FUN N° 1.35V.A. 1.35V.A. 1.35V.A. 1.00V.A. 1.17V.A. Kinesiterapia1.17V.A.2.93UF 0.63V.A. 0.69V.A. 0.63V.A. 1.29V.A. 4.65UF x Evento 1.55UF x Evento 0.40UF 0.40UF 0.95V.A. 3.00V.A. 1.14V.A. 11.95UF 0.21UF 0.26UF 0.22UF1.09UF 0.22UF1.09UF 0.74V.A. 0.70V.A. 0.91V.A. 1.62V.A.2.11UF 0.91V.A.2.28UF 0.49V.A. 0.54V.A. 0.49V.A. 1.00V.A. Radioterapia0.91V.A. Quimioterapia (tope mensual)(1.k)11.95UF Prótesis y Órtesis1.79V.A. Atención integral de enfermería(1.m)0.91V.A. Atención integral de nutricionista(1.m)0.91V.A.3.00UF 1.00VA7.00UF Prestaciones Fertilización PAD (1.c): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre1.00VA4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer1.00VA12.00UF 1.35V.A. 1.40V.A. 1.16UF 1.35V.A.5.06UF 3.97V.A.1.59UF 0.47UF 1.05V.A. 1.14V.A. www.cruzblanca.cl INDIVIDUAL 3UN1400815 40 Sin tope 70 Prestaciones Dentales PAD (1.i): UNIVERSAL 1400 Honorarios Médicos Ambulatorios(1.h) Kinesiterapia Fonoaudiología Cobertura internacional(1.n) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA LIBRE ELECCIÓN. Fono CruzBlanca 600 818 0000 90 PRESTACIONES Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) NOMBRE : Laboratorio Histopatología CÓDIGO DE PLAN : TIPO DE PLAN : PRESTACIONES AMBULATORIAS Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Consulta Urgencia u Oftalmológica(1.e) Sin tope Quimioterapia (tope mensual)(1.k) 70Laboratorio Derecho de Pabellón(1.h) Psicología Ambulatoria Derecho de Pabellón PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN Medicamentos Ambulatorios(1.f) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Procedimientos(1.a) Sin tope OTRAS COBERTURAS Prestaciones Psiquiátricas HospitalizadasUF Box ambulatorio(1.h) (2.a) Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.d) Traslados(1.j) 5.23 Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Honorarios Médicos Quirúrgicos Visita Médico Tratante (1.b) Consulta Médica La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Óptica(1.g) Día Cama Clínica de Recuperación Día Cama Día Cama Psiquiatría 70 PRESTACIONES RESTRINGIDAS Sin tope Psiquiatría Ambulatoria Prótesis Histopatología Procedimientos(1.a) Traslados(1.j) Día cama cuidados intensivos o coronarios Día cama cuidados intermedios Visita Interconsultor Sin tope 90 Medicamentos en hospitalización(1.l) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Materiales Clínicos e Insumos(1.l) % de BonificaciónTope BonificaciónTope Máx. Año contrato por beneficiario(2.e)Ampliación de Cobertura Sin Tope
HombreMujerHombreMujer 1.801.801.801.80 0.950.800.800.77 0.750.550.630.55 0.650.550.550.55 0.600.700.550.60 0.701.550.680.92 0.802.150.681.50 1.003.301.001.80 1.103.051.101.65 1.302.401.301.55 1.452.451.451.60 1.752.701.751.90 2.403.202.402.10 3.103.503.102.50 4.303.704.303.00 4.503.804.503.25 5.504.505.504.50 5.504.905.504.50 Identificación Única del Arancel(4.a)$ Firma del Afiliado Fecha :Nombre : Rut : Isapre CruzBlanca - 31 CÓDIGO DE PLAN3UN1400815 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.a)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. UNIVERSAL 1400NOMBRE : 1.i)Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales. 1.n)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Provisional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. “ 3.b)Para el pago de la cotización: Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el calor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 1.j)Sólo con indicación médica justificada. 3.a)El precio del Plan se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponda devengar la cotización. Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (3.b)PrecioTotalPlandeSaludComplementarioenUFsegún composición del grupo familiar 1.m)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 1.l)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. 1.k)Esta cobertura se refiere sólo a las drogas citotóxicas administradas en ciclos de quimioterapia. 1.c)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. Modalidad Arancel Tope General por Beneficiario en UF(2.e) 25 a menos de 30 5 a menos de 10 10 a menos de 15 20 a menos de 25 30 a menos de 35 35 a menos de 40 15 a menos de 20 1.h)Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicos que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. 2.d)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicos utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 1.- Coberturas 1.d)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1500 UF Firma Isapre 2.- Definiciones 2.e)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 4.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 1.e)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.f)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.g)Para obtener la cobertura de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 4.-Reajuste del arancel de prestaciones. 3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN ESPECIAL UNIVERSAL 1400 2.b)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.c)Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 65 a menos de 70 TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Edad (Años)ContratanteCargas 0 a menos de 2 2 a menos de 5 70 a menos de 75 75 a menos de 80 80 y más Huella Dactilar Contratante 40 a menos de 45 45 a menos de 50 50 a menos de 55 55 a menos de 60 60 a menos de 65