NOMBRE : % DE BONIF. VALOR REAL 10011,00V.A. 10012,50V.A. 1002,90V.A. 1001,90V.A. 1001,80V.A. 10076,50UF x Evento 1001,05UF 1001,05UF 10011,00V.A. 802,40V.A. 10011,00V.A.41,25UF 1007,00V.A. 800,56UF 800,87UF 800,84UF 800,84UF 500,30UF1,50UF 500,30UF1,50UF 808,80V.A. 805,60V.A. 8010,00V.A. 802,32V.A. 802,32V.A.3,02UF 802,32V.A.5,80UF 801,52V.A. 801,44V.A. 801,44V.A.2,20UF 806,00UF 802,20V.A.0,88UF 802,20V.A. 805,44V.A. Conyuge MHombreMujerMujerHombreMujer E0 a 112,402,402,403,003,00 S12 a 232,402,402,402,402,40 2 a 171,102,302,501,101,10 18 a 241,003,002,501,001,30 25 a 391,004,203,301,003,30 A40 a 491,603,802,701,402,70 Ñ50 a 592,103,902,802,002,80 O60 a 644,004,503,603,603,60 S65 a 695,105,104,305,504,30 70 y más5,705,505,206,705,20 00,000,000,000,000,00 00,000,000,000,000,00 00,000,000,000,000,00 Unidad Carga Médica 1310 UF CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL N° FUN ________________________________FECHA ___________________LUGAR____________________________________________ El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con los dispuesto en Ley Nº 18,933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. Firma Agente ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Las garantías Explicitas en Salud (GES) se otorgarán exclusivamente a través de los prestadores ubicados en el territorio nacional que para tales efectos, ha determinado la Isapre. De igual modo, el beneficio de la cobertura adicional para enfermedades Catastróficas (CAEC), y la cobertura especial GES - CAEC, se otorgará bajo las condiciones y modalidades pactadas en este beneficio, exclusivamente en los prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. I. DISPOSICIONES GENERALES Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A, deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. NOMBRE: _______________________________________________________________________________________RUT: __________________________________ TIPO DE PLAN :INDIVIDUALMATRIMONIAL II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO CODIGO DE PLAN :FFN4E08000DISEÑO FLEXIBLE 4E - NORMAL PRESTACIONES HOSPITALIZADASTOPE BONIFICACIONMAX BONIFAMPLIACION DE COBERTURA ( UF)VECES EL ARANCELAÑO/BENEFIC. ( UF)(ORDENES DE ATENCION) Día Camaa.-) Derecho de Pabellón 100% VALOR FACTURA si día cama es igual o menor a UF 11 Procedimientos ( b ) Laboratorio Rayos Medicamentos en Hospitalización Visita Médico Tratante Visita Interconsultor ( c ) Día Cama Psiquiatría ( d )9,00UF Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas ( d ) Día Cama Clínica de Recuperación Honorarios Médicos Quirúrgicos PRESTACIONES AMBULATORIAS Consulta Médica Consulta Oftalmológica Consulta Urgencia ( e ) Consulta Domicilio Psiquiatría Ambulatoria Psicología Ambulatoria Día Cama Honorarios Médicos Ambulatorios Derecho de Pabellón Procedimientos ( b ) Fonoaudiología Kinesiterapia Laboratorio Rayos Ecotomografía En Control de Embarazo Medicamentos Ambulatorios ( f ) 30,24UF OTRAS PRESTACIONES Optica ( g ) Prótesis Traslados La información de prestadores que mantengan convenio vigente con la Isapre está disponible en las oficinas de la Isapre o a través del Call center Salud. b) La linea de cobertura "procedimientos" (diágnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos por concepto de arriendos de equipo, sala de procedimientos o derechos de pabellón. c) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se dé durante la hospitalización. No incluye y no tiene cobertura los medicamentos . Cada una de las prestaciones incluídas en la línea de cobertura "Prestaciones Psiquiátricas hospitalarias" tendrán una cobertura igual o superior a la cobertura que otorga Fonasa en la modalidad de Libre elección. Quimioterapia Tope Mensual NOTAS EXPLICATIVAS a) La ampliación de cobertura a un 100% VALOR FACTURA, en prestaciones hospitalizadas para items día cama, pabellón, laboratorio, rayos, imagenologia y procedimientos, sólo corresponde si se cumplen las siguientes condiciones copulativas: (i) que se trate de prestaciones otorgadas por prestadores institucionales y médicos que mantengan convenio vigente con la Isapre, y exclusivamente a través de la modalidad de Ordenes de Atención; (ii) que el valor del día cama convenido entre la Isapre y el prestador, considerando la habitación individual más simple con baño privado del establecimiento asistencial en que curse la hospitalización el beneficiario, sea igual o menor a 11 UF y (iii) que la hospitalización sea dentro del territorio nacional, y que no se trate de hospitalizaciones psiquiátricas, hospitalizaciones en Clínicas de Recuperación o en habitaciones de mayor hotelería (suite o Departamento). Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de80 ContratanteCargas Precio Total Plan de Salud Complemetario en UF según composición del grupo familiar e) Cobertura Urgencia sólo en atenciones otorgadas en Servicios de Urgencia. f) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. g) Corresponderá la bonificación de marcos y cristales sólo con la presentación de la receta médica respectiva. La cobertura Internacional se otorgará en los mismos términos de la cobertura Nacional, esto es en función del Arancel ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. vigente y procedimientos de bonificación del Plan contratado. El arancel de prestaciones podra ser reajustado y/ o modificado dentro del mes de Enero de cada año y los cambios entraran en vigencia a contar del primer dia de marzo siguiente. Contratante/Carga LegalISAPRE CRUZ BLANCA - 4UF Sin Tope TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 522 Edad ___________________________________________________________________________________________ Firma Contratante (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponda devengar la cotización.) Tope General por BeneficiarioNombre del Arancel