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PreferenteCódigo DMC6N08000

RED MED CABECERA INDEPENDENCIA

Puntuación del plan
No analizado

Plan no comercializable.

Desde

$91.140/mes

2,21 UF
INDIVIDUAL
% Bonif.
Máx.Bonif. % Bonif. Tope Copago Máx.Bonif.
Valor Real
UF V. Arancel Año/Benef/UF Valor Real Bonificación Fijo Año/Benef/$
80
0.19 $ 1000
80
0.30 $ 1000
80
0.29 $ 3000
50
0.19 0.95 80% $ 35000 $ 35000
50
0.19 0.95 80% $ 35000 $ 35000
80
0.29
80
0.88
80
0.96
80
1.60
80
1.28
80
0.72
80
0.72
80
0.72 1.10
80
1.28 1.66 80% $ 20000 $ 20000
80
1.28 3.20 80% $ 36000 $ 36000
80
0.41
100
1.20
100
2.00
100
1.60
100
0.90
100
0.90
100
0.36
100
0.36
100
1.10
100
5.10
100
1.20
80
1.52
100
1.20 4.50
80
1.28 0.51 80% $ 10000
80
1.10 50% $ 200000
80
1.28
80
4.32 $150,000
a1.-

Cónyuge

M
Hombre Mujer Mujer Hombre Mujer
E

S
0 a 24 2.50 2.50 2.50 2.50 2.50
3 a 17
1.00 2.50 1.30 1.00 1.00
18 a 24
1.00 2.50 2.30 0.50 1.00
25 a 39
1.00 3.50 2.15 1.00 2.00
A
40 a 49 1.15 3.30 1.80 1.50 2.00
Ñ
50 a 59 1.73 3.50 2.20 2.50 2.50
O
60 a 64 1.80 3.20 2.00 3.00 3.00
S
65 a 69 4.00 4.00 3.50 5.00 5.00
70 y más
5.00 5.00 4.50 6.00 6.00
Unidad

Carga Médica

750 UF

-------------------------------------------------------------------------------------------------------
---------------------------------------------------------------------------------------------------------
ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.
Firma Contratante
Contratante / Carga Legal
ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. - 4 UF
Nota: En caso de planes grupales que se pacten al 7%, se entiende que el afiliado renuncia a los excedentes de cotización de salud

1500 UF

Condiciones de Vigencia de Planes Grupales

1 - Mantener una relación equivalente al 90% entre la suma de las tarifas pactadas en los F.U.N de los cotizantes adscritos al Plan Grupal, y la
recaudación efectivamente recibida por ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.

2 - Mantener un nivel de gastos en salud y subsidios inferior al 75%, de la recaudación efectivamente recibidas por ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.

Requisitos para entrar y mantenerse en el plan grupal

1.-Pertenecer y mantenerse en la empresa o institución o grupo de dos o mas trabajadores, según el caso.

Tope General por Beneficiario
Nombre del Arancel
Precio Total Plan de Salud en UF según

composición del grupo familiar

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF

del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.)

e) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

f) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se de durante la hospitalización. No incluye y no tiene cobertura los medicamentos.

g) Corresponderá la bonificación de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto) sólo con la presentación de la receta médica respectiva.

La cobertura Internacional se otorgará en los mismos términos de la cobertura Nacional de Libre Elección, esto es en función del Arancel ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. vigente y procedimientos de bonificación del Plan contratado.

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 514

Precio Base Plan de Salud en UF

Edad
Contratante Cargas
a.3.-La cobertura de medicamentos ambulatorios en esta modalidad sólo rige con indicación o receta del médico de cabecera, de acuerdo al VADEMECUM del Centro Médico Familiar. Se cubrirá un máximo de 10 recetas al año por beneficiario por un máximo de
30 días de tratamiento cada vez. En esta cobertura no están incluidos los medicamentos para tratamientos de patología crónica como Hipertensión Arterial y Diabetes. Las derivaciones ó emisión de Ordenes de Hospitalización a través de esta cobertura deberá
ser autorizada por su médico de cabecera.

a.4.-El copago de prestaciones hospitalizadas se cancela directamente en el Centro Médico Familiar y su monto varia de acuerdo a lo siguiente: Costo total de la cuenta de hospitalización menor o igual a $300.000.- Copago $20.000; entre $300.001 a $
$700.000 Copago $ 40.000.-; sobre $700.001.- Copago $60.000.-

a.5.- De acuerdo a la letra G explicitada en el documento "Condiciones y Características de la Oferta Preferente"

b) Cobertura Urgencia sólo en atenciones otorgadas en Servicios de Urgencia tanto para la modalidad Libre Elección, como en la preferente.

