II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO (*) (*) (*) (*) Prestaciones Psiquiátricas hospitalizadas(2) (*) (*) (*) (*) HombreMujerHombreMujer Mes0 a 111,002,002,502,50 1 a 171,002,000,800,80 18 a 241,001,960,801,05 25 a 341,002,450,901,75 35 a 401,202,241,201,61 A41 a 471,302,401,101,68 Ñ48 a 542,103,501,802,40 O55 a 602,603,602,402,50 S61 a 693,803,803,803,00 70 a 795,004,605,004,60(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF 80 y más6,005,306,005,30del último día del mes al que corresponda devengar la cotización.) Tope General Por BeneficiarioNombre ArancelUnidad CODIGO DE PLAN:CA12HE8000CASINO H - 1200 ESPECIAL Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRECRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESAREA. (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto) VALOR REAL TOPE BONIFICACIONMAX BONIFAMPLIACION DE COBERTURA ( UF)V. A.AÑO/BENEFIC.( UF)(ORDENES DE ATENCION) NOMBRE: _______________________________________________________________________________________RUT: __________________________________ I. DISPOSICIONES GENERALES PRESTACIONES HOSPITALIZADAS% DE BONIF. TIPO DE PLANINDIVIDUALMATRIMONIAL CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL N° FUN ________________________________FECHA ___________________LUGAR____________________________________________ "Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan." 1,54 1,82 4,60 5,30 ISAPRE CRUZ BLANCA - 9U.F. 2,50 La información de prestadores que mantengan convenio vigente con la Isapre está disponible en las oficinas de la Isapre o a través del Call Center salud. 2,00 2,00 Ctte./ Carga legalCarga Médica (7) Por beneficiario año contrato, con receta médica. El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/ o modificado dentro del mes de Enero de cada año y los cambios entraran en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Edad Sin Tope1200UF Cotizante TABLA DE FACTORES PLANES ESPECIALES 80 80 100100,00 100% VALOR FACTURA, si el día cama es igual o menor a 8,5 UF 14,11 2,24 4,00 PRESTACIONES AMBULATORIAS (1) Ampliación de cobertura Hospitalizada: En hospitalizaciones 100% valor factura para items marcados (*) (día cama, pabellón, laboratorio, rayos, imagenología y procedimientos),sólo si se cumplen las siguientes condiciones copulativas: (i) que se trate de prestaciones otorgadas por prestadoresinstitucionales y médicos que mantengan convenio vigente con la Isapre, y exclusivamente a través de la modalidad de Ordenes de Atención, (ii) que el valor del día cama convenido entre la Isapre y el prestador, considerando la habitación individual más simple con baño privado del establecimiento asistencial en que curse la hospitalización el beneficiario , sea igual o menor a 8,5 UF y (iii) que la hospitalización sea dentro del territorio nacional, y que no se trate de hospitalizaciones psiquiátricas, hospitalizaciones en Clínicas de Recuperación o en habitaciones de mayor hotelería (suite o Depto) 80 3,2080 80 80 3,33 (9) Esta cobertura sólo se aplica en atención en servicios de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimientos de ortopedia y traumatología. 0,80 (3) Se bonifica visita interconsulta , sólo con indicación del médico tratante. (6) Con indicación médica justificada. Fonoaudiología 2,24 5,20 (2) El tope anual indicado para Psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se de durante la hospitalización. No incluye y no tiene cobertura los medicamentos. 2,56 Firma y Timbre Isapre _______________________________________________________________ Firma del afiliado _______________________________________________________________________ 3,00 La cobertura Internacional se rige por los porcentajes, topes y bonificaciones máximas, citadas precedentemente. 2,40 Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar 4,00 100 10,00 100 100 1,60 Proc. Diagnósticos y Terapéuticos (5) Kinesiología, Med.Fisica y Rehabilitación 100 1,20 1,24 Exámenes de Laboratorio 80 Traslados(6) OTRAS PRESTACIONES 807,84 80 Honorario Medico Quir. Ambulatorio 2,56 6,40 0,80 80 80 80 2,56 3,20 Kinesiología, Med.Fisica y Rehabilitación 80 80 2,56 Procedimientos de Diagnósticos(5) Protesis,Ortesis, y Elemento de Osteosíntesis Exámenes Radiológicos (Rx-Tac-Rnm-Ecot) Consulta Oftalmología Día cama Ambulatorio 80 8,50 6,50 Consulta y Procedimientos Psiquiátrico y Psicológico Consulta Urgencia Medicamento, Insumo, Mat. Clínico(4) Consulta Medica General y Especialidades 80 100 Día Cama Psiquiatría(2) 3,20 0,80 6,80 100 5,20 Consulta Medica en Hospitalización(3) 31,88 Exámenes de Laboratorio 100Derecho de Pabellón Fonoaudiología 100 Exámenes Radiológicos (Rx-Tac-Rnm-Ecot)100 4,00 3,00 Día Cama Día Cama Unidad Tto. Intensivo (Ped-Neo) 100 Día Cama Clínica Recuperación 100 100 100 Día Cama Unidad Intermedia Día Cama Unidad Tto. Intensivo (Adulto) 100 4,00 8,50 8,50 1,50 4,00 24,99 19,98 Las garantías Explicitas en Salud (GES) se otorgarán exclusivamente a través de los prestadores ubicados en el territorio nacional que para tales efectos, ha determinado la Isapre.Deigualmodo,elbeneficiodelacoberturaadicionalparaenfermedades Catastróficas(CAEC),y lacoberturaespecialGES-CAEC,seotorgarábajolas condicionesymodalidadespactadasenestebeneficio,exclusivamenteenlos prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. Precio Base Plan de Salud Complementario en UF 1004,0015,00 El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. 1,68 NOTAS EXPLICATIVAS Se excluye de la ampliación de cobertura y de la cobertura libre elección las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto ). Cada una de los gastos asociados a estos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud para la Libre Elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933". Procedimientos Terapéuticos(5) Mujer (4) Por evento a cada beneficiario. 3,20 Medicamentos Ambulatorios(9) Derecho de Pabellón (8) Por Beneficiario, tope mensual con indicación médica. 1,61 Honorario Medico Quirúrgico CónyugeCarga 42,35 Cristal Óptico(7)80 (5) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos por concepto de arriendos de equipo, sala de procedimientos o derechos de pabellón. DrogasCitotóxicaenciclosdeQimioterapiaTope mensual(8)80