FUN Nº: %% 0.34UF 2.22VA 1.13VA 1.13VA2.83UF 3.41UF 8.22UF 8.22UF 1.71UF 3.41VA 2.64VA 0.91VA 1.00VA 0.93VA 0.93VA 14.00UF 6.50UF 0.85UF8.50UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)3.50UF 3.40VA 3.41VA8.53UF 1.62VA 2.18VA 13.92UF41.75UF Consulta Médica0.55UF Consulta Urgencia(1.g)0.51UF Consulta Oftalmológica0.51UF Honorarios Médicos Ambulatorios(1.j)2.22VA Derecho de Pabellón(1.j)2.64VA Procedimientos(1.d)0.90VA Radioterapia0.90VA Laboratorio0.67VA Histopatología0.74VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)0.71VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)0.84VA Kinesiterapia1.13VA2.83UF Consulta Psiquiatría0.45UF Psiquiatría Ambulatoria2.24VA Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria2.24VA2.24UF Atención integral de enfermería(2.h)0.90VA Atención integral de nutricionista(2.h)0.90VA2.98UF Fonoaudiología2.01VA2.61UF Prótesis y Ortesis1.62VA 13.92UF41.75UF Prestaciones Dentales PAD (1.b) Obturación: Diagnóstico y tratamiento de 1 pieza dental0.82UF Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales0.83UF Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales1.25UF Endodoncia: Incisivo1.42UF Endodoncia: Premolar1.51UF Endodoncia: Molar1.83UF 2.22VA 2.64VA 1.32VA0.59UF 13.92UF41.75UF 2.18VA Box ambulatorio(1.j)(2.a)2.64VA 0.70UF NO APLICA 15 días 30 días Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón(2.e) Sólo cobertura Libre Elección Sin Tope UF Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, tratamientos de Infertilidad, PET - CT. Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl Sin Tope PRESTACIONES AMBULATORIAS Consulta Médica Exámenes (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. TIEMPOS DE ESPERA Óptica(1.h) 80 % de acuerdo a los topes Cobertura Libre Eleccion, excepto Region Metropolitana.Atenciones de Urgencia Histopatología Sin Tope (Habitación Doble ) Sin Tope Día Cama Otros Derecho de Pabellón Sólo cobertura Libre Elección Sólo cobertura Libre Elección 1.00 VA 80 8.50UF Sólo cobertura Libre Elección Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d) Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1.e) Sin Tope PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.2) PRESTACIONES AMBULATORIAS 80 80 INDIVIDUAL Sólo cobertura Libre Elección Tope máx. año contrato por beneficiario(2.b) Kinesiterapia Día Cama Psiquiatría(1.e) OTRAS PRESTACIONES (1.a.2) Traslados(1.i) Día Cama Especialidades TIPO DE PLAN: Laboratorio Tope Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.d) b) LIBRE ELECCION Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(1.c) Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Materiales Clínicos e Insumos(2.g) 2.24 Proc. diagnósticos y Terapéuticos Intervenciones quirúrgicas Honorarios Médicos Quirúrgicos I. MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE Sin Tope 90% Sin Tope RED VENTISQUEROS Medicamentos Ambulatorios(1.k) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) 10 días Cobertura Internacional(1.l) Sin Tope Prótesis y Ortesis HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIARED VENTISQUEROS - Clínica Avansalud Providencia PRESTADORES DERIVADOS(1.a.1) Sin Tope 90 40 Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios(2.e) 1.a) Cobertura Preferente (*) RED VENTISQUEROS (Habitación Doble) Día Cama Clínica de Recuperación Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) NOMBRE: BonificaciónCopago Fijo Tope Bonificación PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Tratamiento con Drogas Biológicas(2.f) CODIGO DE PLAN:3VTPN14514VENTISQUEROS PLUS 1400 Traslados(1.i) Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d) 90 Medicamentos en hospitalización(2.g) Día cama Cuidados Intermedios
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : Rut: 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 1.b)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales. 1.l)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 1.d)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.i)Con indicación médica justificada. 1.k)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 5.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 3.a)Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. Precio Base Plan de Salud Complementario en UF(4.b) CODIGO DE PLAN:NOMBRE :3VTPN14514VENTISQUEROS PLUS 1400 NOTAS EXPLICATIVAS TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará lahabitación Doble estándarcon baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para todas las prestaciones que se realicen en los prestadores que componen la Red Ventisqueros (Habitación Doble) y en Santiago, en Clínica INDISA. Clínica Puerto Montt, Clínica Los Andes(Puerto Montt), Clínica Alemana Puerto Varas, Clínica Alemana Valdivia, Clínica Magallanes, INDISA, Hospital Clínico Universidad Mayor de Temuco. Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar 1.c)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. Pieza Doble: 1.a.2)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. RED VENTISQUEROS Contratante Tope General por Beneficiario 2.b) $UF 3500 1.e)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. 1.j)Las prestaciones de box ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. 1.gCobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. Edad (Años) 1.a.1)Son prestadores derivados para prestaciones hospitalarias del prestador preferente,los señalados en la RED VENTISQUEROS(Habitación Doble)y la Clínica Avansalud Providencia en Santiago, de acuerdo al nivel de hotelería y topes de cobertura señalados. Nombre Arancel(5.a) Isapre Cruz Blanca - 31 Unidad ContratanteCargas Huella Dactilar