FUN Nº: %% 3.41UF 8.22UF 8.22UF 1.71UF 3.41VA 2.64VA 0.91VA 1.00VA 0.93VA 0.93VA 11.20UF 6.50UF 0.34UF 1.55VA 1.13VA 1.13VA2.83UF 0.85UF8.50UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)2.80UF 3.40VA 3.41VA8.53UF 1.62VA 2.20VA 13.92UF41.75UF 13.92UF41.75UF Consulta Médica0.41UF Consulta Urgencia(1.g)0.51UF Consulta Oftalmológica0.51UF Honorarios Médicos Ambulatorios(1.j)1.55VA Derecho de Pabellón(1.j)2.64VA Procedimientos(1.d)0.90VA Radioterapia0.90VA Laboratorio0.47VA Histopatología0.52VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)0.50VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)0.84VA Kinesiterapia1.13VA2.83UF Consulta Psiquiatría0.41UF Psiquiatría Ambulatoria2.05VA Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria2.05VA2.05UF Atención integral de enfermería(2.h)0.90VA Atención integral de nutricionista(2.h)0.90VA2.98UF Fonoaudiología2.01VA2.61UF Prótesis y Órtesis1.62VA 13.92UF41.75UF Prestaciones Dentales PAD (1.b)7.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer12.00UF COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO: 0.85UF 0.66VA 2.80UF 1.63UF 0.39VA 800.23VA 0.39VA 2.64VA 1.32VA0.59UF 2.20VA Box ambulatorio(1.j)(2.a)2.64VA 0.56UF NO APLICA Prestaciones Fertilización PAD (1.l): Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(1.c) Honorarios Médicos Quirúrgicos Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.d) Kinesiterapia Sin Tope Sólo cobertura Libre Elección Sin Tope 40 Sólo cobertura Libre Elección 1.00 VA 80 Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios(2.e) Honorarios Médicos Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón(2.e) Sólo cobertura Libre Elección Pabellón 25 Sin Tope 90 Atenciones de Urgencia 80 VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Medicamentos hospitalarios Óptica(1.h) 80 % de acuerdo a los topes Cobertura Libre Elección, excepto Región Metropolitana. Sólo cobertura Libre Elección Traslados(1.i) Histopatología Sin Tope (Habitación Doble ) Día Cama Otros Derecho de Pabellón 8.50UF Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d) Materiales Clínicos e Insumos Medicamentos Ambulatorios(1.k) PET - CT. Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.2) PRESTACIONES AMBULATORIAS 80 Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) "Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto" Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas LIBRE ELECCION Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Día Cama Psiquiatría PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Materiales Clínicos e Insumos(2.g) 2.05 Día cama Maternidad I. MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE Día Cama Especialidades PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE : TIPO DE PLAN: Laboratorio Tope INDIVIDUAL Tope máx. año contrato por beneficiario(2.b) 90% Sin Tope RED VENTISQUEROS Cobertura Internacional(1.e) PRESTACIONES AMBULATORIAS Sin Tope Prótesis y ÓrtesisSin Tope Sin Tope UF Tratamiento con Drogas Biológicas(2.f) OTRAS PRESTACIONES (1.a.2) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIARED VENTISQUEROS - Clínica Avansalud Providencia PRESTADORES DERIVADOS(1.a.1) NOMBRE: BonificaciónCopago Fijo Tope Bonificación 1.a) Cobertura Preferente RED VENTISQUEROS (Habitación Doble) PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA CODIGO DE PLAN:3VTPEN1915VENTISQUEROS PLUS ESPECIAL 1400 Traslados(1.i) Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d) 90Medicamentos en hospitalización(2.g) Día cama Cuidados Intermedios Día Cama Clínica de Recuperación
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : Rut: 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 1.l)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 1.b)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 2.d)Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 5.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 3.a)Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 3VTPEN1915 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF(4.b) VENTISQUEROS PLUS ESPECIAL 1400 NOTAS EXPLICATIVAS TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1.d)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.i)Con indicación médica justificada. $UF 3500 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará lahabitación Doble estándarcon baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para todas las prestaciones que se realicen en los prestadores que componen la Red Ventisqueros (Habitación Doble) y en Santiago, en Clínica INDISA. Clínica Puerto Montt, Clínica Los Andes(Puerto Montt), Clínica Alemana Puerto Varas, Clínica Alemana Valdivia, Clínica Magallanes, INDISA, Hospital Clínico Universidad Mayor de Temuco. 1.k)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar 1.c)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. Pieza Doble: 1.a.2)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. RED VENTISQUEROS Contratante 1.e)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud 1.j)Las prestaciones de box ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. Edad (Años) CODIGO DE PLAN:NOMBRE : 1.gCobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.a.1) Son prestadores derivados para prestaciones hospitalarias del prestador preferente,los señalados en la RED VENTISQUEROS(Habitación Doble)y la Clínica Avansalud Providencia en Santiago, de acuerdo al nivel de hotelería y topes de cobertura señalados. Nombre Arancel(5.a) Isapre Cruz Blanca - 31 Unidad ContratanteCargas Huella Dactilar Tope General por Beneficiario 2.b)