ISAPRE NORMEDICA S.A. CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL ARTÍCULO 1 : DISPOSICIONES GENERALES En ________________ con fecha ____________entre Isapre Normédica S.A. Rut. 95.078.000 - 2, en adelante Normédica, registrada bajo el código N° 70, representada por su Gerente General, Sr. Manuel Berrios Vera, chileno, casado, R.U.T. 6.045.292 - K, ambos con domicilio legal en Antofagasta, Avda.Manuel Antonio Matta N°1868 2° Piso; por una parte y por la otra el afiliado(a): Sr.(a) _______________________________________________ R.U.T. _________________ Domicilio ______________________________________ Comuna ____________________ Ciudad _________________________ Fono _________________ Nacionalidad ________________________________ Se ha convenido en celebrar el presente contrato, bajo las normas de la Ley 18.933 de 1990 modificada por la Ley 19.381 de 1995, sus modificaciones y normas de complemento, las que prevalecerán sobre toda norma contractual en caso de conflicto. Documentos integrantes del contrato : a) Plan Complementario, b) Condiciones Generales, c) Declaración de Salu, d) Formulario Unico de Notificación, e) Selección de Prestaciones Valorizadas. Estos documentos son firmados por las partes contratantes f) Arancel de Isapre Normédica S.A. refrendado por el representante legal de Isapre Normédica y a disposición de los afiliados en las oficinas de la Isapre. ARTÍCULO 2 : PLAN COMPLEMENTARIO Las prestaciones y demás beneficios del Plan Complementario los otorgará Isapre Normédica, a partir del mes subsiguiente de la fecha que se registra en este mismo documento, salvo que los efectos de un contrato anterior celebrado con otra Isapre siguieran vigentes a esa fecha, en cuyo caso se otorgarán a partir del día siguiente de aquel en que se extinguen estos efectos. Las prestaciones, los porcentajes de cobertura y topes de bonificación, los topes máximos por beneficiario y el precio del plan se indican a continuación: CODIGO: NORMEDICA,TIPO DE PLAN:INDIVIDUAL:XF.U.N: SU ISAPRE DEL NORTEGRUPAL:FECHA: PORCENTAJE DE BONIFICACION SOBRE VALOR REALU.F.A+N 1. PRESTACIONES HOSPITALARIAS 1.1 DIA CAMA HOSPITALIZACION 1.2 DIA CAMA AISLAMIENTO100% 1.3 DIA CAMA OBSERVACIONSI DIA CAMA ES MENOR O IGUAL A 5,4 U.F. 1.4. DIA SALA CUNA80% 1.5.DIA INCUBADORASI DIA CAMA ES MAYOR A 5,4 U.F. 1.6. U.T.I. U.C.I.(NOTA 8.7.) 1.7. PABELLON 1.8. DIA CAMA PSIQUIATRIA2.0010.00UF 1.9 MEDICAMENTOS Y MAT. QUIRURGICOS32.00 1.10 INSUMOS5.00 1.11. DROGAS ANTINEOPLASICAS24.10UF 2. OTRAS PRESTACIONES80% 3. HONORARIOS MEDICOS 3.1 MEDICOS QUIRURGICOS3.00 3.2 MATRONA2.60 4. CONSULTA 4.1. MEDICA GENERAL0.63 4.2.MEDICA ESPECIALIDAD0.63 4.3. OFTALMOLOGICA0.63 4.4. DOMICILIO0.63 4.5. PSIQUIATRICA0.634.00UF 4.6. PSICOLOGIA CLINICA0.634.00UF 5. OTRAS PRESTACIONES 90% si el valor es menor o igual a Fonasa Nivel 1 5.1 EXAMENES LABORATORIO85% si valor es > a Fonasa Nivel 1 y < ó = a Fonasa Nivel 2 5.2 IMAGENOLOGIA80% si valor es mayor a Fonasa Nivel 2 (nota 8.8.) 