c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos por concepto de arriendos de equipo, sala de procedimientos o derechos de pabellón.

d) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía Ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

Intervenciones quirúrgicas
30 días
NOTAS EXPLICATIVAS

a) COBERTURA PREFERENCIAL PLAN MEDICO DE CABECERA:

a1.- Esta cobertura rige en el Centro Médico Familiar designado por ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. ó en los prestadores indicados o autorizados por su médico de cabecera, con un copago del 20% del total de la factura, cancelando como MÁXIMO hasta $20.000
por evento. El copago de prestaciones ambulatorias bajo esta modalidad se deberá enterar directamente en el Centro Médico Familiar al momento de requerir las atenciones. Este copago en Atenciones de Urgencia se cancela directamente en el prestador además
del copago específico por la "Consulta de urgencia".

a.2.-Para acceder a la cobertura preferente en el prestador individualizado en el Plan en hospitalizaciones de Urgencia , será requisito dar aviso dentro de las 48 hrs.de ocurrida la urgencia llamando al FONOFAMILIA Fono : 0 .

Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de quimioterapia
tope mensual

Tope mensual

Atenciones de Urgencia
a.2.-Hospital CL. Universidad de Chile
Tiempos de Espera:
Consulta Médica 10 días Procedimientos diagnósticos y Terapéuticos 15 días
Exámenes

OTRAS PRESTACIONES

Optica(g)

Prótesis

Traslados
a.5.- 80% Sin Tope
Medicamentos en Hospitalización
Habitación de 3 camas o más
Día Cama Psiquiatría (f)
5.70 Sólo Cobertura Libre Elección
Prestaciones Psiquiátricas hospitalizadas (f)

Día Cama Clínica de Recuperación
Sólo Cobertura Libre Elección
a.4.- $ 20.000.- ; $ 40.000.- ; $ 60.000

Rayos

Visita Médico Tratante
Hospital del
Profesor

Visita Interconsultor(e)
Hospital CL. Universidad de Chile
Honorarios Médicos Quirúrgicos

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

Día Cama

CO-PAGO UNICO Y TOTAL DE

Hospital San
Bernardo

Derecho de Pabellón

Procedimientos

Laboratorio

Rayos

Ecotomografía en Control de Embarazo

Fonoaudiología

Kinesiterapia

Medicamentos Ambulatorios(d)
a.3.- $ 2.000 COPAGO MAXIMO POR RECETA
Día Cama

Derecho de Pabellón
COPAGO 20% (Con un MAXIMO de
$20.000 por evento)

Procedimientos(c)

Laboratorio

Consulta Urgencia (b)

Consulta Psiquiatría

Consulta Psicología

Consulta Domicilio
Sólo Cobertura Libre Elección Hospital del
Profesor
Honorarios Médicos Ambulatorios a1.-
AMBULATORIAS
Tope Bonificación Prestadores
Derivados

Consulta Médica
Hospital San
Bernardo

Consulta Oftalmológica

TIPO DE PLAN :
MATRIMONIAL GRUPAL
PRESTACIONES
LIBRE ELECCION COBERTURA PREFERENCIAL CENTRO MEDICO FAMILIAR (a)
I. DISPOSICIONES GENERALES

Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. N° 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad
N° 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Cerro Colorado Nº 5240, piso 7, comuna de Las Condes de la ciudad de Santiago, por una parte y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en
adelante el Contratante o Cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional.

Forman Parte integrante del presente instrumento los siguientes documentos: Plan de Salud, Condiciones Generales, Declaración de Salud, Formulario Único de Notificación, en adelante FUN, con todos los
antecedentes en él consignados, y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en
cada oficina de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.,
deben ir firmados por ambas partes . Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago.

II. PLAN DE SALUD

CODIGO DE PLAN :
DMC6N08000 NOMBRE : RED PLAN MEDICO CABECERA INDEPENDENCIA - NORMAL
CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL

N° FUN __________________________________________
FECHA _____________________________________ LUGAR___________________________________________________________________
NOMBRE: _______________________________________________________________________________________
RUT: _______________________________________________