LUGAR____________________________________________ II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO NOMBRE : MATRIMONIAL % DE BONIF. VALOR REAL 2.25 V.A. 2.25 V.A. 2.34 V.A. 1.44 V.A. Rayos - TAC - ECO1.26 V.A. RNM1.29 V.A. Medicamentos en hospitalización8.61 UF x Evento Materiales Clínicos e Insumos2.87 UF x Evento 0.81 UF 2.25 V.A.8.44 UF 2.25 V.A.8.44 UF 2.25 V.A.8.44 UF 1.44 V.A. 0.42 UF 0.53 UF 0.35 UF1.75 UF 0.35 UF1.75 UF 1.75 V.A. 1.12 V.A. 1.75 V.A. 1.82 V.A. 1.82 V.A.2.37 UF 1.82 V.A.4.55 UF 1.12 V.A.80% Sin Tope Rayos - TAC - ECO0.98 V.A.80% Sin Tope RNM1.00 V.A.1.50 UF 0.88 UF 1.75 V.A.0.70 UF 1.75 V.A. 1.24 V.A. Edad (años) HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF 35 a menos de 401.103.051.101.65del último día del mes al que corresponda devengar la cotización.) 40 a menos de 451.302.401.301.55Nombre del ArancelUnidad 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. Nombre :Nombre : g) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, éstos ítems (Días cama, Pabellón y Honorarios Médicos) tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. h) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificara el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. i) Con indicación médica justificada. 70 Traslados(i) NOTAS EXPLICATIVAS Óptica( f ) Prótesis AÑO/BENEFIC. ( UF) PRESTACIONES HOSPITALIZADAS(ORDENES DE ATENCIÓN) Derecho de Pabellón Laboratorio 90 Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor( b ) Procedimientos( a ) Día Cama(g) PRESTACIONES AMBULATORIAS Fonoaudiología 70Derecho de Pabellón(g) Consulta Urgencia u Oftalmológica(d) Firma Contratante ___________________________________________________________________________________________ Honorarios Médicos Ambulatorios(g) Procedimientos( a ) Kinesiterapia Cargas TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 a) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de22.68UF Quimioterapia Tope Mensual UF Tope General por Beneficiario 1580 UF Contratante Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Isapre Cruz Blanca - 20 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF OTRAS PRESTACIONES Medicamentos Ambulatorios( e ) c) El tope anual indicado para Psiquiatría Hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se dé durante la hospitalización. No incluye y no tiene cobertura los medicamentos. d) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. e) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 70 b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. Red Prestadores Ambulatorios: Integramedica - Megasalud - Avansalud Providencia - Plusmedica Día Cama UF/ Veces Arancel CÓDIGO DE PLAN : I. DISPOSICIONES GENERALES CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL TIPO DE PLAN : Tope Bonificación Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. RUT: __________________________________ FECHA ___________________ NOMBRE: _______________________________________________________________________________________ N° FUN ________________________________ Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. AMPLIACIÓN DE COBERTURAMÁX. BONIF(h) 3UN2000509 INDIVIDUAL UNIVERSAL 20000.0 El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. Día Cama Psiquiatría( c ) Honorarios Médicos Quirúrgicos Consulta Médica Día Cama Clínica de Recuperación Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas( c ) Laboratorio Psiquiatría Ambulatoria Psicología Ambulatoria f) Corresponderá la bonificación de marcos y cristales sólo con la presentación de la receta médica respectiva. LasgarantíasExplicitasenSalud(GES)ycoberturaadicionalparaenfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. Red Prestadores Ambulatorios