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9384

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NOMBRE CODIGO 9384
COLECTIVO FECHA
TIPO DE PLAN : INDIVIDUAL X N° F.U.N.
PRESTADORES
DERIVADOS
U.F. VECES A.+ N.
AMBULATORIA
1. CONSULTA
1.1 MEDICA GENERAL 70% 0,45
1.2 MEDICA ESPECIALIDAD 80% 0,70
1.3 OFTALMOLOGICA 70% 0,45
1.4 PSIQUIATRICA 50% 0,45 4,50 U.F.
1.5 PSICOLOGIA CLINICA 50% 0,45 4,50 U.F.
1.6 DOMICILIO 70% 0,45
2.1 EXAMENES LABORATORIO 60% 1,20
2.2 IMAGENOLOGIA 60% 1,00
2.3 SCANNER 70% 1,40
2.4. RESONANCIA NUCLEAR MAGNETICA 70% 1,72
2.5 REHABILITACIÓN 60% 1,00 10,00 U.F.
2.6 PROCEDIMIENTOS MEDICOS 60% 1,08
2.7 PABELLON AMBULATORIO 100% 1,20
3.1 DIA CAMA (NOTA 10.7) 100% 1,20 80% SIN TOPE HOSP. REG. DE LA SERENA
3.2 DIA OBSERVACIÓN 100% 0,60
3.3 DIA CAMA SIQUIATRÍA 100% 0,60
3.4 DIA SALA CUNA 100% 0,55
3.5 U.T.I. U.C.I. 100% 3,00
3.6 PABELLON 100% 1,20
3.7 MEDICAMENTOS 70% 10,00
3.8 DROGAS ANTINEOPLASICAS 70% 10,00 U.F.
4. OTRAS PRESTACIONES 100%
5. HONORARIOS MEDICOS
5.1 HONORARIO MÉDICO QUIRURGICO 100% 1,20
5.2 MATRONA 100% 1,48
6. PRESTACIONES OBSTETRICAS (NOTA 10.1)
6.1 DIA CAMA 100% 0,95
6.2 U.C.I. U.T.I. 100% 1,00
6.3 PABELLON 100% 0,75
6.4. HONORARIO MÉDICO QUIRURGICO 100% 1,05
6.5 MEDICAMENTOS 40% DE LA COBERTURA DEL PUNTO 3.7
6.6 EXAMENES DE LABORATORIO 100% 1,20
6.7 IMAGENOLOGÍA 100% 0,70
7. OTRAS
7.1 PROTESIS Y ORTESIS 70% 11,00 U.F.
7.2 CRISTALES Y MARCOS (NOTA 10.3) 70% 0,60 U.F.
7.3 TRASLADOS 70% 0,63 U.F.
8.1 CONSULTA DE URGENCIA 80% 0,45 100% SIN TOPE HOSP. REG. DE LA SERENA
9. TIEMPOS DE ESPERA ( en días corridos ):
Sin días de espera en Consultas de Urgencias; Exámenes: 7 días; Procedimientos Diagnósticos y Terapéuticos: 15 días e Intervenciones Quirúrgicas: 30 días.
10. NOTAS EXPLICATIVAS
10.1(a) Las Prestaciones Obstetricas del ítems 6 se refieren a las prestaciones y/o atenciones requeridas por embarazo, embarazo ectopico, Parto, Cesaréa, Aborto Espontaneo,
Aborto Terapeutico y/o cualquier prestación o atención requerida a consecuencia de una complicación de estas y están sujetas a una cobertura restringida según lo indicado en el items 6.
10.1(b) Durante la vigencia del presente plan, la Isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la ) cotizante le solicite, según sea el caso no se encuentra embarazada.
El (la) cotizante tendrá derecho a optar , al menos , entre los siguientes planes de salud:
* Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que
correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.
** Un plan de Salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrá realizarse los ajustes pertinentes en
relación al precio del nuevo plan.
10.1(c) Para planes con cobertura reducida de parto o cesarea,no será aplicable la cobertura proporcional a que alude el inciso segundo del articulo 33 ,letra f) de la ley n°18.933.
10.2 El ítem 4 se refiere a las prestaciones del ítem 2 en hospitalización, con los topes de bonificación allí señalados, con excepción del punto 2.7.
10.3 La cobertura óptica es sólo para corrección de la función.X
10.4 Descuento en atención dental sólo en centros en convenio en todo Chile.Las Prestaciones Dentales no son reembolsables.
10.5 El valor de los topes de bonificación y los topes máximos de bonificación expresados en U.F., se reajustarán al valor de la U.F. del último día del mes anterior a aquel en que se
otorguen las prestaciones objeto de reembolso y las órdenes de atención respectivas.
10.6 Los topes máximos de bonificación por año de contrato por beneficiario, son aplicables sólo en la libre elección.
10.7 La Oferta Preferente del punto 3.1 se refiere al monto equivalente a habitación doble en Clínica Iquique.
11. PRECIO DEL PLAN
U.F. 7%
X
El precio del plan de salud se determina multiplicando su valor base por la tabla de factores detallada a continuación:
Precio Base del Plan de Salud. U.F.
Precio total del Plan U.F.
( según composición del grupo de beneficiarios.)
Firma Habilitado Isapre Cruz Blanca Firma Contratante
Nombre : Nombre :
R.U.T. : R.U.T. :
MAXIMO BONIFICACION
POR AÑO DE CONTRATO
POR BENEFICIARIO
PORCENTAJE DE
BONIFICACION
SOBRE EL VALOR
REAL
TOPES DE
BONIFICACION
PLAN CON COBERTURA REDUCIDA PARA PRESTACIONES HOSPITALARIAS POR EMBARAZO, PARTO O CESÁREA.
PLAN FAMILIA ESPECIAL LA SERENA
2. OTRAS PRESTACIONES
PRESTACIONES
LIBRE ELECCION OFERTA PREFERENTE
PORCENTAJE DE
BONIFICACION
SOBRE EL VALOR
REAL
TOPES DE BONIFICACION
DESCUENTO EN ATENCION DENTAL EN CENTROS EN CONVENIO (NOTA 10.4)
3. HOSPITALIZACION CLINICA ELQUI
CON LOS TOPES DEL ITEM 2 (NOTA 10.2)
PESOS
Para la conversión a pesos de la cotización mensual, se utilizará el valor de la Unidad de Fomento del último día del mes anterior al pago de la cotización.
8. ATENCION DE URGENCIA CLINICA ELQUI
COBERTURA DE URGENCIA 100% SIN TOPE EN CLINICA IQUIQUE E INCLUYE LAS SIGUIENTES PRESTACIONES EN LA ATENCIÓN:
SUTURA MEDIANA Y MAYOR, LAVADO OTICO, TOMA DE PRESIÓN ARTERIAL, ENEMA, CURACIONES IRRIGADAS Y QUEMADURAS
13. Tope general anual por beneficiario : 2.500 U.F.
12. Nombre del arancel referencial : ARANCEL CRUZ BLANCA A + N Unidad : PESOS
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
N FUN _______________________________________ FECHA ___________________________ LUGAR______________________________________________
NOMBRE: _______________________________________________________________________________ RUT: _______________________________________________