Logo Isapre CruzBlanca
PreferenteCódigo 3VTPE22121

VENTISQUEROS PLUS ESP. 2200

Puntuación del plan
3,3

Plan no comercializable.

Desde

$109.277/mes

2,65 UF
PRESTACIONES HOSPITALIZADAS % Bonif. % Bonif. % Bonif.
Valor Real
Valor Real Valor Real
0.51
UF 0.51 UF 0.51 UF
3.12
VA 3.12 VA 3.12 VA
1.51
VA 1.51 VA 1.51 VA
1.51
VA 1.51 VA 1.51 VA 3.77 UF
5.41
UF 5.41 UF
12.32
UF 12.32 UF
2.71
UF 2.71 UF
5.41
VA 5.41 VA
3.97
VA 3.97 VA
1.40
VA 1.40 VA
1.54
VA 1.54 VA
1.43
VA 1.43 VA
1.43
VA 1.43 VA
36.00
UF 36.00 UF
14.50
UF 14.50 UF
1.35
UF 1.35 UF 1.35 UF 13.50 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (f)
9.00 UF 9.00 UF 9.00 UF
5.40
VA 5.40 VA 5.40 VA
5.41
VA 5.41 VA 5.41 VA 13.53 UF
0.52
UF 0.52 UF 0.52 UF
0.61
UF 0.61 UF 0.61 UF
0.61
UF 0.61 UF 0.61 UF
Honorarios Médicos Ambulatorios (j)
3.12 VA 3.12 VA 3.12 VA
Box ambulatorio (j)
5.41 VA 5.41 VA 5.41 VA
Derecho de Pabellón (j)
3.34 VA 3.34 VA 3.34 VA
Procedimientos (c)
1.21 VA 1.21 VA 1.21 VA
Laboratorio
1.07 VA 1.07 VA 1.07 VA
Histopatología
1.18 VA 1.18 VA 1.18 VA
1.10
VA 1.10 VA 1.10 VA
1.19
VA 1.19 VA 1.19 VA
1.51
VA 1.51 VA 1.51 VA 3.77 UF
0.93
UF 0.93 UF 0.93 UF
0.52
UF 0.52 UF 0.52 UF
2.60
VA 2.60 VA 2.60 VA
2.60
VA 2.60 VA 2.60 VA 2.60 UF
Atención integral de enfermería y nutricionista
1.21 VA 1.21 VA 1.21 VA
2.69
VA 2.69 VA 2.69 VA 3.49 UF
1.58
VA 1.58 VA 1.58 VA 0.63 UF
1.90
VA 1.90 VA 1.90 VA
2.82
VA 2.82 VA 2.82 VA
13.92
UF 13.92 UF 13.92 UF 41.75 UF
90 Sin Tope

UF - Veces Arancel

(Habitación Doble ó
Individual)

Año/Benef/UF (n)

Histopatología

100

PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :

"Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto
prematuro o aborto"

"Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de
Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El
(la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual
podrán efectuarse los ajustes que correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.

a) RED VENTISQUEROS

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los
ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan."

UF - Veces Arancel

Tope Bonificación
Tope Bonificación
LIBRE ELECCIÓN

METROPOLITANA

100

100

90 Sin Tope

Prestadores Red
Ventisqueros

VENTISQUEROS PLUS ESPECIAL 2200
3VTPE22121
INDIVIDUAL
GRUPAL
NOMBRE :

FUN Nº:

Día Cama Clínica de Recuperación

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (e)

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Día Cama Psiquiatría (e)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)
(Habitación Doble ó
Individual)

Prestadores Red
Ventisqueros

Traslados (i)
80 80
Prótesis y Ortesis

Óptica (h)

Honorarios Médicos Quirúrgicos

90

Medicamentos en hospitalización

UTI-UCI

Kinesiterapia

OTROS PRESTACIONES (Restricciones)

Solo cobertura Libre Eleccion

Consulta Médica

Consulta Urgencia (g)

Psiquiatría Ambulatoria

80

70

Consulta Oftalmológica

Fonoaudiologia

OTRAS PRESTACIONES

Medicamentos Ambulatorios (k)

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados,
atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik),
tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas
biológicas, cirugía bariátrica o de obesidad, PET -
CT (a.2)

80

Kinesiterapia

2.60
UF
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

80

Consulta Psiquiatría

Materiales Clínicos e Insumos

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
Laboratorio

Tope Bonificación

UF - Veces Arancel

Tope maximo

13.50
UF
Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (d)

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (c)

b) LIBRE ELECCION
REGIONAL EXCEPTO
RG. METROPOLITANA

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Día Cama Otros

Derecho de Pabellón

I. MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN

Prestador Derivado a.1)

CODIGO DE PLAN :

Día Cama Especialidades

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

TIPO DE PLAN :
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. _______________________________________
Firma Contratante _____________________________________
Nombre :
Nombre :
Clínica Alemana Puerto Varas, Clínica Magallanes, Clínica Puerto Montt, Clinica Indisa.

Pieza Doble:

a.2) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la
hospitalización.

La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto,
embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a lo estipulado en el Plan de
Salud Complementario. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el
inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933.

NOMBRE :
3VTPE22121
Pieza Individual:

f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

d) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los
honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

Clínica Alemana Osorno, Clínica Alemana Temuco; Clínica Alemana Puerto Varas, Clínica Magallanes, Clínica
Puerto Montt, Clínica Los Andes (Puerto Montt), Hospital Clinico Universidad Mayor, Clinica Indisa.

c) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección Nacional y está afecta a un tope
anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo
10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se
presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

k) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y
traumatología.

l) “El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por
Evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un
centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso
recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o
término de la hospitalización marca el término del evento. ”

m) Para obtener la cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, ésta debe ser indicada por medico
tratante especialista en Medicina Interna o nutrición, mediante orden medica, y sólo destinadas a pacientes , para casos de
Nutricionista: pacientes entre 15 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso
según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes),
para casos de Enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto
mayor, atendido por enfermeras universitarias.

Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en
prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

NOTAS EXPLICATIVAS

a) El presente Plan de Salud contempla mayor cobertura de atención hospitalaria si las prestaciones se realizan a través de
órdenes de atención, en cualquiera de los prestadores de la RED VENTISQUEROS , mas abajo detallados y de acuerdo al nivel de
hotelería señalado. Se excluye reembolso.

VENTISQUEROS PLUS ESPECIAL 2200

j) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura
equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5
o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más.

Precio Base Plan de Salud
Complementario en UF

UF 3500
Isapre Cruz Blanca -20
(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valorde la
UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.)

Precio Total Plan de Salud
Complementario en UF según

h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica
respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

i) Con indicación médica justificada.

n) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones
de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de
beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma
de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicará la regla de bonificación de doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a
lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N°1 de 2005, determinandose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del
mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar
del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre
está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la
oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes
siguiente de su incorporación.

Edad (Años)
Contratante Cargas
CODIGO DE PLAN :

a.1)Son prestadores derivados del prestador preferente, los señalados en la RED VENTISQUEROS de acuerdo al nivel de
hoteleria y topes de cobertura señalados.

Tope General por
Beneficiario n)
Nombre Arancel
g Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537