N° FUN ________________________________FECHA ___________________LUGAR___________________________________________________ NOMBRE: ___________________________________________________________________RUT: __________________________________ II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO NOMBRE : INDIVIDUAL % DE BONIF. VALOR REAL Día Camaa)100 Día Cama Unidad Intermedia100 Día Cama Unidad Tto. Intensivo100 Día Cama Psiquiatría(d)10015,00 UF 100 (b)100 (b)100 100 100 100 100 100 (c)100 1003,00 UF 10012,00 UF 100 90 9010,00 UF 100 100 90 90 90 90 (b)90 (b)90 903,00 UF 9015,00 UF (e)903,00 UF 9020,00 UF 90 9010,00 UF 500,00 UF MHombreMujerHombreMujer E S0 a 111,004,004,004,00 1 a 171,004,004,004,00 18 a 231,004,004,004,00 24 a 341,004,004,004,00 A35 a 441,054,004,004,00 Ñ45 a 471,304,004,004,00 O48 a 551,454,404,404,40 S56 a 592,005,005,005,00 60 a 693,005,005,005,00 70 a 794,006,006,006,00(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF 80 y más4,507,207,207,20del último día del mes al que corresponda devengar la cotización.) Unidad _______________________________________________________________________________________________________________ Firma y Timbre IsapreFirma del afiliado PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRECRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. JOVEN - 14500 El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. CODIGO DE PLAN:CJ14518 Sin Tope TOPE BONIFICACIONMAX BONIF ( UF) Sin Tope Sin Tope Sin Tope Sin Tope 5,00 Sin Tope TIPO DE PLAN :MATRIMONIAL 15,00 VECES EL ARANCEL CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. 3,10 3,10 5,00 5,00 AÑO/BENEFIC.( UF) Sin Tope Sin Tope Sin Tope 15,00 Cobertura Internacional : Se otorga según el Plan suscrito, con un tope máximo de 1 UF UF al año contrato, en los mismos términos de la Cobertura Nacional y para aquellos planes sin tope, se bonificará de acuerdo a los valores establecidos en la Clínica de mayor valor en Chile. 3,00 9,00 6,00 6,00 5,00 6,00 5,00 NOTAS EXPLICATIVAS a) Pieza individual, baño privado, de menor valor en la clínica respectiva, no extensivo a suite o camas de mayor privacidad. Mujer Quimioterapia Tope Mensual Las garantías Explicitas en Salud (GES) se otorgarán exclusivamente a través de los prestadores ubicados en el territorio nacional que para tales efectos,hadeterminadolaIsapre.Deigualmodo,elbeneficiodela cobertura adicional para enfermedades Catastróficas (CAEC), y la cobertura especial GES - CAEC, se otorgará bajo las condicionesy modalidades pactadas en este beneficio, exclusivamente en los prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.4,00 3,10 Contratante d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se dé durante la hospitalización. No incluye y no tiene cobertura los medicamentos . Cada una de las prestaciones incluidas en la línea de cobertura "Prestaciones Psiquiátricas hospitalarias" tendrán una cobertura igual o superior a la cobertura que otorga Fonasa en la modalidad de Libre elección. b) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre c) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. Día Cama OTRAS PRESTACIONES Rayos Laboratorio Procedimientos Terapéuticos 500,00 Medicamentos en Hospitalización Visita Médico Tratante Fonoaudiología Kinesiología, Med.Fisica Y Rehabilitación Honorario Medico Quirúrgico Kinesiterapia Procedimientos Diagnóstico Derecho de Pabellón Laboratorio Rayos Consulta Médica Psiquiatría o Psicología Ambulatoria Honorarios Médicos Ambulatorios Derecho de Pabellón Visita Interconsultor Rx-Tac-Rnm-Ecotomografía PRESTACIONES AMBULATORIAS Sin Tope Sin Tope Rx-Tac-Rnm-Ecotomografía Fonoaudiología Procedimientos Diagnóstico Procedimientos Terapéuticos 5,00 5,00 Traslados Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de Audífono Óptica Prótesis20,00 3,00 10,00 3,00 4,00 4,00 100 Consulta de URGENCIA : Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. e) Corresponderá la bonificación de marcos y cristales sólo con la presentación de la receta médica respectiva. Cónyuge TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 28 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Edad 7,20 4,00 Carga 4,00 4,00 4,40 5,00 5,00 6,00 Tope General por Beneficiario 4000 UFUF Nombre del Arancel ISAPRE CRUZ BLANCA - 4 El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/ o modificado dentro del mes de Enero de cada año y los cambios entraran en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar AMPLIACION DE COBERTURA (ORDENES DE ATENCION) I. DISPOSICIONES GENERALES