FUN N° % DE BONIF. VALOR REAL 1.35 V.A. 1.35 V.A. 1.35 V.A. 0.90 V.A. 1.17 V.A. Kinesiterapia1.17 V.A.2.93 UF 0.90 V.A. 0.90 V.A. 1.29 V.A. 4.65 UF x Evento 1.55 UF x Evento 0.43 UF 0.43 UF 0.95 V.A. 1.44 V.A. 0.73 V.A. 9.45 UF 0.22 UF 0.28 UF 0.22 UF1.09 UF 0.22 UF1.09 UF 1.05 V.A. 0.74 V.A. 0.70 V.A. 0.91 V.A. 0.91 V.A.1.18 UF 0.91 V.A.2.28 UF 0.70 V.A. 0.70 V.A. 1.00 V.A. Radioterapia0.91 V.A. Quimioterapia (tope mensual)1k)9.45 UF Prótesis v Ortesis1.44 V.A. Atención integral de enfermería v nutricionista0.91 V.A. 1.35 V.A. 1.40 V.A. 1.16 UF 1.35 V.A.5.06 UF 4.90 V.A.1.96 UF 0.47 UF www.cruzblanca.cl Día cama cuidados intensivos o coronarios Día cama cuidados intermedios Visita Médico Interconsultor(b) Sin tope Sin tope 90 Medicamentos en hospitalización Rayos - TAC - ECO Prótesis Materiales Clínicos e Insumos Día Cama Psiquiatría (c) 5.23 UF 70 PRESTACIONES RESTRINGIDAS Sin tope Sin tope 70 Procedimientos(a ) Resonancia Nuclear Magnetica Honorarios Médicos Quirúrgicos Visita Médico Tratante(b) 70 Traslados(j) Quimioterapia (tope mensual) Cobertura internacionalLa cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección.No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura,el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Provisional. En caso de documentosy/o comprobantesde pago que se presenten en idiomas distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. “ Óptica(g) Día Cama Clínica de Recuperación Medicamentos Ambulatorios(f) 80% Sin Tope ( * )Red Prestadores AmbulatoriosRayos - TAC - ECO Sin Tope OTRAS COBERTURAS Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (c) Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica ( d ) Sin tope Laboratorio Derecho de Pabellón (h) Psicología Ambulatoria Box ambulatorio (1h - 2b) Honorarios Médicos Ambulatorios (h) Kinesiterapia Fonoaudiología Procedimientos (a) PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA INDIVIDUAL MÁX. BONIF(i) Día Cama UF/ Veces Arancel CÓDIGO DE PLAN : AMPLIACIÓN DE COBERTURA (ORDENES DE ATENCIÓN) TIPO DE PLAN : UNIVERSAL 1400 Tope Bonificación Psiquiatría Ambulatoria AÑO/BENEFIC. ( UF) AMBULATORIAS Resonancia Nuclear Magnetica Sin tope Consulta Urgencia u Oftalmológica (e) Consulta Médica NOMBRE : 90 Fono CruzBlanca 600 818 0000 3UN1400110 PRESTACIONES Derecho de Pabellón Laboratorio GRUPAL
Identificación Única del ArancelIsapre CruzBlanca - 20UF Fecha :Nombre : Rut : 1.- Coberturas ( *)Red Prestadores Ambulatorios: Integra médica - Megasalud - Avansalud Providencia - Plusmedica. 2.- Definiciones 3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 4.-Reajuste del arancel de prestaciones. 3.10 0.68 Firma IsapreFirma del Afiliado 4.90 4.50 ______________________________________________________________________ Modalidad Arancel Tope General por Beneficiario en UF (i) 70 a menos de 75 75 a menos de 80 80 y más5.50 5.50 50 a menos de 55 55 a menos de 60 60 a menos de 65 65 a menos de 70 30 a menos de 35 35 a menos de 40 40 a menos de 45 45 a menos de 50 Contratante Edad (Años) 0 a menos de 2 2 a menos de 5 1.80 0.950.80 Hombre 5 a menos de 10 10 a menos de 15 15 a menos de 20 20 a menos de 25 25 a menos de 30 3.10 4.30 4.50 1.30 1.45 1.75 2.40 0.80 1.00 0.75 0.65 0.60 0.70 1.10 3.50 3.70 3.80 2.40 2.45 2.70 3.20 1.55 2.15 3.30 3.05 0.55 0.55 0.70 Mujer 1.80 a) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, éstos ítems (Días cama, Pabellón y Honorarios Médicos) tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 4.30 4.50 5.50 5.50 4.50 4.50 j) Con indicación médica justificada. 1500 1.00 1.10 1.30 3.25 2.10 2.50 3.00 1.45 1.75 2.40 Hombre 1.80 0.80 0.63 0.55 0.55 0.68 1.90 1.80 1.65 1.55 1.60 0.55 0.60 b) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. k) Esta cobertura se refiere sólo a las drogas citotóxicas administradas en ciclos de quimioterapia. 0.92 1.50 Mujer 1.80 0.77 c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. e) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. a) El precio del Plan se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UFdel último día del mes al que corresponda devengar la cotización. ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN UNIVERSAL 1400 Precio Base Plan de Salud Complementario en UFPrecio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar a)El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 UNIVERSAL 1400NOMBRE : Cargas i) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección . El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificara el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. g) Para obtener la cobertura de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. f) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. c) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. a) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. h) Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatoriasBox ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos, se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para prestaciones hospitalizadas. d) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 0.55 3UN1400110CÓDIGO DE PLAN