5.3 SCANNER2.60 5.4 RESONANCIA NUCLEAR MAGNETICA2.60 5.5 FONOAUDIOLOGIA2.808.00UF 5.6 KINESIOLOGIA2.808.00UF 5.7 PROCEDIMIENTOS MEDICOS1.70 5.8 PABELLON AMBULATORIO100%2.60 6. OTRAS 6.1 PROTESIS Y ORTESIS24.10U.F. 6.2 CRISTALES (Nota 8.2.)1.20U.F. 6.3 TRASLADOS1.55U.F. 7. ATENCION DE URGENCIA 7.1 CONSULTA DE URGENCIA DIURNA0.63 7.2 CONSULTA DE URGENCIA NOCTURNA0.63 8. NOTAS EXPLICATIVAS 8.1 El ítem 2 se refiere a las mismas prestaciones citadas en el ítem 5 con los topes de bonificación, allí señalados, con excepción del punto 5.8. 8.2 La cobertura óptica es sólo para corrección de la función. No bonifica Cristales Neutros ni Marcos. 8.3 Descuento en atención dental sólo en centros en convenio en todo Chile. Las Prestaciones Dentales no son reembolsables. 8.4 Cobertura Kinesiológica sólo con profesionales pertenecientes a Sociedad Servikin Ltda. de Antofagasta, para otros profesionales procede cobertura del punto 5.6. 8.5 El valor de los topes de bonificación y topes máximos de bonificación expresados en U.F. se reajustarán al valor de ésta al último día del mes anterior a aquel en que se otorguen las prestaciones objeto de reembolso y las órdenes de atención respectivas. 8.6 Los topes máximos de bonificación por año de contrato por beneficiario, son aplicables sólo a la libre elección. 8.7.En día cama se considerará hasta el valor de la Habitación Individual Estándar, con baño privado, hasta un tope de 12 U.F., con IVA incluído. 8.8.En Laboratorios y Centros de Radiología se bonificará según el valor equivalente a los niveles que se señalan. El arancel Fonasa utilizado será el vigente a la fecha, disponible en las oficinas de la Isapre. PRECIO DEL PLAN U.F.7% X TABLA DE FACTORES RELATIVOS PRECIO BASE DEL PLAN DE SALUDU.F. U.F. Para la conversión a pesos de la cotización mensual, se utilizará el valor de la Unidad de Fomento del último día del mes anterior al pago de la cotización. 9. Nombre del arancel referencial : PESOS 10. Tope general anual por beneficiario :3,500U.F A+N UNIDAD DEL ARANCEL EN CONVENIO CON PROFESIONALES SERVIKIN LTDA PARA TODO BENEFICIARIO CUYO TITULAR SEA DE ANTOFAGASTA (NOTA 8.4) PESOS PRECIO TOTAL DEL PLANsegún composición del grupo de Beneficiarios ARANCEL NORMEDICAARANCEL NORMEDICA SIN TOPE 80% 80% DESCUENTO EN ATENCION DENTAL EN CENTROS EN CONVENIO (NOTA 8.3) 80% COBERTURA KINESIOLOGICA 100% SIN TOPE SIN TOPE 100% CON LOS TOPES DEL ITEM 5 (NOTA 8.1) 100% 80% 50% NOMBRE:PUKARAII REGION9665 LIBRE ELECCION PRESTACIONES TOPES DEMAXIMO BONIFICACION BONIFICACIONPOR AÑO DE CONTRATO POR BENEFICIARIO PLANA M B U L A T O R I ASHOSPITALARIASOTRASHOSPITALARIASHOSPITALARIASHOSPITALARIASHOSPITALARIASURGEHOSPITALARIASHOSPITALARIASCONYUGE EDADHOMBREMUJERMUJERHOMBREMUJER 0-23 ms1.001.501.000.800.80 2-91.001.501.000.500.50 10-181.001.501.000.500.50 19-241.001.501.300.801.00 25-311.001.901.551.201.55 32-381.002.001.551.551.55 39-451.002.001.601.601.60 46-521.452.001.901.901.90 53-592.202.202.002.002.00 60-662.202.202.002.002.00 67-733.503.503.503.503.50 74 y +5.005.005.005.005.00 Para determinar el Precio Total del plan del cotizante y sus beneficiarios, se debe multiplicar el Precio Base del Plan por el factor de cada integrante estipulado en la Tabla de Factores de acuerdo a edad, sexo y tipo de Beneficiario como lo establece el Articulo Séptimo, del Nº 1 de las Disposiciones Generales. TITULARCARGASIsapre NormedicaFirma Cotizante