CODIGO DE PLAN: FUN Nº: %TopeCopago Fijo%TopeCopago Fijo 1.42VA 5.26UF Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios11.46UF 11.46UF 2.63UF 5.26VA 4.06VA 1.25VA 1.37VA 1.28VA 1.28VA 31.50UF 13.75UF 0.46UF 2.31VA 1.42VA 1.25UF12.50UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.e)7.88UF 5.00VA 5.01VA12.53UF 1.96VA 2.66VA Tratamientos con drogas biológicas.(2.f)13.92UF41.75UF 13.92UF41.75UF 0.61UF 0.55UF 0.55UF Honorarios Médicos Ambulatorios(1.j)2.31VA Derecho de Pabellón(1.j)3.53VA Procedimientos(1.c)1.42VA Radioterapia1.42VA Laboratorio0.74VA Histopatología0.81VA 0.75VA 1.05VA 1.42VA3.54UF 0.55UF 2.75VA 2.75VA2.75UF Atención integral de enfermería(2.h)1.42VA Atención integral de nutricionista(2.h)1.42VA4.69UF 2.53VA3.29UF 1.96VA 13.92UF41.75UF 7.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre1.00VA4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer1.00VA12.00UF 1.32UF Pabellón1.02VA Medicamentos en hospitalización(2.g)7.88UF Materiales Clínicos e Insumos(2.g)3.44UF 0.58VA 2.31VA 4.06VA 1.42VA 1.58VA0.57UF 2.66VA Box ambulatorio(1.j)(2.a)5.01VA 0.93UF Cobertura Internacional(1.k) Fono Cruz Blanca 600 818 0000 Sólo Cobertura Libre Elección Sólo cobertura Libre Elección Tope máx. año contrato por beneficiario(2.b) Sólo cobertura Libre Elección 1.00 VA Sin Tope Sin Tope Óptica(1.g) Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Derecho de Pabellón Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(1.b) Honorarios Médicos Quirúrgicos Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.c) OTRAS PRESTACIONES (1.a.2) COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO 2.75UF Honorarios Médicos INDIVIDUAL Consulta Oftalmológica Bonificación Día cama Cuidados Intermedios PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Fonoaudiología Kinesiterapia 80 Prestaciones Fertilización PAD (1.d): PET -CT 100 PRESTACIONES AMBULATORIAS VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. 12.50 Sin Tope Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Día Cama Psiquiatría Prótesis y OrtesisSin Tope UF Sin Tope Sólo cobertura Libre Elección PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Consulta Psiquiatría Materiales Clínicos e Insumos(2.g) Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Histopatología Atenciones de Urgencia Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: 80 PRESTADORES DERIVADOS No aplica Sin Tope Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.2) Día cama Maternidad i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. PLAN CON MODALIDAD DE COBERTURA PREFERENTE TIPO DE PLAN: Medicamentos en hospitalización(2.g) Consulta Urgencia(1.f) PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE : LIBRE ELECCION 90% Sin Tope Prestadores Red Ventisqueros Detalle de Prestadores por tipo de Habitación ver nota 1.a.1) Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas PARTO - CESÁREA - ABORTO - EMBARAZO ECTÓPICO - HOSPITALIZACIÓN POR DIAGNÓSTICO DE AMENAZA DE PARTO PREMATURO O ABORTO Traslados(1.h) ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. Kinesiterapia 3VTPE20915 1.a) COBERTURA PREFERENTE RED VENTISQUEROSTope máx. año contrato por beneficiario(2.b) Día Cama Especialidades ESPECIAL VENTISQUEROS PLUS 2000NOMBRE: Tope Bonificación Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d) 80 Laboratorio 80 Prestaciones Dentales PAD (1.l) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Prótesis y Ortesis Consulta Médica PRESTACIONES AMBULATORIAS HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA(1.a.3) Psiquiatría Ambulatoria Día Cama Otros Día Cama Clínica de Recuperación Sin Tope Medicamentos Ambulatorios(1.i) 100 Sin Tope RED VENTISQUEROS Habitación Doble (Detalle de Prestadores nota 1.a.1) www.cruzblanca.cl Traslados(1.h) Cgia. Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik): Honorarios(2.e) Cgia. Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik): Pabellón(2.e) La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección,y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. 25 Sólo cobertura Libre Elección Sin Tope Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d) 40
CODIGO DE PLAN:NOMBRE: Edad (Años) HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : Rut:Rut: 1.- Coberturas 1.a.1)Los prestadores que componen la "Red Ventisqueros" para el tipo de Habitación son: 2.- Definiciones ESPECIAL VENTISQUEROS PLUS 2000 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) UnidadNombre Arancel(5.a) 1.a.3) Son prestadores derivados para la atención Hospitalaria y Cirugía Mayor Ambulatoria del Plan , los prestadores que integran la RED VENTISQUEROS. 1.a.2) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. ContratanteCargas $Isapre Cruz Blanca - 31 Tope General por Beneficiario (2.b) UF 3500 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. Huella Dactilar 1.a)La cobertura de la oferta preferente se obtiene sólo a traves de ordenes de atenciones con prestadores en convenio especificado. Este Plan de Salud contempla mayor cobertura de atención hospitalaria si las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención, en cualquiera de los prestadores de la Red VENTISQUEROSmas abajo detallados y de acuerdo al nivel de hotelería señalado. Se excluye reembolso. Se excluye de la cobertura preferente la hospitalización en suite o departamento. 1.j)Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. Contratante NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 2.g)El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizadoses por evento hospitalario.Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO: La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no.La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo. Habitación Individual: Clínica Alemana Puerto Varas, Hospital Clínico Universidad Mayor de Temuco, Clínica Indisa. Habitación Doble: Hospital Clínico Universidad Mayor de Temuco, Clínica Puerto Montt, Clínica Los Andes(Puerto Montt), Clínica Alemana Valdivia, Clínica Alemana Osorno, Clínica Magallanes, Clínica Alemana Puerto Varas, Clínica Indisa. 1.i)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 5.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 3VTPE20915 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 1.l)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales. 1.k)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pagoque se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento; (**) Solo Médicos Staff de los Prestadores. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.d)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 1.e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1.f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.g)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.h)Con indicación médica justificada.