o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatoriasBox ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos, se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para prestaciones hospitalizadas. TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 k) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 1520 UF El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporarnuevasprestacionesalarancelenlaoportunidadqueestime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación. UFIsapre Cruz Blanca -20 Unidad NOTAS EXPLICATIVAS 3UMI209012 b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. NOMBRE : Edad (Años) j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. a) El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para las prestaciones que se realicen en el Hospital Clínico Universidad Mayor y en Hospital Clínico U. de Chile a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. CODIGO DE PLAN: a1.2) Es prestador derivado para la atención ambulatoriadel Plan PreferenteClínica Universidad Mayor el prestador Hospital Clínico Universidad de Chile.En caso de insuficiencia de Clínica Universidad Mayor, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador . Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. La atención médica ambulatoria efectuada en Clínica Universidad Mayor, exceptuando los ítems especificados con cobertura preferente para atención de urgencia (Consulta Urgencia, Exs, RX,TAC,ECO,RNM, Medicamentos ambulatorios en atención de urgencia) , tendrán la cobertura definida para la libre Elección. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará laPieza Individual o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. HOSP CL UNIVERSIDAD MAYOR INDIV 90ST