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PreferenteCódigo 3VTPN14121

VENTISQUEROS PLUS 1400

Puntuación del plan
2,4

Plan no comercializable.

Desde

$89.821/mes

2,18 UF
PRESTACIONES HOSPITALIZADAS % Bonif. % Bonif. % Bonif.
Valor Real
Valor Real Valor Real
0.34
UF 0.34 UF 0.34 UF
2.22
VA 2.22 VA 2.22 VA
1.13
VA 1.13 VA 1.13 VA
1.13
VA 1.13 VA 1.13 VA 2.83 UF
3.41
UF 3.41 UF
8.22
UF 8.22 UF
1.71
UF 1.71 UF
3.41
VA 3.41 VA
2.64
VA 2.64 VA
0.91
VA 0.91 VA
1.00
VA 1.00 VA
0.93
VA 0.93 VA
0.93
VA 0.93 VA
14.00
UF 14.00 UF
6.50
UF 6.50 UF
0.85
UF 0.85 UF 100 0.85 UF 8.50 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (f)
3.50 UF 3.50 UF 3.50 UF
3.40
VA 3.40 VA 3.40 VA
3.41
VA 3.41 VA 3.41 VA 8.53 UF
0.35
UF 0.35 UF 0.35 UF
0.41
UF 0.41 UF 0.41 UF
0.41
UF 0.41 UF 0.41 UF
Honorarios Médicos Ambulatorios (j)
2.22 VA 2.22 VA 2.22 VA
Box ambulatorio (j)
3.41 VA 3.41 VA 3.41 VA
Derecho de Pabellón (j)
2.64 VA 2.64 VA 2.64 VA
Procedimientos (c)
0.90 VA 0.90 VA 0.90 VA
Laboratorio
0.67 VA 0.67 VA 0.67 VA
Histopatología
0.74 VA 0.74 VA 0.74 VA
0.71
VA 0.71 VA 0.71 VA
0.84
VA 0.84 VA 0.84 VA
1.13
VA 1.13 VA 1.13 VA 2.83 UF
0.70
UF 0.70 UF 0.70 UF
0.35
UF 0.35 UF 0.35 UF
1.74
VA 1.74 VA 1.74 VA
1.74
VA 1.74 VA 1.74 VA 1.74 UF
Atención integral de enfermería y nutricionista (m)
0.90 VA 0.90 VA 0.90 VA
2.01
VA 2.01 VA 2.01 VA 2.61 UF
1.47
VA 1.47 VA 1.47 VA 0.59 UF
1.47
VA 1.47 VA 1.47 VA
2.18
VA 2.18 VA 2.18 VA
13.92
UF 13.92 UF 13.92 UF 41.75 UF
UF - Veces Arancel

Tope Bonificación
Tope Bonificación
a) RED VENTISQUEROS
(Habitación Doble)

80

Prótesis y Ortesis

80

(Habitacion Doble)
(Habitación Doble )
Año/Benef/UF (n)

100

90 Sin Tope

RED
VENTISQUEROS

Consulta Urgencia (g)

Psiquiatría Ambulatoria

IX -X-XI-XII y XIV

VENTISQUEROS PLUS ESPECIAL 1400
3VTPN14121
INDIVIDUAL
GRUPAL
NOMBRE :

FUN Nº:

LIBRE ELECCIÓN

METROPOLITANA

b) LIBRE ELECCION
REGIONAL EXCEPTO
RG. METROPOLITANA

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (e)

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (d)

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (c)

UF - Veces Arancel

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención
dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de
Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas, cirugía
bariátrica o de obesidad, PET - CT. (a.2)

OTROS PRESTACIONES (Restricciones)

80

100

Medicamentos en hospitalización (l)

UTI-UCI

Kinesiterapia

Consulta Médica

Día Cama Clínica de Recuperación

90 Sin Tope

70

Consulta Oftalmológica

Fonoaudiologia

OTRAS PRESTACIONES

Óptica (h)

Traslados (i)

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia

Medicamentos Ambulatorios (k)

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

80

Consulta Psiquiatría

Materiales Clínicos e Insumos (l)

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

80

Kinesiterapia

1.74

Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
UF - Veces Arancel

Tope maximo

8.50
UF
PRESTACIONES AMBULATORIAS

Día Cama Otros

Derecho de Pabellón

Honorarios Médicos Quirúrgicos

90

Día Cama Psiquiatría (e)

I. MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Prestador Derivado a.1)

CODIGO DE PLAN :

Día Cama Especialidades

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

TIPO DE PLAN :

Laboratorio

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)

Tope Bonificación

Sin Tope

Sin Tope

Sin Tope

Sin Tope

UF

Sin Tope

Sin Tope

Histopatología

Solo cobertura Libre Eleccion

RED
VENTISQUEROS

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. _______________________________________
Firma Contratante _____________________________________
Nombre :
Nombre :
j) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura
equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o
superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más.

a) El presente Plan de Salud contempla mayor cobertura de atención hospitalaria si las prestaciones se realizan a través de órdenes de
atención, en cualquiera de los prestadores de la RED VENTISQUEROS (Habitación Doble) , mas abajo detallados y de acuerdo al nivel de
hotelería señalado. Se excluye reembolso.

VENTISQUEROS PLUS ESPECIAL 1400

k) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y
traumatología.

Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores
ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

NOTAS EXPLICATIVAS

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del
mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar
del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre
está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la
oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes
siguiente de su incorporación.

Edad (Años)
Contratante Cargas
Precio Base Plan de Salud
Complementario en UF

UF 3500
Isapre Cruz Blanca -20
(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valorde la
UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.)

Precio Total Plan de Salud
Complementario en UF según

f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

d) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios
del profesional o la institución que realiza la atención.

Clínica Puerto Montt, Clínica Los Andes(Puerto Montt), Clínica Alemana Puerto Varas, Clínica Alemana Valdivia,
Clínica Magallanes;INDISA

c) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

Pieza Doble:

a.2) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la
hospitalización.

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección Nacional y está afecta a un tope anual por
beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las
Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas
extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

Tope General por
Beneficiario n)
Nombre Arancel
g Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a
cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

i) Con indicación médica justificada.

n) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las
prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La
bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en
un año sea igual al tope, aplicará la regla de bonificación de doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190
del DFL N°1 de 2005, determinandose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

CODIGO DE PLAN :

RED VENTISQUEROS

a.1)Son prestadores derivados del prestador preferente, los señalados en la RED VENTISQUEROS (Habitación Doble) de acuerdo al nivel
de hoteleria y topes de cobertura señalados.

l) “El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por Evento
hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial
(público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en
uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el
término del evento. ”

m) Para obtener la cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, ésta debe ser indicada por medico tratante
especialista en Medicina Interna o nutrición, mediante orden medica, y sólo destinadas a pacientes , para casos de Nutricionista: pacientes
entre 15 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa
Corporal(I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de Enfermería: para mayores de
55 años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

NOMBRE :
3VTPN14121