6.75V.A. 6.75V.A. 6.75V.A. 6.75V.A. 2.34V.A. 1.44V.A. 1.58V.A. 1.26V.A. 2.34V.A.5.85UF 1.29V.A. Medicamentos en hospitalización(1.m)18.07UF x Evento 6.02UF x Evento 0.81UF 4.50V.A. 1.99V.A. 4.88V.A. 28.69UF 0.42UF 0.53UF 3.50V.A. 5.25V.A. 1.82V.A. 3.24V.A.5.47UF 1.82V.A.4.55UF 1.12V.A. 1.23V.A. 0.98V.A. 1.00V.A. Radioterapia1.82V.A. 1.99V.A. 28.69UF 1.82V.A. 1.82V.A.6.01UF 0.82UF 0.83UF 1.25UF 1.42UF 1.51UF 1.83UF Prestaciones Fertilización PAD (1.p): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre1.00VA4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer1.00VA12.00UF COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO (A): 1.69UF 1.69VA 4.52UF 1.51UF 1.13VA 6.75V.A.8.44UF 2.25V.A. 4.52UF 6.75V.A.25.31UF 0.35UF1.75UF 0.35UF1.75UF 1.42V.A.0.57UF 1.84UF 5.25V.A. 4.88V.A. Fono CruzBlanca 600 818 0000 40 Prestaciones Dentales PAD(1.j): Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental 401.00VA Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales Endodoncia Incisivo Endodoncia Premolar Sin Tope Atención integral de enfermería(1.n) Histopatología www.cruzblanca.cl La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. 70 90UF Día Cama Psiquiatría(1.d) Honorarios Médicos Quirúrgicos Quimioterapia Tope Mensual(1.l) Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.e) Prótesis, Ortesis y elementos de osteosíntesis Sin Tope Endodoncia Molar Atención integral de nutricionista(1.n) Sin Tope 8.44 Laboratorio Procedimientos(1.b) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Consulta Urgencia y Oftalmológica(1.f) Consulta Médica Histopatología Derecho de Pabellón(1.i) PRESTACIONES AMBULATORIAS Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Día cama cuidados intermedios Ampliación de Cobertura Derecho de Pabellón Laboratorio Kinesiterapia Sin Tope 90 Prótesis, Ortesis y elementos de osteosíntesis Sin Tope 70 3UNE280714 ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. Día Cama Tope Máx. Año contrato por beneficiario (2.e) FUN N° 1a.-) Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(1.c) PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE : "Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto" TIPO DE PLAN 90% Sin Tope si día cama es igual o menor a UF 6.75 90 PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) CODIGO DE PLAN: PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. % de BonificaciónTope Bonificación NOMBRE :ESPECIAL UNIVERSAL 2800 Medicamentos Ambulatorios(1.g) Sin Tope PRESTACIONES RESTRINGIDAS Materiales Clínicos e Insumos(1.m) Procedimientos(1.b) Fonoaudiología Día Cama Clínica de Recuperación OTRAS PRESTACIONES 70 Traslados(1.k) Traslados(1.k) Pabellón Medicamentos hospitalarios Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1.d) Psiquiatría Ambulatoria Óptica(1.h) Psicología Ambulatoria Materiales Clínicos e Insumos Honorarios Médicos Sin Tope Quimioterapia Tope Mensual Honorarios Médicos Ambulatorios(1.i) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Kinesiterapia Box ambulatorio(1.i - 2.a) 70 VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA LIBRE ELECCIÓN. 25 Cobertura internacional (1.o) Día cama cuidados intensivos o coronarios INDIVIDUAL Día cama Maternidad
HombreMujerMujer 1.801.801.80 0.950.800.77 0.750.550.55 0.650.550.55 0.600.700.60 0.701.550.92 0.802.151.50 1.003.301.80 1.103.051.65 1.302.401.55 1.452.451.60 1.752.701.90 2.403.202.10 3.103.502.50 4.303.703.00 4.503.803.25 5.504.504.50 5.504.904.50 Firma IsapreFirma del Afiliado Fecha : RUN: 2.- Definiciones 3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 4.-Reajuste del arancel de prestaciones. 1.p)Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 2.e)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección . El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificara el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 55 a menos de 60 ESPECIAL UNIVERSAL 2800ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN: NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 65 a menos de 704.30 2500 UF 75 a menos de 805.50 2.40 40 a menos de 451.30 50 a menos de 551.75 45 a menos de 501.45 1.1035 a menos de 40 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.b)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. Identificación Única del Arancel(4.a)Isapre CruzBlanca - 31Modalidad Arancel$ 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.- Coberturas 1.e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 1.d)El tope anual indicado para Psiquiatría Hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se dé durante la hospitalización. 60 a menos de 653.10 80 y mas5.50 1.c)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. Nombre : Tope General por Beneficiario(2.e) 4.5070 a menos de 75 1.b)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 30 a menos de 351.00 15 a menos de 200.55 20 a menos de 250.68 25 a menos de 300.68 Cargas 5 a menos de 100.63 TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 10 a menos de 150.55 2 a menos de 50.80 0 a menos de 21.80 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (3.b) Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar ESPECIAL UNIVERSAL 2800 Hombre 4.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 1.j)Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales. 1.k)Con indicación médica justificada. 1.l)Esta cobertura se refiere sólo a las drogas citotóxicas administradas en ciclos de quimioterapia. Red Prestadores Ambulatorios Laboratorio e Imágenes: Integramedica - Megasalud - Avansalud Providencia - Plusmedica 1.f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. CODIGO DE PLAN: 1.n)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección, se excluye de la cobertura preferente. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933. La información de prestadores que mantengan convenio vigente con la Isapre está disponible en las oficinas de la Isapre o a través del Call center Salud NOMBRE : 1.a) La ampliación de cobertura a un 90% Sin Tope , en prestaciones hospitalizadas para items día cama, pabellón, laboratorio, rayos, TAC, ECO y procedimientos, sólo corresponde si se cumplen las siguientes condiciones copulativas: (i) que se trate de prestaciones otorgadas por prestadores institucionales y médicos que mantengan convenio vigente con la Isapre, y exclusivamente a través de la modalidad de Ordenes de Atención; (ii) que el valor del día cama convenido entre la Isapre y el prestador, considerando la habitación individual más simple con baño privado del establecimiento asistencial en que curse la hospitalización el beneficiario, sea igual o menor a 6.75UF y (iii) que la hospitalización sea dentro del territorio nacional, y que no se trate de hospitalizaciones psiquiátricas, hospitalizaciones en Clínicas de Recuperación o en habitaciones de mayor hotelería (suite o Departamento). 1.g)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 2.d)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicos utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 3.b)Par el pago de la cotización: Si el precio está expresado en Unidades de Fomento (UF), el calor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 1.i)Las prestaciones de box ambulatorio,derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más 1.o)Para obtener la cobertura,el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Provisional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 3UNE280714 1.m)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. 3.a)El precio del Plan se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UFdel último día del mes al que corresponda devengar la cotización. Edad (Años)Contratante 2.c)Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. Huella Dactilar Contratante