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Preferente

3VTPN14514

VENTISQUEROS PLUS 1400

Puntuación del plan 2,5

Desde

$90.046/mes


Comparar Planes Online
FUN Nº:
%
%
0.34
UF
2.22
VA
1.13
VA
1.13
VA 2.83 UF
3.41
UF
8.22
UF
8.22
UF
1.71
UF
3.41
VA
2.64
VA
0.91
VA
1.00
VA
0.93
VA
0.93
VA
14.00
UF
6.50
UF
0.85
UF 8.50 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f)
3.50 UF
3.40
VA
3.41
VA 8.53 UF
1.62
VA
2.18
VA
13.92
UF 41.75 UF
Consulta Médica
0.55 UF
Consulta Urgencia (1.g)
0.51 UF
Consulta Oftalmológica
0.51 UF
Honorarios Médicos Ambulatorios (1.j)
2.22 VA
Derecho de Pabellón (1.j)
2.64 VA
Procedimientos (1.d)
0.90 VA
Radioterapia
0.90 VA
Laboratorio
0.67 VA
Histopatología
0.74 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
0.71 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
0.84 VA
Kinesiterapia
1.13 VA 2.83 UF
Consulta Psiquiatría
0.45 UF
Psiquiatría Ambulatoria
2.24 VA
Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria
2.24 VA 2.24 UF
Atención integral de enfermería (2.h)
0.90 VA
Atención integral de nutricionista (2.h)
0.90 VA 2.98 UF
Fonoaudiología
2.01 VA 2.61 UF
Prótesis y Ortesis
1.62 VA
13.92
UF 41.75 UF
Prestaciones Dentales PAD (1.b)

Obturación: Diagnóstico y tratamiento de 1 pieza dental
0.82 UF
Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales
0.83 UF
Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales
1.25 UF
Endodoncia: Incisivo
1.42 UF
Endodoncia: Premolar
1.51 UF
Endodoncia: Molar
1.83 UF
2.22
VA
2.64
VA
1.32
VA 0.59 UF
13.92
UF 41.75 UF
2.18
VA
Box ambulatorio (1.j)(2.a)
2.64 VA
0.70
UF
NO APLICA

15 días
30 días

Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón (2.e)

Sólo cobertura Libre Elección

Sin Tope

UF

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, tratamientos de Infertilidad,
PET - CT.

Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
Sin Tope

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Consulta Médica
Exámenes

(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección,
sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.

TIEMPOS DE ESPERA

Óptica (1.h)

80 % de acuerdo a los topes Cobertura Libre Eleccion, excepto Region Metropolitana.
Atenciones de Urgencia
Histopatología

Sin Tope

(Habitación Doble )

Sin Tope

Día Cama Otros

Derecho de Pabellón

Sólo cobertura Libre Elección

Sólo cobertura Libre Elección

1.00 VA

80

8.50
UF
Sólo cobertura Libre Elección

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia (2.d)

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1.e)

Sin Tope

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.2)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

80

80

INDIVIDUAL

Sólo cobertura Libre Elección

Tope máx. año contrato por
beneficiario (2.b)

Kinesiterapia

Día Cama Psiquiatría (1.e)

OTRAS PRESTACIONES (1.a.2)

Traslados (1.i)

Día Cama Especialidades

TIPO DE PLAN :

Laboratorio

Tope

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (1.d)

b) LIBRE ELECCION

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (1.c)

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

Materiales Clínicos e Insumos (2.g)

2.24

Proc. diagnósticos y Terapéuticos
Intervenciones quirúrgicas

Honorarios Médicos Quirúrgicos

I. MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

Sin Tope

90% Sin Tope

RED VENTISQUEROS

Medicamentos Ambulatorios (1.k)

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

10 días

Cobertura Internacional (1.l)

Sin Tope

Prótesis y Ortesis

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
RED VENTISQUEROS - Clínica Avansalud Providencia
PRESTADORES DERIVADOS (1.a.1)

Sin Tope

90

40

Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios (2.e)

1.a) Cobertura Preferente (*)
RED VENTISQUEROS (Habitación Doble)

Día Cama Clínica de Recuperación

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

NOMBRE :

Bonificación
Copago Fijo
Tope

Bonificación

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Y CIRUGIA MAYOR
AMBULATORIA

Tratamiento con Drogas Biológicas (2.f)

CODIGO DE PLAN :
3VTPN14514 VENTISQUEROS PLUS 1400
Traslados (1.i)

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia (2.d)

90

Medicamentos en hospitalización (2.g)

Día cama Cuidados Intermedios
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
Rut:

2.- Definiciones

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

1.b) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales.

1.l) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o
comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

4.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes
anterior al de la respectiva bonificación.

1.d) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con
la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

1.i) Con indicación médica justificada.

1.k) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC)
entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad
competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel
Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre
un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las
atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o
sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en
centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

4.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes
anterior en que se devenga la remuneración.

VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento.

2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor
indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la
bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose
de esta forma el nuevo copago del afiliado.

2.d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La
exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo.

2.f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de
la Red de la Isapre.

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b)

CODIGO DE PLAN :
NOMBRE :3VTPN14514 VENTISQUEROS PLUS 1400
NOTAS EXPLICATIVAS

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para determinar la bonificación preferente
hospitalaria se considerará la habitación Doble estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.

El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para todas las prestaciones que se realicen en los prestadores que componen la Red Ventisqueros (Habitación Doble) y en
Santiago, en Clínica INDISA.

Clínica Puerto Montt, Clínica Los Andes(Puerto Montt), Clínica Alemana Puerto Varas, Clínica Alemana Valdivia, Clínica Magallanes, INDISA, Hospital
Clínico Universidad Mayor de Temuco.

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo
familiar

1.c) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

Pieza Doble:

1.a.2) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

RED VENTISQUEROS

Contratante

Tope General por Beneficiario 2.b)

$
UF 3500
1.e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

1.j) Las prestaciones de box ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de
intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más.

1.g Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

Edad (Años)

1.a.1)Son prestadores derivados para prestaciones hospitalarias del prestador preferente, los señalados en la RED VENTISQUEROS (Habitación Doble) y la Clínica Avansalud Providencia en
Santiago, de acuerdo al nivel de hotelería y topes de cobertura señalados.

Nombre Arancel (5.a)

Isapre Cruz Blanca - 31

Unidad

Contratante
Cargas
Huella Dactilar