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Libre ElecciónCódigo 9243

9243

Puntuación del plan
No analizado

Plan no comercializable.

Desde

$131.536/mes

3,19 UF
NOMBRE CODIGO 9243
TIPO DE PLAN : FECHA
INDIVIDUAL X COLECTIVO X N° F.U.N.
COBERTURA
PREFERENCIAL
U.F. Veces A.+N.
AMBULATORIA
1. CONSULTA
1.1 MEDICA GENERAL 70% 0,45
1.2 MEDICA ESPECIALIDAD 70% 0,45
1.3 OFTALMOLOGICA 70% 0,45
1.4 PSIQUIATRICA 50% 0,45 4,50 U.F.
1.5 PSICOLOGIA CLINICA 50% 0,45 4,50 U.F.
1.6 DOMICILIO 70% 0,45
1.7 URGENCIA 70% 0,45
2. OTRAS PRESTACIONES
2.1 EXAMENES LABORATORIO 70% 1,20
2.2 IMAGENOLOGIA 70% 1,20
2.3 SCANNER 70% 1,20
2.4 REHABILITACION 70% 1,20 12,00 U.F.
2.5 PROCEDIMIENTOS MEDICOS 70% 1,20
3. HOSPITALIZACION
3.1 DIA CAMA 100% 2,00
3.2 DIA OBSERVACIÓN 100% 1,00
3.3 DIA CAMA SIQUIATRÍA 100% 2,00
3.4 DIA SALA CUNA 100% 0,90
3.5 DIA FOTOTERAPIA 100% 1,00
3.6 U.C.I. NEONATAL 100% 1,10
3.7 U.C.I. PEDIÁTRICA 100% 2,05
3.8 U.C.I. INTERMEDIA 100% 2,05
3.9 U.T.I. U.C.I. 100% 4,10
3.10 PABELLON 100% 1,00
3.11 MEDICAMENTOS 70% 7,00
4. OTRAS PRESTACIONES 100%
5. HONORARIOS MEDICOS 100% 1,30
6. OTRAS
6.1 PROTESIS Y ORTESIS 70% 11,00 U.F.
6.2 CRISTALES Y MARCOS 70% 0,63 U.F.
6.3 TRASLADOS 70% 0,70 U.F.
6.4 DROGAS ANTINEOPLASICAS 70% 11,00 U.F.
7. NOTAS EXPLICATIVAS
7.1 El ítem 4 se refiere a las prestaciones del ítem 2 en hospitalización, con los topes de bonificación allí señalados.
7.2 La cobertura óptica es sólo para corrección de la función.
7.3 La bonificación para Pabellones Ambulatorios corresponden a los porcentajes y topes señalados en del punto 3.10.
7.4 El valor de los topes máximos de bonificación expresados en U.F, se reajustarán al valor de la UF del último día del mes anterior a aquel en que se otorguen las prestaciones
objeto de reembolso y las órdenes de atención respectivas.
7.5 Los topes de máximos de bonificación por año de contrato por beneficiario, son aplicables tanto en la libre elección como en atenciones de cobertura preferencial.
U.F. PESOS 7%
X
El precio del plan de salud se determina multiplicando su valor base por la tabla de factores detallada a continuación:
Precio Base del Plan de Salud U.F.
Precio total del Plan según composición del grupo de beneficiarios U.F.
Nombre del arancel referencial : Unidad : PESOS
Tope general anual por beneficiario 2.000 U.F.
Nota : En caso de Planes Grupales en que se pacte el 7% de cotización, se entiende que el afiliado renuncia a los excedentes de cotización de salud.
Firma Habilitado Isapre Firma Contratante
Nombre : Nombre :
R.U.T. : R.U.T. :
PRESTACIONES
LIBRE ELECCION
PORCENTAJE DE
BONIFICACION
SOBRE EL VALOR
REAL
TOPES DE BONIFICACION MAXIMO BONIFICACION POR AÑO DE
CONTRATO POR BENEFICIARIO
PREFERENCIAL NC - 14
Ver Nota 7.1
Para la conversión a pesos de la cotización mensual , se utilizará el valor de la Unidad de Fomento del último día del mes anterior al pago de la cotización.
ARANCEL CRUZ BLANCA A+N.
8. PRECIO DEL PLAN (Titular y cargas legales definidas por la Ley 19.152 y el Art. 5° de la Ley 18.469)
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
N FUN _______________________________________ FECHA ___________________________ LUGAR______________________________________________
NOMBRE: _______________________________________________________________________________ RUT: _______________________________________________