CÓDIGO DE PLAN :3V+330E118NOMBRE : TIPO DE PLAN : % de Bonificación Día cama5.50UF Día cama cuidados intensivos o coronarios7.70UF Día cama cuidados intermedios6.60UF Derecho de Pabellón5.00VA Exámenes de laboratorio1.68VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)1.68VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.09VA Kinesiología y Fisioterapia3.78VA31.50UF 3.02VA Medicamentos(1.k)35.00UF 30.00UF 2.64VA 0.64UF 0.64UF 30.00UF 30.00UF 22.36VA 3.78VA 3.58VA 2.40VA8.64UF Consulta médica0.64UF Consulta de Urgencia(1.l)0.64UF Exámenes de laboratorio1.40VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)1.40VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)0.91VA Kinesiología y Fisioterapia3.78VA31.50UF Procedimientos(1.c)3.02VA Honorarios médicos quirúrgicos(1.b)2.11VA Pabellón ambulatorio(1.b)5.00VA Fonoaudiología2.40VA8.64UF Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria3.20VA12.50UF Consulta Psiquiatría - Psiquiatría Ambulatoria3.20VA12.50UF Radioterapia3.02VA Quimioterapia(1.e)30.00UF90.00UF Prótesis y Órtesis4.03VA Atención integral de enfermería(2.e)3.02VA Atención integral de nutricionista(2.e)3.02VA9.97UF 7.00UF 4.00UF 12.00UF Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas3.20VA Medicamentos en hospitalización Psiquiátrica(1.g)8.75UF Día Cama Psiquiatría1.38UF Día Cama Clínica de Recuperación1.38UF6.25UF Cirugía Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik): Evento completo(2.f) PET-CT Óptica(1.i)0.80UF0.80UF 3.58VA 0.50UF 5.50UF www.cruzblanca.cl Fonoaudiología AMBULATORIAS 100 90.00UF 12.50 Quimioterapia(1.e) Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis Sin Tope Procedimientos(1.c) Materiales e insumos clínicos(1.k)Sin Tope Sin Tope Honorarios médicos quirúrgicos 80 PRESTACIONES RESTRINGIDAS 25% de la Cobertura General del Plan 90 COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO (1.a) UF HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA INDIVIDUAL VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA LIBRE ELECCIÓN. Tope Máximo Año Contrato por Beneficiario (2.b) Tope de Bonificación Sin Tope Sin Tope Visita por médico tratante Prestacionesreferidasal embarazo(parto,cesárea,aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes del plany está afecta a un tope anual por beneficiario de 1000 UF. PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO. Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. Prestaciones Dentales PAD (1.m): FUN Nº : PRESTACIONES PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN VIVO + 3300 18 Medicamentos ambulatorios(1.h) Prestaciones Fertilización PAD (1.n): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer Visita por médico interconsultor(1.d) Radioterapia Traslados Médicos(1.f) Sin Tope Drogas Biológicas(2.f) 90 Sin Tope 25% de la Cobertura General del Plan 90 Fono CruzBlanca 600 818 0000 Box Ambulatorio(1.b) (2.a) Sin Tope Cobertura internacional(1.j) Traslados Médicos(1.f) 90 OTRAS COBERTURAS 40 Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre 1.00VA Plan de Salud ComplementarioMODALIDADLIBREELECCIÓN
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:CÓDIGO DE PLAN :3V+330E118NOMBRE : Cargas HombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.501.50 2 a menos de50.950.950.600.60 5 a menos de 100.800.800.600.60 10 a menos de 150.800.800.550.55 15 a menos de 200.801.350.600.65 20 a menos de 250.701.500.651.00 25 a menos de 300.801.600.801.30 30 a menos de 351.002.301.001.40 35 a menos de 401.102.301.101.50 40 a menos de 451.302.001.301.60 45 a menos de 501.402.401.401.60 50 a menos de 551.802.651.801.80 55 a menos de 602.352.852.351.90 60 a menos de 653.203.303.202.40 65 a menos de 703.703.653.702.90 70 a menos de 753.703.653.703.10 75 a menos de 803.703.653.703.65 80 y más3.703.653.703.65 $ Edad años Contratante VIVO + 3300 18 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (3.b)Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar 5000Tope General por Beneficiario en UF(2.b) Isapre CruzBlanca - 31 TABLA DE FACTORES Nº 538 Identificación Única del Arancel(4.a)Modalidad Arancel
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:3.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.e)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 1.b)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos,tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.a)La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud. 1.j)La cobertura Internacional de los ítems definidos como“Sin Tope”en la Libre Elección, tendrá un tope de 10 veces el Arancel Isapre Cruz Blanca - 31. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.k)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. 1.f)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.h)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 2.c)Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.d)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. VA = Veces Arancel,UF = Unidad de fomento. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.l)Cobertura en servicios de urgencia, sólo para consulta e interconsulta de urgencia en horario hábil o inhábil, (se excluye todo otro servicio asociado a la consulta, tales como exámenes de laboratorio, imagenología, procedimientos, etc.). 1.i)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.n)Estasprestacionesincluyen lascoberturasde especialidad,exámenesde laboratorio e imagenología propiosde este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 1.g)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatría es por evento. 1.d)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 2.f) Se entiende por Drogas Biológicas los productos de fabricación o síntesis biotecnológicos utilizadas para el tratamiento de patologías no oncológicas. 1.e)Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN: 3V+330E118 Notas Explicativas 4.a)El valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos deberá ser reajustado a lo menos una vez al año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes precedente a aquel en que se efectuó el ultimo reajuste y el mes anteprecedente a aquel en que se aplique el nuevo reajuste, ambos inclusive. 1.m)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales. 2.- Definiciones 4.-Reajuste del arancel de prestaciones. 3.b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 1.- Coberturas