FUN N° % DE BONIF. VALOR REAL 1.35V.A. 1.35V.A. 1.35V.A. 0.90V.A. 1.17V.A. Kinesiterapia1.17V.A.2.93UF 0.90V.A. 0.99V.A. 0.90V.A. 1.29V.A. 4.65UF x Evento 1.55UF x Evento 0.43UF 0.43UF 0.95V.A. 1.63V.A. 1.12V.A. 11.95UF 0.22UF 0.28UF 0.22UF1.09UF 0.22UF1.09UF 1.05V.A. 0.74V.A. 0.70V.A. 0.91V.A. 1.62V.A.2.11UF 0.91V.A.2.28UF 0.70V.A. 0.77V.A. 0.70V.A. 1.00V.A. Radioterapia0.91V.A. Quimioterapia (tope mensual)1k)11.95UF Prótesis v Ortesis1.63V.A. Atención integral de enfermería v nutricionista (1m)0.91V.A. 1.35V.A. 1.40V.A. 1.16UF 1.35V.A.5.06UF 3.97V.A.1.59UF 0.47UF www.cruzblanca.cl NOMBRE : 90 Fono CruzBlanca 600 818 0000 3UN1400012 PRESTACIONES Derecho de Pabellón Histopatologia AÑO/BENEFIC. ( UF) AMBULATORIAS Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica) Sin tope Consulta Urgencia u Oftalmológica (e) Laboratorio Histopatologia UF/ Veces Arancel CÓDIGO DE PLAN : AMPLIACIÓN DE COBERTURA (ORDENES DE ATENCIÓN) TIPO DE PLAN : UNIVERSAL 1400 INDIVIDUAL MÁX. BONIF(i) Día Cama Consulta Médica HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Procedimientos (a) PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Sin tope Tope Bonificación Psiquiatría Ambulatoria Laboratorio Derecho de Pabellón (h) Psicología Ambulatoria Box ambulatorio (1h - 2b) Honorarios Médicos Ambulatorios (h) Kinesiterapia Fonoaudiología Medicamentos Ambulatorios(f) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia) Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1d ) Día Cama Psiquiatría (c) Sin Tope Traslados(j) Quimioterapia (tope mensual) Cobertura internacionalLa cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección.No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura,el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Provisional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas distintos del ingles,deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. “ Óptica(g) Día Cama Clínica de Recuperación OTRAS COBERTURAS Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1c) Procedimientos(1a ) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica) Honorarios Médicos Quirúrgicos Visita Médico Tratante (1b) 70 70 5.23UF 70 PRESTACIONES RESTRINGIDAS Sin tope Sin tope Día cama cuidados intensivos o coronarios Día cama cuidados intermedios Visita Médico Interconsultor(1b) Sin tope Sin tope 90 Medicamentos en hospitalización (1l) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia) Prótesis Materiales Clínicos e Insumos (1l)
Identificación Única del ArancelIsapre CruzBlanca - 20UF ______________________________________________ Firma IsapreFirma del Afiliado Fecha :Nombre : Rut : 1.- Coberturas 2.- Definiciones 3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 4.-Reajuste del arancel de prestaciones. Huella Dactilar Contratante 3UN1400012CÓDIGO DE PLAN Cargas i) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicará la regla de bonificación de doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N°1 de 2005, determinandose de esta forma el nuevo copago del afiliado. g) Para obtener la cobertura de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. f) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. c) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. a) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. h) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. UNIVERSAL 1400NOMBRE : a)El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. d) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 0.55 ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN UNIVERSAL 1400 Precio Base Plan de Salud Complementario en UFPrecio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar a) El precio del Plan se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UFdel último día del mes al que corresponda devengar la cotización. c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. e) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.30 1.45 1.75 TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 b) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. k) Esta cobertura se refiere sólo a las drogas citotóxicas administradas en ciclos de quimioterapia. 0.92 1.50 Mujer 1.80 0.77 0.55 0.60 1.90 1.80 1.65 1.55 1.60 2.40 3.10 0.68 Hombre 1.80 0.80 0.63 0.55 0.55 j) Con indicación médica justificada. 4.30 1.00 1.10 0.68 3.25 2.10 2.50 3.00 0.55 0.70 3.70 1.55 a) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, éstos ítems (Días cama, Pabellón y Honorarios Médicos) tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 4.30 4.50 5.50 5.50 4.50 3.50 2.40 2.45 2.70 3.20 2.15 3.30 3.05 25 a menos de 30 3.10 0.80 1.00 50 a menos de 55 55 a menos de 60 1.10 Mujer 1.80 5 a menos de 10 10 a menos de 15 15 a menos de 20 20 a menos de 25 0.75 0.65 0.70 0.55 1.75 0.60 Contratante Edad (Años) 0 a menos de 2 2 a menos de 5 1.80 0.950.80 Hombre 65 a menos de 70 30 a menos de 35 35 a menos de 40 40 a menos de 45 45 a menos de 50 4.50 2.40 60 a menos de 65 1.30 1.45 Modalidad Arancel Tope General por Beneficiario en UF (i) 70 a menos de 75 75 a menos de 80 80 y más5.50 5.50 3.80 4.50 l) )“Eltope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizadoses por evento hospitalario.Se entiende por Evento hospitalario a aquelque engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientraspermanece internado en un centro asistencial (público oprivado),o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir lasatenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. ” m) Para obtenerla cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, ésta debe ser indicada por medico tratante especialista en Medicina Interna o nutrición, mediante orden medica, y sólo destinadas a pacientes , para casos de Nutricionista:pacientes entre 6 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de Enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 4.90 4.50 1500 UF